Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2009 (13/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

397521

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspectores de Operaciones de la Direccion de Seguridad de la Direccion General de Aeronautica Civil a los EE.UU. para participar en curso de entrenamiento de vuelo
RESOLUCION SUPREMA Nº 029-2009-MTC MORDAZA, 12 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el numeral 9.3 del articulo 9 de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, excepto los que se efectuen en el MORDAZA de los acuerdos de negociacion de tratados comerciales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru, entre otros, habiendose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado numeral seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y dentro de sus competencias se encuentra la de ejecutar la politica aerea nacional; Que, mediante los Informes Nº 272-2009-MTC/12 y Nº 035-2009-MTC/12.CPO, la Direccion General de Aeronautica Civil, comunica que del 22 al 25 de junio de 2009, se llevara a cabo el Curso de "Entrenamiento de vuelo en simulador DC-10", en las instalaciones de Aeroservice Training Center, en la MORDAZA de Miami, MORDAZA, Estados Unidos de America; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, comunica que la empresa Cielos del Peru S.A. opera con las aeronaves DC-10, siendo necesario que los inspectores que realicen los chequeos por vigilancia, proficiencia o calificacion, actualicen sus conocimientos referente a la aeronave en mencion; Que, es necesaria la asistencia de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al curso "Entrenamiento de vuelo en simulador DC-10", en consideracion a que la empresa Cielos del Peru S.A., ampliara sus operaciones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspectores de Operaciones de la Direccion de Seguridad de la Direccion General de Aeronautica Civil, del 21 al 26 de junio de 2009, a la MORDAZA de Miami, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, para participar en el Curso de "Entrenamiento de vuelo en simulador DC-10". Articulo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolucion seran financiados con cargo al Convenio de Gestion de Servicios PER/07/801, de conformidad con la Autorizacion de Beca/Mision Int. Nº 004-05-2009, conforme al siguiente detalle:
Viaticos Pasaje aereo Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto US$ 3,300.00 US$ 1,786.11 US$ 93.00

mencionados en el articulo 1 de la presente Resolucion Suprema, deberan presentar dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, un informe detallando al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4º.- Dentro de los siete (7) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los profesionales mencionados deberan presentar a la Presidencia de la Republica a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 360477-20

Autorizan viajes de inspecciones tecnicas de vigilancia de Inspectoras de la Direccion General de Aeronautica Civil que se realizaran en Uruguay y MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 030-2009-MTC MORDAZA, 12 de junio de 2009 VISTOS: El Informe Nº 260-2009-MTC/12 del 05 de MORDAZA de 2009, emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe Nº 182-2009-MTC/12.04 del 29 de MORDAZA de 2009 emitido por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el numeral 9.3 del articulo 9 de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, habiendose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado literal seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 4 de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronautica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un MORDAZA de MORDAZA competencia y con estricta observancia de las normas tecnicas vigentes; Que, el numeral 8.2 del articulo 8 de la citada Ley, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que la Direccion General de Aeronautica Civil debe efectuar la supervision permanente de las operaciones aereas de los explotadores bajo su control, a fin de garantizar que se mantienen las normas requeridas en

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los profesionales

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