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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JULIO DEL AÑO 2004 (29/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 27

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G35/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 29 de julio de 2004 Contra lo resuelto por dicho órgano jurisdiccional no pro- cede ningún recurso. Artículo 56º Trámite cuando el Juez no conviene en la recusación.- Si el Juez recusado rechaza de plano la recusación o no conviene con ésta, formará incidente y elevará las copias pertinentes en el plazo de un día hábil a la Sala Penal competente. La Sala dictará la resolución quecorresponda siguiendo el trámite previsto en el artículo anterior. Artículo 57º Trámites especiales.- 1. Cuando se trata de miembros de órganos jurisdiccio- nales colegiados, se seguirá el mismo procedimiento pre- visto en los artículos anteriores, pero corresponderá deci- dir al mismo órgano colegiado integrándose por otro ma-gistrado. Contra lo decidido no procede ningún recurso. 2. Si la recusación es contra todos los integrantes del órgano judicial colegiado, conocerá de la misma el órganojurisdiccional llamado por la Ley. Artículo 58º.- Inhibición y recusación de secre- tarios y auxiliares jurisdiccionales.- Las mismas re- glas regirán respecto a los Secretarios y a quienes cum- plan una función de auxilio judicial en el procedimiento.El órgano judicial ante el cual actúan, decidirá inmedia- tamente reemplazándolo durante ese trámite por el lla- mado por Ley. Artículo 59º.- Actuaciones impostergables.- Mientras esté pendiente de resolver la inhibición o recusación, elJuez podrá realizar todas aquellas diligencias previstas en el artículo 52º. SECCIÓN IV EL MINISTERIO PÚBLICO Y LOS DEMÁS SUJETOS PROCESALES TÍTULO I EL MINISTERIO PÚBLICO Y LA POLICÍA NACIONAL CAPÍTULO I EL MINISTERIO PÚBLICO Artículo 60º Funciones.-1. El Ministerio Público es el titular del ejercicio de la acción penal. Actúa de oficio, a instancia de la víctima, poracción popular o por noticia policial. 2. El Fiscal conduce desde su inicio la investigación del delito. Con tal propósito la Policía Nacional está obligada acumplir los mandatos del Ministerio Público en el ámbito de su función. Artículo 61º Atribuciones y obligaciones.- 1. El Fiscal actúa en el proceso penal con independen- cia de criterio. Adecua sus actos a un criterio objetivo, ri- giéndose únicamente por la Constitución y la Ley, sin per- juicio de las directivas o instrucciones de carácter generalque emita la Fiscalía de la Nación. 2. Conduce la Investigación Preparatoria. Practicará u ordenará practicar los actos de investigación que corres-pondan, indagando no sólo las circunstancias que permi- tan comprobar la imputación, sino también las que sirvan para eximir o atenuar la responsabilidad del imputado. So-licitará al Juez las medidas que considere necesarias, cuan- do corresponda hacerlo. 3. Interviene permanentemente en todo el desarrollo del proceso. Tiene legitimación para interponer los recursos y medios de impugnación que la Ley establece. 4. Está obligado a apartarse del conocimiento de una investigación o proceso cuando esté incurso en las causa- les de inhibición establecidas en el artículo 53º. Artículo 62º. Exclusión del Fiscal . 1. Sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley Orgánica del Ministerio Público, el superior jerárquico de un Fiscal, de oficio o a instancia del afectado, podrá reemplazarlo cuan- do no cumple adecuadamente con sus funciones o incurreen irregularidades. También podrá hacerlo, previa las inda- gaciones que considere convenientes, cuando esté incur-so en las causales de recusación establecidas respecto de los jueces. 2. El Juez está obligado a admitir la intervención del nuevo Fiscal designado por el superior. Artículo 63º Actividad y distribución de funciones.-1. El ámbito de la actividad del Ministerio Público, en lo no previsto por este Código, será el señalado por su LeyOrgánica. 2. Corresponde al Fiscal de la Nación, de conformidad con la Ley, establecer la distribución de funciones de losmiembros del Ministerio Público. Artículo 64º Disposiciones y requerimientos.-1. El Ministerio Público formulará sus Disposiciones, Requerimientos y Conclusiones en forma motivada y es-pecífica, de manera que se basten a sí mismos, sin remitir- se a las decisiones del Juez, ni a Disposiciones o Requeri- mientos anteriores. 2. Procederá oralmente en la audiencia y en los deba- tes, y por escrito en los demás casos. Artículo 65º La investigación del delito.- 1. El Ministerio Público, en la investigación del delito, deberá obtener los elementos de convicción necesarios para la acreditación de los hechos delictivos, así como para identificar a los autores o partícipes en su comisión. 2. El Fiscal, en cuanto tenga noticia del delito, realizará –si correspondiere- las primeras Diligencias Preliminares o dispondrá que las realice la Policía Nacional. 3. Cuando el Fiscal ordene la intervención policial, en- tre otras indicaciones, precisará su objeto y, de ser el caso, las formalidades específicas que deberán reunir los actosde investigación para garantizar su validez. La función de investigación de la Policía Nacional estará sujeta a la con- ducción del Fiscal. 4. Corresponde al Fiscal decidir la estrategia de inves- tigación adecuada al caso. Programará y coordinará con quienes corresponda sobre el empleo de pautas, técnicasy medios indispensables para la eficacia de la misma. Ga- rantizará el derecho de defensa del imputado y sus demás derechos fundamentales, así como la regularidad de lasdiligencias correspondientes. Artículo 66º Poder coercitivo.-1. En caso de inconcurrencia a una citación debida- mente notificada bajo apercibimiento, el Ministerio Públicodispondrá la conducción compulsiva del omiso por la Poli- cía Nacional. 2. Realizada la diligencia cuya frustración motivó la medida, o en todo caso, antes de que transcurran veinti- cuatro horas de ejecutada la orden de fuerza, el Fiscal dis- pondrá su levantamiento, bajo responsabilidad. CAPÍTULO II LA POLICÍA Artículo 67º Función de investigación de la Policía.- 1. La Policía Nacional en su función de investigación debe, inclusive por propia iniciativa, tomar conocimiento de los delitos y dar cuenta inmediata al Fiscal, sin perjuicio derealizar las diligencias de urgencia e imprescindibles para impedir sus consecuencias, individualizar a sus autores y partícipes, reunir y asegurar los elementos de prueba quepuedan servir para la aplicación de la Ley penal. Similar función desarrollará tratándose de delitos dependientes de instancia privada o sujetas a ejercicio privado de la acciónpenal. 2. Los Policías que realicen funciones de investigación están obligados a apoyar al Ministerio Público para llevar acabo la Investigación Preparatoria. Artículo 68º Atribuciones de la Policía.-1. La Policía Nacional en función de investigación, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior y en las