Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2009 (13/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de junio de 2009

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29378
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE AUTORIZA UN CREDITO SUPLEMENTARIO EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL ANO FISCAL 2009 Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES PARA LA ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS DESTINADOS A LA RECONSTRUCCION DE LAS ZONAS AFECTADAS POR LOS SISMOS DEL 15 DE AGOSTO DE 2007
Articulo 1°.- Objeto de la Ley Autorizase un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, hasta por la suma de NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS DIECISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 964 516,00) de acuerdo con el siguiente detalle: INGRESOS (En Nuevos Soles)

Articulo 2°.- Procedimientos para la aprobacion institucional 2.1 El titular del Pliego habilitado aprueba, mediante resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° de la presente Ley a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias siguientes de la publicacion del presente dispositivo legal. MORDAZA de la resolucion se remite dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces en el Pliego habilitado, solicita a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto del Pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente MORDAZA legal. Articulo 3°.- De la aplicacion de los recursos Para efecto de la aplicacion de los recursos autorizados en el articulo 1° de la presente Ley, la Presidencia del Consejo de Ministros puede utilizar el mecanismo establecido en el articulo 60°, numeral 60.2, de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Articulo 4°.- Depositos en cuentas del Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007, denominado "FORSUR" Facultase a la Direccion Nacional del Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a depositar en la cuenta bancaria del Forsur los recursos a que hace referencia el primer parrafo del articulo 7° del Decreto de Urgencia N° 024-2007, el literal d) del articulo 4° y el numeral 5.3 del articulo 5° del Decreto de Urgencia N° 026-2007, incluyendo los intereses correspondientes. Asimismo, toda donacion adicional que se produzca para la rehabilitacion y reconstruccion de las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007 se deposita en las cuentas del Forsur. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- Disponese en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, la transferencia financiera del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA a la Municipalidad Provincial de Mariscal MORDAZA del departamento de MORDAZA, para ser destinada a la ejecucion del Proyecto de Inversion 040250 Construccion de la Carretera Chiligua Carumas Cuchumbaya Calacoa Humalso ­ MORDAZA Etapa, por la suma de CUATRO MILLONES DOSCIENTOS DOCE MIL QUINIENTOS CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 212 505,00) con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Dicha transferencia financiera se realiza MORDAZA de treinta (30) dias calendario, contados desde la publicacion de la presente MORDAZA, bajo responsabilidad. Para el cumplimiento de la presente disposicion, no es de aplicacion la suspension establecida en el numeral 7.1 del articulo 7° de la Ley N° 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009. Comunicase al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de MORDAZA de dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica

FUENTE DE FINANCIAMIENTO Donaciones y Transferencias 1.5 1.5.4 1.5.4 2 Otros ingresos Transferencias Voluntarias Distinta a Donaciones Transferencias de Capital Voluntarias Distinta de Donaciones 1.5.4 2.1 Transferencias de Capital Voluntarias Distinta de Donaciones 1.5.4 2.1 1 Transferencias Voluntarias de Capital de Personas Juridicas 964 516,00 ---------------TOTAL INGRESOS S/. 964 516,00 ========= EGRESOS (En Nuevos Soles) : Gobierno Central 001 : Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA 014 : Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de Agosto de 2007 ­ FORSUR FUNCION 03 : Planeamiento Gestion y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 004 : Planeamiento Gubernamental SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0019 : Transferencia de Caracter General ACTIVIDAD 029434 : Atencion de Desastres y Apoyo a la Rehabilitacion y la Reconstruccion FUENTE DE FINANCIAMIENTO 4 : Donaciones y Transferencias CATEGORIA DEL GASTO Y GENERICA DEL GASTO GASTOS DE CAPITAL 4. Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS En Nuevos Soles) 964 516,00 --------------S/. 964 516,00 ========= SECCION PRIMERA PLIEGO

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