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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2001 (22/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 29

Pág. 207243 NORMAS LEGALES Lima, domingo 22 de julio de 2001 Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 298-2001-RE Lima, 21 de julio de 2001 De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, de 29 de abril del año 2001 y su modificatoria Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM, de 9 de mayo del año 2001; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar el viaje de los siguientes funcionarios diplomáticos a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 21 al 24 de julio del año 2001: · Ministro en el Servicio Diplomático de la República, don Harold Forsyth Mejía; y, · Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, don Carlos Herrera Rodríguez. 2º.- El viaje del Ministro Harold Forsyth Mejía, se hará efectivo del 21 al 23 de julio y del Ministro Conseje- ro Carlos Herrera Rodríguez, del 22 al 24 de julio del año 2001. Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución por concepto de pasajes US$ 1 643,16, viáticos US$ 1 600,00 y tarifa por uso de aero- puerto US$ 50,00, serán cubiertos por el Pliego Presu- puestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debien- do rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión. 3º.- La presente Resolución no da derecho a exonera- ción ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 27701 Designan funcionarios diplomáticos para viajar a Ecuador, Colombia y Ve- nezuela, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 299-2001-RE Lima, 21 de julio de 2001 De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, de 29 de abril del año 2001 y su modificatoria Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM, de 9 de mayo del año 2001; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1º.- Designar a los siguientes funcionarios, para que viajen a las ciudades de Quito, República del Ecuador,Bogotá, República de Colombia y Caracas, República Bolivariana de Venezuela, del 22 al 25 de julio del año 2001: · Doctor Juan Velit Granda, Congresista de la Repú- blica; y, · Embajador en el Servicio Diplomático de la Repú- blica, don José Manuel Rodríguez Cuadros. 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución por concepto de pasajes US$ 2 057,92, viáticos US$ 2 000,00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 50,00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión. 3º.- La presente Resolución no da derecho a exone- ración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 27702 SALUD Aprueban Reglamento de estupefa- cientes, psicotrópicos y otras sustan- cias sujetas a fiscalización sanitaria DECRETO SUPREMO Nº 023-2001-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que es necesario reglamentar la Ley General de Salud Nº 26842, en lo concerniente a estupefacientes, psicotrópicos y otras sustancias sujetas a fiscalización sanitaria; De conformidad con lo previsto en el Artículo 118º inciso 8) de la Constitución Política del Perú; DECRETA: APROBACIÓN Artículo 1º.- Apruébase el Reglamento de estupefa- cientes, psicotrópicos y otras sustancias sujetas a fiscali- zación sanitaria, que consta de sesenta y siete artículos, diez Disposiciones Complementarias, Transitorias y Fi- nales, y dos anexos. REFRENDO Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de julio del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República EDUARDO PRETELL ZÁRATE Ministro de Salud