Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (02/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 45

Pág. 203799 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de junio de 2001 c) Si por alguna circunstancia se viere obligado a disminuir la velocidad o parar la máquina, lo hará después de dar aviso al Jefe de Ingeniería y Piloto de Guardia. En circunstancias imprevistas y siempre que la conservación de las ingeniería así lo requiera, podrá proceder inmediatamente con la urgencia del caso, informando a la brevedad al Jefe de Ingeniería. d) Anotarán en el libro respectivo todas las noveda- des que hubiesen ocurrido durante su servicio. Si el piloto lo solicita, le enviará los datos de ingeniería que deben ser considerados en el Libro de Bitácora. SECCION IX OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS OFICIALES FLUVIALES Y LACUSTRES E-010901 Las obligaciones y responsabilidades de los Patrones, Prácticos, y Contramaestres Fluviales y Capitanes, Pilotos y Contramaestres Lacustres, son los que el Reglamento establece para los Capitanes marí- timos, con las restricciones inherentes a la naturaleza de la navegación y comercio fluvial o lacustre E-010902 Las atribuciones y deberes de los Patro- nes, Prácticos, y Contramaestres Fluviales y Capita- nes, Pilotos y Contramaestres Lacustres, son los si- guientes: a) Dirigir la navegación, desde que la nave es puesta en franquía por el patrón, hasta que éste tome nueva- mente el mando. b) Solicitar del patrón, cuando lo estime necesario, el sondaje y señalamiento del canal; así como sugerir las medidas que estime necesario para la seguridad de la navegación. c) Acatar y ejecutar las órdenes del patrón, así como desempeñar las comisiones del servicio que éste les encomiende. d) Son igualmente atribuciones y deberes de los prácticos fluviales de guardia, las señaladas a los pilo- tos de guardia. e) Anotar en el Diario de Navegación, las novedades ocurridas en su guardia, horas en que se pasó a la cuadra de puertos y puntos notables, avistaje de naves, entradas y salidas a puertos, fondeos, etc., debiendo firmar el Diario al terminar su guardia. E-010903 Los oficiales de ingeniería y motoristas, tienen las mismas atribuciones y deberes señalados a los oficiales ingenieros y motoristas marítimos. SECCION X OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS RADIOPERADORES E-011001 El servicio de la estación de radio de una nave depende del Capitán, quien deberá exigir las prescripciones establecidas en el Reglamento de Radio Comunicaciones de la U.I.T. E-011002 El servicio de toda estación de radio podrá ser ejercido por el Capitán, Oficial de Cdeberá estar a cargo del Capitán, un Radioperador debidamente titu- lado por la Autoridad Marítima. E-011003 El Encargado de la Estación de Radio Comunicaciones es directamente responsable ante el Capitán del cumplimiento de las prescripciones esta- blecidas en el Reglamento de Radio Comunicaciones, tanto en lo que respecta al servicio que presta la estación a su cargo, como del cumplimiento de las mismas por el personal que trabaja a sus órdenes, tendrá las siguientes obligaciones: a) Es responsable del material de radio comunicacio- nes, así como del correcto estado y registro de los libros y formas de despachos de su estación. b) En el caso que tenga personal de radioperadores bajo sus órdenes, elaborará los roles de guardia, debien- do hacerlos visar por el Capitán. c) En caso de ausentarse de la nave, solicitará la autorización respectiva al Capitán y en ausencia de éste, al Primer Piloto. d) Hacer de conocimiento del Capitán los reportes meteorológicos y otros que requiera su conoc imiento.SECCION XI OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS MOTORISTAS E-011101 El motorista responde ante el Jefe de Ingeniería, o del oficial de ingeniería asignado por el funcionamiento, la conservación de todo el material a su cargo y ejecución de los trabajos programados con- forme a sus instrucciones. Será responsable ante el Capitán o Patrón cuando la dotación de la nave no considere oficiales de ingeniería. E-011102 Los motoristas están adscritos al área de ingeniería, teniendo a su cargo y bajo su responsabili- dad lo siguiente: a) El mantenimiento de los motores principales y auxiliares. b) Las faenas de conservación y reparaciones meno- res de los motores principales y auxiliares. c) El cambio y control de los niveles de aceite de los motores principales y auxiliares. d) El mantenimiento y reparación de los motores auxiliares que operen cualquier equipo asignado a la nave. e) El mantenimiento de los materiales de lucha contra incendios que se les asigne. f) Otras responsabilidades que le asigne el Jefe de Ingeniería, Oficial Ingeniero, Capitán o Patrón. E-011103 Cuando la nave no cuente con electricista, los motoristas tendrán a su cargo, además de lo indica- do en el artículo anterior, lo siguiente: a) El control, operación y mantenimiento de los grupos electrógenos, baterías, sistemas de alumbrado general y de navegación. b) Las faenas de combustible y aceite, así como su almacenamiento en cantidades suficientes para asegu- rar la navegación prevista. SECCION XII OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ELECTRICISTAS E-011201 El electricista responde ante el Jefe de Ingeniería por el funcionamiento y la conservación de todo el material asignado y por la ejecución de los trabajos programados conforme a sus instrucciones. Será responsable ante el Capitán o Patrón cuando la dotación de la nave no considere Oficiales de Ingenie- ría. E-011202 Los electricistas están adscritos al área de ingeniería, teniendo bajo su responsabilidad lo siguien- te: a) Sistemas de controles automáticos de la nave. b) Sistemas eléctricos de distribución, potencia, alum- brado o de alimentación a sistemas de control eléctri- cos, motores eléctricos, partes eléctricas de equipos y tableros de control. c) Sistemas de alimentación de luces de navegación. d) Preparación y coordinación de la toma de energía eléctrica del exterior. e) Baterías del buque. f) Partes eléctricas de los grupos electrógenos. g) Iluminación interior y exterior de la nave y de las bodegas durante las estadías en puerto. h) Trabajos de mantenimiento y reparaciones meno- res de la fuente de alimentación de los equipos auxilia- res de navegación y estación de radio. i) Control y la conservación de todos los repuestos y herramientas asignadas. j) Otras responsabilidades que le asigne el Jefe de Ingeniería u Oficial de Ingeniería, compatibles con su responsabilidad. SECCION XIII OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS MARINEROS MERCANTES E-011301 Son obligaciones y responsabilidades de los marineros mercantes, las siguientes: