Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2009 (27/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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declaracion (fs. 614, Tomo II), que su presencia en dicho lugar se debio a que requeria completar el Informe Nº 05, de fecha 28.09.00, que habia presentado y en la cual no habia incluido la denuncia Nº 31-2000 (fs. 627/633, Tomo II), por lo que tambien corresponde desestimar los cargos formulados contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del delito de Asociacion Ilicita Para Delinquir. DECIMO CUARTO: Respecto a la participacion de la denunciada MORDAZA EGUIA MORDAZA, en el archivo de las investigaciones contra el ex asesor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como se ha mencionado, luego que la Fiscal MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA, archivo la denuncia presentada por el abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA por presunto delito contra el derecho de sufragio, los actuados fueron elevados en consulta a la Fiscalia Superior Ad Hoc, a cargo de la entonces Fiscal Superior MORDAZA EGUIA MORDAZA, quien ademas recibio el recurso de Queja de Derecho formulada por el Procurador Publico, expidiendo la Resolucion de fecha 02.10.2000, que declaro infundada la Queja y ordeno el archivo definitivo de las actuados, no apreciandose irregularidades punibles en el tramite seguido en MORDAZA instancia ni en la resolucion expedida, pues se aprecia que aquella se encuentra debidamente sustentada en que los hechos que se visualizaban en el video denominado "Kouri - Montesinos" no constituian delitos electorales. Por tanto, de manera alguna podria considerarse que la decision de la ex Fiscal Superior EGUIA MORDAZA, sobre este caso, MORDAZA tenido el proposito de sustraer al ex asesor MORDAZA MORDAZA de la accion de la justicia, lo cual excluye la presunta comision del delito de Encubrimiento Personal, debiendo desestimarse los cargos formulados en este extremo. DECIMO QUINTO: Sobre las imputaciones formuladas contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Superior Titular de MORDAZA y ex Presidente de la Comision Distrital Descentralizada de Control Interno del Ministerio Publico, por los delitos de Asociacion Ilicita para Delinquir y Corrupcion de Funcionarios, Encubrimiento Personal, Falsedad Generica y Trafico de Influencias, se aprecia que se originan en las declaraciones prestadas por la Colaboradora Eficaz identificada con Clave Nº 00104 (acta de entrevista de fs. 3/21, Tomo I y declaracion indagatoria de fs. 780/787, Tomo II) y por la ex Fiscal MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la audiencia llevada a cabo por la Sala Penal Especial "A", en el MORDAZA signado con el Nº 52-2001 (actas de fs.1190/1282 y 1283/1398, Tomo III), quienes senalan que el dia 19.09.2000, el Fiscal Supremo MORDAZA MORDAZA la convoco a su oficina para preguntarle los pormenores de la investigacion y, al indicarle que podria ser objeto de alguna denuncia, le aseguro que ello no sucederia, pues el Fiscal Superior MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Fiscal Supremo de Control Interno MORDAZA MORDAZA MORDAZA la apoyarian, agregando que posteriormente el propio denunciado MORDAZA MORDAZA le aseguro que su Despacho conoceria cualquier denuncia en su contra en primera instancia y en MORDAZA instancia, se haria cargo el doctor MORDAZA MORDAZA, indicandole que ambos estaban comprometidos con MORDAZA MORDAZA Torres. No obstante, de la revision de los actuados se advierte que no existen elementos de prueba que confirmen dichas aseveraciones, por el contrario las personas a las que han hecho referencia la Colaboradora Eficaz y la ex Fiscal MORDAZA MORDAZA MORDAZA, han negado su participacion en dichos sucesos, especificamente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fs.1616/1622, Tomo IV) y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fs.1623/1630, Tomo IV), e incluso, el propio Fiscal Superior MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fs. 2031/2034, Tomo V), contradicen estas imputaciones indicando que en aquella epoca, el organo de control que jefaturaba tramito una denuncia contra MORDAZA MORDAZA, la misma que fue declarada fundada, elevandose los actuados a la Fiscalia Suprema de Control Interno. En el mismo sentido, se ha logrado establecer que por estos mismos hechos, el Fiscal Superior MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue objeto de otra investigacion ante la Fiscalia Suprema de Control Interno, por los delitos de Asociacion Ilicita para Delinquir y Corrupcion de Funcionarios (Exp. Nº 535-2002), la misma que fue declarada infundada por Resolucion del 30.05.2003 (fs. 3732, Tomo VIII). Siendo asi, en autos no existen suficientes indicios de

la participacion del denunciado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en los hechos inicialmente atribuidos y, no habiendose establecido que MORDAZA formado parte de la organizacion delictiva conformada por el ex asesor MORDAZA MORDAZA al interior del Ministerio Publico y el Poder Judicial, menos aun que MORDAZA recibido suma de dinero o beneficio alguno para beneficiar a dicha persona, corresponde desestimar los cargos formulados en su contra por los delitos de de Asociacion Ilicita para Delinquir y Corrupcion de Funcionarios, Encubrimiento Personal, Falsedad Generica y Trafico de Influencias. DECIMO SEXTO: Sobre la presunta participacion de los denunciados MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el delito de Asociacion Ilicita para Delinquir, se observa que tambien tienen su MORDAZA en las declaraciones de la Colaboradora Eficaz identificada con Clave Nº 001-04 y de la ex Fiscal MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al senalar que un dia, sin precisar la fecha, fue convocada al despacho del entonces Fiscal Supremo MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chienda, donde tambien se encontraban los magistrados denunciados, conjuntamente con la ex Fiscal Provincial MORDAZA MORDAZA, quienes le informaron que se estaba evaluando la posibilidad de que la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico nombre a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Ad-hoc para conocer las denuncias contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Kouri Boumachar, por delitos de Corrupcion de Funcionarios, Peculado y Malversacion de Fondos, pero finalmente la Presidenta de la Comision Ejecutiva, MORDAZA MORDAZA Colan decidio que MORDAZA (Nina MORDAZA Flores), se haga cargo de estas denuncias, expidiendo la Resolucion de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico Nº 703-2000-MP-CEM de fecha 09.10.2000 (fs.890, Tomo III), que le amplia la competencia, al igual que la del Fiscal Superior MORDAZA MORDAZA MORDAZA Krederdt, para conocer los nuevos delitos. Al respecto, en el caso de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se aprecia que en autos no existen elementos de juicio que corroboren lo manifestado por la ex Fiscal MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el contrario los supuestos participantes de la reunion mencionada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chienda (fs.1601/1615, Tomo IV) y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fs.1791/1794, Tomo IV, 2179/2184, Tomo V), han negado tal MORDAZA, incluso debe tenerse en cuenta que la propia MORDAZA MORDAZA, no refiere haber tenido contacto directo con la denunciada MORDAZA MORDAZA, asegurando que la inminente designacion de dicha magistrada como Fiscal Ad Hoc, le fue comunicada por la ex Fiscal MORDAZA MORDAZA, lo cual constituye un testimonio basado en una percepcion indirecta de un hecho que, ademas, nunca fue materializado, por lo que no resulta idoneo ni suficiente para sustentar el ejercicio de la accion penal, debiendo desestimarse los cargos formulados sobre el particular. En el caso del Fiscal Superior MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ademas de su presunta, y tambien negada, intervencion en la reunion MORDAZA mencionada, se le atribuye haber remitido la denuncia interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los delitos de Corrupcion de Funcionarios y Peculado, en la Provincia de Huarmey, Distrito Judicial de MORDAZA, a la Fiscal MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el dia 06.10.2000, a pesar que en aquella epoca aun no se habia MORDAZA la competencia de la Fiscal MORDAZA MORDAZA MORDAZA para conocer delitos de Peculado y Malversacion de Fondos, lo cual recien ocurrio por Resolucion Nº 7032003-MP-CEMP de fecha 09.10.2000; sin embargo, resulta evidente que este procedimiento adoptado por el Fiscal Superior MORDAZA MORDAZA no fue irregular pues en su calidad de Jefe del Organo de Gobierno del Distrito Judicial de MORDAZA, tenia la obligacion de remitir las denuncias provenientes de otros distritos judiciales al Fiscal Provincial competente, correspondiendo en el caso de la referida denuncia, ser remitida a la Fiscal MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se desempenaba como Fiscal Provincial Coordinadora de las Fiscalias Especializadas en Delitos Tributarios, debido a que por Resolucion de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico Nº 651-2000MP-CEMP de fecha 14.09.2000 (fs.1968, Tomo V), se habia MORDAZA su competencia para hacerse cargo de las denuncias por los delitos comprendidos en la seccion IV del Capitulo II del Titulo XVIII del Libro MORDAZA del

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