Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2009 (27/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de marzo de 2009

informe que los sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Organismo Superior de las Contrataciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; asimismo que las adquisiciones se realizan mediante acciones inmediatas; En uso de las facultades conferidas por el numerales 8 del Articulo 9 de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, arribo al siguiente; ACUERDO: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion, por causal de Situacion de Desabastecimiento del suministro de insumos para el Programa de Vaso de Leche del distrito de MORDAZA MORDAZA, por el plazo MORDAZA de noventa (90) dias o por el periodo que dure el MORDAZA de seleccion, para adquirir insumos segun el siguiente detalle tope:
DESCRIPCION LECHE EVAPORADA HIJUELAS DE QUINUA AZUCAR ALIMENTO ENRIQUECIDO LACTEO CANTIDAD 7.744 3.469 271 2.202 UNIDAD DE MEDIDA Bolsa x 410 gr. Bolsa x 500 gr. Bolsa x 1000 gr. Bolsa x 500 gr. PRECIO PRECIO UNITARIO S/. 1,97 2,60 2,20 3,00 15,255.68 9,019.40 596.20 6,606.00

El Concejo Municipal de Lurigancho - Chosica, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen 01-2009-CPRAJRGCP-MDLCH emitido por la Comision de Asuntos Juridicos, Rentas, Gastos y Control Patrimonial. CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99 EF concordado con el Art. 40 de la Nueva Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, dispone que mediante Ordenanza los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones y tasas o exonerar de ellos dentro de la jurisdiccion y con los limites que senala la ley. Que el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Decreto Supremo Nº 169-2008 EF ha establecido que la Unidad Impositiva Tributaria es de S/. 3,550 Nuevos soles para el Ejercicio Fiscal 2009. Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal Decreto Supremo Nº 156-2004 EF MORDAZA Parrafo del Art. 13 faculta a las Municipalidades establece un monto minimo a pagar por Impuesto Predial equivalente a 0.6% de la U.I.T.; asi mismo, la Cuarta Disposicion Final de dicha MORDAZA indica que las Municipalidades que brindan el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de Impuestos y de los recibos de correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no mas del 0.4% de la U.I.T., en ambos casos vigente al primero de Enero de cada ejercicio. Que, el Art. 15 inciso b) del Decreto Supremo Nº 1562004 EF del Texto Unico Ordenado la Ley de Tributacion Municipal establece el pago fraccionado del Impuesto Predial, el ultimo dia habil del mes de Febrero, MORDAZA, Agosto y Noviembre en cuotas ajustadas conforme a la variacion acumulada del indice de Precios al Consumidor. Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el Numeral 8) del Articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con dispensa de la aprobacion de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO DEL IMPUESTO PREDIAL, LA TASA POR CONCEPTO DE GASTOS ADMINISTRATIVOS Y DEL VENCIMIENTO DEL PAGO DE LOS TRIBUTOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009 Articulo 1º.- Establezcase el monto de S/. 21.30 Nuevos Soles como Impuesto Predial Minimo a pagar para el Ejercicio Fiscal 2009. Articulo 2º.- Establezcase el monto de S/. 14.20 Nuevos Soles por concepto de Gastos Administrativos para el Ejercicio Fiscal 2009. Articulo 3º.- Fijese como fechas de vencimiento para el pago de los Tributos Municipales (Impuesto Predial y Arbitrios Municipales) correspondientes al Ejercicio Fiscal 2,009 las siguientes: - Primer Trimestre - MORDAZA Trimestre - Tercer Trimestre - MORDAZA Trimestre : : : : 15 de MORDAZA del 2009. Sabado 30 de MORDAZA del 2009. Lunes 31 de agosto del 2009. Lunes 30 de noviembre del 2009.

TOTAL 31,477.28

Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion, a traves de la Unidad de Logistica, la ejecucion del MORDAZA de seleccion por exoneracion, por Situacion de Desabastecimiento declarada, hasta por un monto de S/. 31,477.28, de acuerdo a lo establecido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el cual sera financiado con la fuente de financiamiento 00 Recursos Ordinarios. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal realice las acciones pertinentes que correspondan para disponer el inicio de las medidas conducentes al deslinde de la responsabilidad administrativa, civil y/o penal de los funcionarios y servidores publicos involucrados, de conformidad con lo establecido en el articulo 129 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo en el diario oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles de adoptado el presente Acuerdo, y a la Gerencia Municipal remitir a la Contraloria General de la Republica y al Organismo Superior de Contrataciones del Estado, MORDAZA del Acuerdo y del Informe tecnico - legal, que dio origen al presente instrumento, dentro del plazo de Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 328356-1

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Establecen montos del Impuesto Predial y tasas por concepto de gastos administrativos, asi como fechas de vencimiento para pago de Tributos Municipales
ORDENANZA Nº 125-MDLCH Chosica, 27 de febrero de 2008.

Articulo 4º.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas; asimismo, la Gerencia Municipal debera dar cuenta al Concejo Municipal de forma mensual sobre el control de la recaudacion, conforme asi lo dispone el articulo 20º, numeral 15 de la Ley Organica de Municipalidades. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 328381-1

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