Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2009 (27/03/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES
DICE:

393247

3105.10.00.00

3105.20.00.00

3105.51.00.00

3105.59.00.00

3105.90.20.00

3105.90.90.00

Productos del Capitulo 31 en tabletas o formas similares o en envases de un peso MORDAZA inferior o igual a 10 Kg (solo que contengan Nitrato de Amonio) Abonos minerales o quimicos con los tres elementos fertilizantes: nitrogeno, fosforo y potasio (solo que contengan Nitrato de Amonio) Abonos minerales o quimicos que contengan nitratos y fosfatos (solo que contengan nitrato de amonio) Los demas abonos minerales o quimicos con los dos elementos fertilizantes: nitrogeno y fosforo (solo que contengan Nitrato de Amonio) Los demas abonos minerales o quimicos con los dos elementos fertilizantes: nitrogeno y potasio (solo que contengan Nitrato de Amonio) Los demas abonos (solo que contengan Nitrato de amonio)

7. Descripcion del Producto Cuando el Coeficiente Insumo - Producto es el mismo para todos los bienes que agrupa una misma serie, se debe indicar la descripcion de la serie de acuerdo a lo consignado en la Orden de Embarque..... DEBE DECIR: 7. Descripcion del Producto Cuando el Coeficiente Insumo - Producto es el mismo para todos los bienes que agrupa una misma serie, se debe indicar la descripcion de la serie de acuerdo a lo consignado en la DUA de Exportacion Definitiva..... DICE: 8. Cantidad Exportada Indicar la cantidad de producto de exportacion efectivamente embarcado y en cuya elaboracion / produccion se ha utilizado el insumo importado sujeto a reposicion. Dicha cantidad debe expresarse en la misma unidad fisica de medida que figura en la MORDAZA 3.6 de la Orden de Embarque. DEBE DECIR: 8. Cantidad Exportada Indicar la cantidad de producto de exportacion efectivamente embarcado y en cuya elaboracion / produccion se ha utilizado el insumo importado sujeto a reposicion. Dicha cantidad debe expresarse en la misma unidad fisica de medida que figura en la MORDAZA 7.16 de la DUA de Exportacion Definitiva. DICE:

4.2 Dejese sin efecto la Circular Nº 46-45-96ADUANAS-INTA, publicada el 12.Dic.96 5.- ALCANCE: Esta dirigida al personal de las Intendencias de Aduana y operadores de comercio exterior. 6.- VIGENCIA Lo dispuesto en la presente circular sera de aplicacion a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 329447-1 FE DE ERRATAS RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 138-2009/SUNAT/A Mediante Oficio Nº 114-2009-SUNAT/1A0000, la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria solicita se publique Fe de Erratas del Procedimiento de "Reposicion de Mercancias con Franquicia Arancelaria", INTA-PG.10 (version 3), aprobado por Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 138-2009/SUNAT/A, publicada en Separata Especial del dia 18 de marzo de 2009. DICE: INSTRUCTIVO PARA LA ELABORACION DEL CUADRO DE INSUMO PRODUCTO (CIP) El Cuadro de Insumo - Producto (CIP) debe ser elaborado y suscrito por cada beneficiario, indicando el numero de la Orden de Embarque, .... DEBE DECIR: INSTRUCTIVO PARA LA ELABORACION DEL CUADRO DE INSUMO PRODUCTO (CIP) El Cuadro de Insumo - Producto (CIP) debe ser elaborado y suscrito por cada beneficiario, indicando el numero de la DUA de Exportacion Definitiva, .... DICE: 6. Serie Numero de serie al que corresponde el producto exportado en la Orden de Embarque DEBE DECIR: 6. Serie Numero de serie al que corresponde el producto exportado en la DUA de Exportacion Definitiva

9. Equivalente Esta columna debe ser utilizada solo cuando por necesidades de comercializacion o produccion la unidad fisica de medida del producto de exportacion,
DETALLE DEL PRODUCTO EXPORTADO
6. SERIE 1 7. DESCRIPCION DEL PRODUCTO CON INDICACION DE LA SUBPARTIDA ARANCELARIA NACIONAL Fueloils IFO 380 2710.19.22.90 1 Fueloils IFO 380 2710.19.22.90 2 Cemento Asfaltico 2715.00.90.00 8. CANTIDAD EXPORTADA 9. EQUIVALENTE 18 000,70 m3 113 220,9931 barriles 18 000,70 m3 113 220,9931 barriles 1 500 000 Kg.
-----

DEBE DECIR: 9. Equivalente Esta columna debe ser utilizada solo cuando por necesidades de comercializacion o produccion la unidad fisica de medida del producto de exportacion, para efecto del calculo del Coeficiente Insumo - Producto es distinta a la autorizada en la R.I.N. Nº 000ADT/200200083 publicada el 20.01.2002. En tal caso, se indica la cantidad de mercancia equivalente a la senalada en el rubro 8 expresada en la misma unidad que figura en la MORDAZA 7.17 de la DUA de Exportacion Definitiva. Ejemplo:
DETALLE DEL PRODUCTO EXPORTADO
6. SERIE 1 7. DESCRIPCION DEL PRODUCTO CON INDICACION DE LA SUBPARTIDA ARANCELARIA NACIONAL Fueloils IFO 380 2710.19.22.90 1 Fueloils IFO 380 2710.19.22.90 2 Cemento Asfaltico 2715.00.90.00 8. CANTIDAD EXPORTADA 9. EQUIVALENTE 18 000,70 m3 113 220,9931 barriles 18 000,70 m3 113 220,9931 barriles 1 500 000 Kg.
-----

328706-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.