Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2009 (13/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

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excepto los que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru; asi como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil, los titulares de los Organismos Constitucionalmente Autonomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley N° 28212, Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado y dicta otras medidas y modificatoria, siendo que todos los viajes se realizan en categoria economica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolucion Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; en ese sentido resulta viable autorizar el viaje propuesto mediante el documento del visto; Que, el articulo 4° de la Ley Organica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones de la autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances y teniendo en consideracion los dispositivos legales MORDAZA mencionados y en cuenta la importancia del viaje del personal policial referido, el mismo que se encuentra presupuestado, resulta necesario autorizar dicho viaje; y, De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; la Ley N° 29289 - Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009; la Ley N° 27238 - Ley de la Policia Nacional del Peru y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 0082000-IN; la Ley N° 29334 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N°004-2005-IN. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar, a propuesta de la Fiscal de la Nacion, el viaje al exterior en comision del servicio del Capitan de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del Capitan de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de MORDAZA -Republica de Ecuador, del 14 al 18 de junio de 2009, para ejecutar la Extradicion Activa del ciudadano Peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA NARANJO MORDAZA, solicitado por el Octavo Juzgado Penal Colectivo con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y declarado procedente por la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la comision del delito contra la salud publica - trafico ilicito de drogas, en su modalidad de MORDAZA de activos, receptacion de dinero y bienes provenientes del trafico ilicito de drogas, en forma de organizacion, en agravio del Estado Peruano. Articulo 2°.- Los gastos por concepto de viaticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el articulo precedente se efectuaran con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Capitan de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viaticos (Art. 5° DS 047-2002-PCM) 5 x 200 US.$ 1,000.00 TOTAL US.$ 1,000.00 Capitan de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viaticos (Art. 5° DS 047-2002-PCM) 5 x 200 US.$ 1,000.00 TOTAL US.$ 1,000.00 Articulo 3°.- Dentro de los QUINCE (15) dias calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado debera presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada. Articulo 4°.- Dentro de los SIETE (07) dias calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado debera

presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Articulo 6°.- La Presente Resolucion Suprema sera refrendada por el senor Presidente del Consejo de Ministros y por la senora Ministra del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA B. Ministra del Interior 360477-16

JUSTICIA
Aprueban Convenio de Administracion de Recursos suscrito entre el INPE y la OIM, que tiene por finalidad buscar el desarrollo de capacidades tecnicas e institucionales en beneficio de la poblacion penitenciaria
RESOLUCION SUPREMA Nº 132-2009-JUS MORDAZA, 12 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, para lograr los objetivos estrategicos establecidos en el Codigo de Ejecucion Penal y su Reglamento es necesario que el Instituto Nacional Penitenciario desarrolle capacidades tecnicas e institucionales en beneficio de la poblacion penitenciaria existente en los diversos establecimientos penitenciarios del Peru, los cuales albergan internos migrantes procesados y sentenciados, por lo que se requiere de asesoria y cooperacion tecnica internacional de Organismos Internacionales que se ocupan de programas y proyectos de interes para los migrantes; Que, el 4 de febrero de 1980, el Estado Peruano y la Organizacion Internacional para las Migraciones - OIM suscribieron un Convenio de Cooperacion, por el cual, cualquier entidad del Gobierno Central puede solicitar a la OIM asesoramiento en el MORDAZA de sus programas para la ejecucion de programas y proyectos, pues esta en condiciones de prestar servicios de consultoria, diseno y ejecucion de estrategias, asi como proyectos para la obtencion y administracion de recursos financieros; Que, siendo el Instituto Nacional Penitenciario el ente rector que dirige y controla tecnica y administrativamente el Sistema Penitenciario Nacional, se requiere de proyectos y programas para asegurar una adecuada politica penitenciaria que conlleve al logro de sus objetivos institucionales; Que, con este proposito, se requiere la participacion conjunta de funciones, capacidades y recursos institucionales del Instituto Nacional Penitenciario y de la Organizacion Internacional para las Migraciones - OIM, para lo cual, se ha suscrito un Convenio MORDAZA para la ejecucion del "Proyecto de Fortalecimiento de Gestion Institucional del Ministerio de Justicia"; Que, en virtud de dicho Convenio MORDAZA se ha suscrito un Convenio de Administracion de Recursos que tiene por finalidad buscar el desarrollo de capacidades tecnicas e institucionales en beneficio de la poblacion penitenciaria existente en los diversos establecimientos penitenciarios del Peru, los cuales albergan internos migrantes procesados y sentenciados, siendo necesario su aprobacion;

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