Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2009 (27/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

393204
Que:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de marzo de 2009

1. El producto se origina de aves procedentes de una MORDAZA (condado o condados) que cumple con los criterios de la Organizacion Mundial de Sanidad Animal (OIE) para ser considerada como libre de influenza aviar notificable (H5 y H7) y enfermedad de Newcastle. 2. (Elegir una de las alternativas) Los productos fueron sometidos a tratamiento con calor minimo a 118°C durante por lo menos 40 minutos o a un MORDAZA de hidrolizacion continua a una temperatura minima de 122°C durante por lo menos 15 minutos o un tratamiento alternativo que alcanza o excede estos parametros de procesamiento. 3. (Especificar que son aves) Los animales (aves) de donde proviene el producto se originan de plantas de sacrificio autorizadas oficialmente y el producto es procesado en plantas de rendering autorizadas por la autoridad oficial competente de los Estados Unidos. 4. (Elegir una de las alternativas) El producto se origina de plantas de rendering que no procesan materiales de origen rumiante, procesan solo aves y/o cerdos utilizando lineas y equipos dedicadas que garantiza que no hay contaminacion cruzada con otros materiales de origen no aviar y/o porcina. 5. El producto fue manufacturado a tiempos y temperatura suficientes para destruir patogenos microbiologicos de interes como Salmonella que garantice obtener un producto comercial esteril apto para consumo animal. 6. El producto ha sido envasado en empaques nuevos, en el caso de empaque individual. En el caso de productos a granel, los contenedores han sido cuidadosamente lavados de acuerdo a las buenas practicas de manufactura. Un rotulado proporciona el nombre y ubicacion de la planta procesadora y la fecha de embarque. USDA - APHIS le ha asignado a la planta de produccion el siguiente numero de aprobacion:______. 7. El producto fue procesado bajo condiciones sanitarias de acuerdo a las buenas practicas de manufactura incluyendo precauciones para prevenir la contaminacion del producto con agentes patogenos despues del procesamiento, incluyendo el virus de la influenza aviar. 8. El producto fue transportado en vehiculos y contenedores lavados. Han sido identificados con un sello unico en el contenedor y este sello se mantuvo intacto al momento de la exportacion. PARAGRAFO: I.- El importador previo al internamiento del producto al Peru, presentara una Declaracion Jurada en la que indique que este producto no sera destinado a rumiantes, e indicara la especie de destino. ESTOS REQUISITOS ZOOSANITARIOS, DEBEN SER REMITIDOS A SU PROVEEDOR EN ESTADOS UNIDOS, A FIN DE QUE LOS CERTIFICADOS ZOOSANITARIOS EMITIDOS POR LOS SERVICIOS VETERINARIOS INCLUYAN LAS EXIGENCIAS MORDAZA DESCRITAS. DE NO COINCIDIR LA CERTIFICACION CON ESTOS REQUISITOS LA MERCANCIA SERA DEVUELTA, SIN LUGAR A RECLAMO. 329002-1

AMBIENTE
Categorizan la MORDAZA Reservada MORDAZA MORDAZA como Santuario Nacional MORDAZA MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 005-2009-MINAM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Que, el articulo 68º de la Constitucion Politica del Peru establece que es obligacion del Estado promover la conservacion de la diversidad biologica y de las Areas Naturales Protegidas; Que, la Ley Nº 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, establecen que las Areas Naturales Protegidas son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorias y zonificaciones, para conservar la diversidad biologica y demas valores asociados de interes cultural, paisajistico y cientifico, asi como por su contribucion al desarrollo sostenible del pais; las cuales constituyen patrimonio de la Nacion, y su condicion natural debe ser mantenida a perpetuidad; Que, la MORDAZA Reservada MORDAZA MORDAZA fue establecida mediante Resolucion Ministerial Nº 02752005-AG publicada con fecha 11 de marzo de 2005, con una superficie 9 575,09 ha ubicada en los distritos de Huasahuasi y Chanchamayo, de las provincias de Tarma y Chanchamayo respectivamente, del departamento de MORDAZA, asimismo quedo conformada la comision encargada de formular la propuesta de ordenacion territorial para la categorizacion definitiva de la MORDAZA Reservada MORDAZA MORDAZA, la cual estuvo integrada por un representante de la Intendencia de Areas Naturales Protegidas, quien la preside, un representante de la Municipalidad Provincial de Tarma, un representante de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, un representante de la Municipalidad Distrital de Huasahuasi, un representante de la Municipalidad Distrital de Chanchamayo, y un representante del Gobierno Regional de Junin; Que, la Resolucion Ministerial Nº 317-2007-AG, del 17 de MORDAZA de 2007, amplia por un periodo de seis meses las funciones de la comision encargada de formular la propuesta de ordenacion territorial para la categorizacion definitiva de la MORDAZA Reservada MORDAZA Hermosa; Que, en reunion de la comision de categorizacion para la MORDAZA Reservada MORDAZA MORDAZA, llevada a cabo el dia 15 de octubre de 2007 en las instalaciones de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, se hizo entrega al Instituto Nacional de Recursos Naturales del documento y acervo documentario del expediente tecnico con la propuesta tecnica para la categorizacion de la MORDAZA Reservada MORDAZA Hermosa; Que, mediante Informe Nº 361-2007-INRENAIANP-DPANP de la Intendencia de Areas Naturales Protegidas, se presenta el "Expediente Tecnico para el Establecimiento del Santuario Nacional MORDAZA Hermosa", sustentado, sobre la base de estudios y evaluaciones de MORDAZA realizadas por los miembros de la comision de categorizacion y que a su vez corren en el expediente justificatorio respectivo, determinando que la categoria mas adecuada es la de Santuario Nacional, segun la delimitacion y extension que se indica; Que, MORDAZA MORDAZA esta ubicada en la Gran MORDAZA del Rio Amazonas, Sub MORDAZA I del Rio Ucayali, Sub MORDAZA II del Rio Tambo, Sub MORDAZA III del Rio Perene, Sub MORDAZA IV del Rio Tarma, Sub MORDAZA V del Rio Oxabamba; comprende parte de la Sub MORDAZA VI-A del Rio Ulcumayo y Sub MORDAZA VIB del Rio Casca; Que, MORDAZA MORDAZA alberga una muestra residual para el Peru de bosques de Cedrela lilloi (cedro de altura) con mas de 40 m de altura, asimismo representa un pool genetico de especies de valor economico (cedro, nogal, ulcumano, diablo fuerte), de la misma manera alberga especies endemicas y de distribucion geografica y altitudinal restringida; Que, MORDAZA MORDAZA, se constituye en una muestra representativa de bosque residual del ecosistema de MORDAZA alta, con tres zonas de vida: bosque muy humedo - Premontano Tropical (bmh-PT), bosque muy humedo - MORDAZA Bajo Tropical (bmh - MBT) y bosque pluvial

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