Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2009 (13/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

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procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, asi como de la aplicabilidad de la legislacion pesquera vigente, se ha determinado que los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA han cumplido con presentar los requisitos sustantivos y procedimentales establecidos en el procedimiento 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2005PRODUCE, y demas normas modificatorias; por lo que deviene aprobar el cambio del titular de permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion mediante el Informe Nº 178-2009-PRODUCE/DGEPP y el Informe Nº 413-2009-PRODUCE/DGEPP de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE modificado mediante Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y demas normas modificatorias, y la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444; En uso de las facultades establecidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.Acumular los procedimientos administrativos relativos al recurso de reconsideracion contra la Resolucion Directoral Nº 494-2007-PRODUCE/ DGEPP y al cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera PEGUISA II con matricula CO12907-CM. Articulo 2º.- Declarar fundado el recurso de reconsideracion interpuesto por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 494-2007-PRODUCE/DGEPP, por las consideraciones expuestas en la presente resolucion. Articulo 3º.- Aprobar a favor de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el cambio de titular del permiso de pesca otorgado a los senores MORDAZA MORDAZA SAM CHU y MORDAZA MORDAZA MORDAZA YTURRI mediante Resolucion Ministerial Nº 586-97-PE de fecha 16 de octubre de 1997, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada PEGUISA II con matricula CO-12907-CM y 92 m3 de capacidad de bodega, para dedicarla a la extraccion de los recursos hidrobiologicos sardina, jurel y caballa para destinarlos al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de 1 ½ pulgada (38 mm), en ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas costeras, segun corresponda. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Ministerial Nº 586-97-PE de fecha 16 de octubre de 1997 a los senores MORDAZA MORDAZA SAM CHU y MORDAZA MORDAZA MORDAZA YTURRI, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada PEGUISA II con matricula CO-12907-CM. Articulo 5º.- Incorporar a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada PEGUISA II con matricula CO-12907-CM, en el literal H) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE.

Articulo 6º.- La vigencia de los derechos administrativos otorgados por la presente resolucion esta supeditada a la operatividad de la embarcacion pesquera, a la realizacion de actividad extractiva en el ejercicio previo, al pago por concepto de derechos de pesca correspondientes, al cumplimiento de la normatividad en materia de ordenamiento juridico pesquero, asi como las normas sobre sanidad y medio ambiente y demas que le MORDAZA aplicables. Articulo 7º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 358932-12

Otorgan a FRUPESA autorizacion para efectuar incremento de capacidad instalada de planta de congelado de productos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 381-2009-PRODUCE/DGEPP 27 de MORDAZA del 2009 Visto el escrito con Registro Nº 00030641 de fecha 21 de MORDAZA del 2009, presentado por la empresa FRUTOS DEL PERU S.A. - FRUPESA CONSIDERANDO: Que el inciso b) del numeral 4 del articulo 43º , los articulos 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que para la instalacion de establecimientos industriales pesqueros se requiere de autorizacion, la que constituye un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria, actual Ministerio de la Produccion, otorga a plazo determinado y ha nivel nacional; Que el articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que el numeral 52.4 del articulo 52º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE, establece que la autorizacion para el traslado fisico o para el incremento de capacidad instalada se otorga con una vigencia no mayor de un (1) ano. Dicha autorizacion podra renovarse por una sola vez y por igual periodo, siempre que se acredite haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50 %) del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado. La autorizacion se extinguira de pleno derecho al no acreditarse dentro del plazo autorizado o, de ser el caso, al termino de la renovacion del mismo; Que la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobada por Decreto Supremo Nº 040-2001-PE, regula entre otros, los requerimientos y las condiciones sanitarias para la ubicacion, diseno, construccion y equipamiento de los establecimientos y plantas de procesamiento de productos pesqueros destinados al consumo humano directo; Que mediante la Resolucion Directoral Nº 2342004-PRODUCE/DNEPP del 18 de agosto del 2004, se otorgo a FRUTOS DEL PERU S.A. ­ FRUPESA, licencia de operacion para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos a traves de su planta de congelado, con una capacidad instalada de

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