Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2009 (27/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de marzo de 2009

se configura, entre otros supuestos, cuando un Juez o Fiscal dicta resolucion o emite dictamen manifiestamente contraria al texto expreso y MORDAZA de la ley o cita pruebas o hechos falsos, siempre que dicho proceder este provisto de dolo, es decir, que se tenga la plena conciencia de que se esta contrariando el ordenamiento juridico. El delito de TRAFICO DE INFLUENCIAS, previsto en el articulo 400º del Codigo Penal sanciona la conducta de quien invocando o teniendo influencias reales o simuladas recibe, hace dar o prometer para si o para un tercero, donativo o promesa o cualquier otra ventaja o beneficio con el ofrecimiento de interceder ante un funcionario o servidor publico que ha de conocer, este conociendo o MORDAZA conocido un caso judicial o administrativo. Finalmente, El delito de FALSEDAD GENERICA tipificado en el articulo 438º del Codigo Penal, sanciona a quien de cualquier modo no especificado en otros tipos penales previstos en el capitulo de los delitos Contra La Fe Publica, comete falsedad simulando, suponiendo, alterando la verdad intencionalmente y con perjuicio de terceros. IV. ANALISIS Y EVALUACION DE LOS HECHOS QUINTO: De la revision de los actuados, se advierten los siguientes sucesos: a) Luego que el 14.09.2000 se difundiera por MORDAZA N, el video denominado "KouriMontesinos", el ex asesor MORDAZA MORDAZA solicito ante el Ministerio Publico que se le someta a una investigacion (Denuncia Nº 778-200), ante lo cual la ex Fiscal MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante resolucion de fecha 15.09.2000, abrio investigacion preliminar y, con fecha 20.09.00, expidio una nueva resolucion, declarando no haber merito para formalizar denuncia penal (fs. 894/898, Tomo III), elevandose los actuados en consulta a la Primera Fiscalia Superior Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, a cargo del Fiscal Superior MORDAZA MORDAZA MORDAZA KREDERDT, quien mediante resolucion del 12.10.2000 (fs.899/903, Tomo II), aprobo la resolucion y dispuso el Archivo Definitivo de los actuados; b) El 20.09.2000, el abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA presento ante el Despacho de la Fiscalia de Nacion, una denuncia contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Kouri Boumachar por la presunta comision del delito Contra la Voluntad Popular - Delito contra el Derecho de Sufragio, la cual fue derivada a la ex Fiscal MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se inhibio de conocerlo y la remitio a la Fiscalia Ad Hoc para Delitos Electorales, a cargo de la doctora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA, quien mediante resolucion de fecha 29.09.2000 (fs.23 del cuaderno anexo), archivo definitivamente la denuncia, elevandola en consulta a la ex Fiscal Superior Ad Hoc, MORDAZA Eguia MORDAZA quien -admitiendo la queja de derecho interpuesta por la Procuraduria Publica con posterioridad a la elevacion con consulta ­ la declaro infundada, mediante Resolucion de fecha 02.10.2000 (fs.30/31 del cuaderno anexo), ordenando el archivo definitivo de los actuados. c) El dia 25.09.2000, en la MORDAZA de Huarmey, el abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA presento denuncia penal contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Kouri Boumachar por delitos de Corrupcion de Funcionario y Peculado (fs. 873/878, Tomo III), la cual fue derivada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, entonces Fiscal Superior encargado de la Gestion de Gobierno del Distrito Judicial de MORDAZA, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Coordinadora de las Fiscalias Especializadas en Delitos Tributarios, quien a su vez la remitio a la Decimo Sexta Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, a cargo de la Fiscal MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Denuncia Nº 844-00), quien mediante resolucion de fecha 09.10.2000 (fs.888, Tomo III) archivo definitivamente la denuncia en el extremo del delito de Corrupcion de Funcionarios y, al no tener competencia, respecto a los delitos de Peculado y malversacion de fondos, la elevo a la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, la cual mediante Resolucion Nº 703-2000-MPCEM de fecha 09.10.2000 (fs. 890, Tomo III), le amplio la competencia, asi como la de MORDAZA MORDAZA MORDAZA KREDERDT, Fiscal Superior de la Primera Fiscalia Especializada, que conocia en grado, para conocer dichos delitos. Ante ello, por resolucion de fecha 10.10.2000 (fs.904/906, Tomo III), la Fiscal MORDAZA MORDAZA MORDAZA declaro no ha lugar a formalizar denuncia, disponiendo

el archivo de los actuados, resolucion que fue materia de queja por el Procurador Publico, siendo declarada infundada por resolucion de fecha 12.10.2000 (fs.913/914, Tomo III); d) Realizada las investigaciones se determino que las acciones MORDAZA descritas fueron consecuencia de las coordinaciones realizadas luego de la difusion televisiva del referido video, en la reunion convocada por MORDAZA MORDAZA Colan, entonces Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, con la concurrencia de diversos Magistrados en la sede de dicho organismo, la misma que se realizo entre la medianoche del 14.09.2000 y el amanecer del 15.09.2000. SEXTO: Sobre el particular inicialmente es preciso senalar que algunos de los hechos que forman parte de las imputaciones materia de la presente investigacion han sido tambien objeto de imputacion en un MORDAZA penal previo, pues segun se observa de las copias del Exp. Nº 02-2002, remitidas por la Vocalia de Instruccion de la Sala Penal Especial "A" de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, que obran a fs. 398 y siguientes (Tomo II), existe un MORDAZA judicial seguido, entre otros, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como presuntos autores del delito Contra la Tranquilidad Publica - Asociacion Ilicita para Delinquir y Delito Contra la Administracion Publica - Corrupcion de Funcionarios - y contra KATHIA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por delito Contra la Tranquilidad Publica - Asociacion Ilicita para Delinquir -, imputandose a dichos ex Magistrados haber formado parte de una organizacion con fines ilicitos, tanto al interior del Ministerio Publico (Valladares MORDAZA y MORDAZA Aragon) y en el Poder Judicial (Trujillo MORDAZA, en su condicion de Juez Penal en delitos Tributarias y Aduaneros), la misma que era dirigida y controlada desde las instalaciones del Servicio de Inteligencia Nacional (SIN) por el ex asesor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, habiendo concurrido a la sede de dicha institucion para efectuar coordinaciones directas sobre el tratamiento que debian dar a ciertos casos de interes politico que eran de su conocimiento y competencia a nivel nacional, a cambio de diversas sumas de dinero, ademas, en el caso de MORDAZA MORDAZA, se le atribuyo haber realizado trabajos propios de su funcion en los equipos de computo que en ocasiones le proporcionaban en el SIN, todo lo cual evidenciaria los vinculos del ex asesor con los referidos magistrados denunciados para influir y determinar en la decisiones de diferentes casos. SETIMO: En tal sentido, estando a que el delito de Asociacion Ilicita para Delinquir reprime al que integra un conjunto de personas reunidas con MORDAZA criterio de permanencia, organizadas en funcion a una estructura basada en la distribucion de roles y ligadas con una finalidad colectiva o comun de cometer delitos, sin que la materializacion de los mismos sea necesaria para su configuracion, lo cual ha sido reconocido en el Acuerdo Plenario Nº 4-2006/CJ-116, al considerar que la agrupacion delictiva "es autonoma e independiente del delito o delitos que a traves de MORDAZA se cometan (...), es un contrasentido pretender abordar el MORDAZA legal de Asociacion Ilicita para Delinquir en funcion de los actos delictivos perpetrados, y no de la propia pertenencia a la misma. No se esta ante un supuesto de codelincuencia en la comision de los delitos posteriores, sino de una organizacion instituida con fines delictivos que presenta una cierta inconcrecion sobre los hechos punibles a ejecutar"; y, teniendo en cuenta que la conducta imputada a los denunciados MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, KATHIA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respecto a este delito esta referida a su integracion y permanencia en dicha organizacion delictiva MORDAZA de la difusion del video denominado "Kouri Montesinos", la que incluso se proyecto en la materializacion de diferentes actos delictivos cometidos luego de este MORDAZA, resulta evidente que en el MORDAZA penal MORDAZA mencionado y en la presente investigacion, concurren las identidades de sujeto, hecho y fundamento que impide la persecucion multiple por el mismo supuesto factico, en salvaguarda de la garantia del ne bis in idem procesal. OCTAVO: Respecto a MORDAZA EGUIA MORDAZA, ex Fiscal Superior Ad Hoc, MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Fiscal Superior de la Fiscalia Especializada en Trafico Ilicito de

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