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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G35/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 29 de julio de 2004 cualquier día y a cualquier hora, siempre que resulte abso- lutamente indispensable según la naturaleza de la actua-ción. Se consignarán el lugar y la fecha en que se cum- plan. La omisión de estos datos no tornará ineficaz el acto, salvo que no pueda determinarse, de acuerdo con los da-tos del acta u otros conexos, la fecha en que se realizó . Artículo 118º Juramento.- 1. Cuando se requiera juramento, se recibirá según las creencias de quien lo hace, después de instruirlo sobre lasanción que se haría acreedor por la comisión del delito contra la Administración de Justicia. El declarante prome- terá decir la verdad en todo cuanto sepa y se le pregunte . 2. Si el declarante se niega a prestar juramento en vir- tud de creencias religiosas o ideológicas, se le exigirá pro- mesa de decir la verdad, con las mismas advertencias delpárrafo anterior . Artículo 119º Interrogatorio.- 1. Las personas que sean interrogadas deberán res- ponder de viva voz y sin consultar notas ni documentos,con excepción de los peritos y de quienes sean autoriza- dos para ello, incluso los imputados, en razón de sus con- diciones o de la naturaleza de los hechos o circunstanciasdel proceso . 2. El declarante será invitado a manifestar cuanto co- nozca sobre el asunto de que se trate y después, si esnecesario, se le interrogará . Las preguntas que se le for- mulen no serán impertinentes, capciosas ni sugestivas . CAPÍTULO II LAS ACTAS Artículo 120º Régimen General .- 1. La actuación procesal, fiscal o judicial, se documen- ta por medio de acta, utilizándose de ser posible los me- dios técnicos que correspondan. 2. El acta debe ser fechada con indicación del lugar, año, mes, día y hora en que haya sido redactada, las per- sonas que han intervenido y una relación sucinta o integral –según el caso- de los actos realizados. Se debe hacerconstar en el acta el cumplimiento de las disposiciones es- peciales previstas para las actuaciones que así lo requie- ran. 3. Será posible la reproducción audiovisual de la actua- ción procesal, sin perjuicio de efectuarse la transcripción respectiva en un acta. La Fiscalía de la Nación y el Conse-jo Ejecutivo del Poder Judicial, cada uno en su ámbito, en función a las posibilidades de la Institución, dictarán dispo- siciones que permitan su utilización. 4. El acta será suscrita por el funcionario o autoridad que dirige y por los demás intervinientes, previa lectura. Si alguno no puede o no quiere firmar, se dejará constanciade ese hecho. Si alguien no sabe firmar, podrá hacerlo, en su lugar, otra persona, a su ruego o bien un testigo de ac- tuación, sin perjuicio de que se imprima su huella digital. Artículo 121º Invalidez del acta .- 1. El acta carecerá de eficacia sólo si no existe certeza sobre las personas que han intervenido en la actuación procesal, o si faltare la firma del funcionario que la ha re-dactado. 2. La omisión en el acta de alguna formalidad sólo la privará de sus efectos, o tornará invalorable su contenido,cuando ellas no puedan ser suplidas con certeza sobre la base de otros elementos de la misma actuación o actua- ciones conexas, o no puedan ser reproducidas con poste-rioridad y siempre que provoquen un agravio específico e insubsanable a la defensa del imputado o de los demás sujetos procesales. CAPÍTULO III LAS DISPOSICIONES Y LAS RESOLUCIONES Artículo 122º Actos del Ministerio Público.- 1. El Ministerio Público, en el ámbito de su intervención en el proceso, dicta Disposiciones y Providencias, y for- mula Requerimientos.2. Las Disposiciones se dictan para decidir: a) el inicio, la continuación o el archivo de las actuaciones; b) la con- ducción compulsiva de un imputado, testigo o perito, cuan- do pese a ser emplazado debidamente durante la investi- gación no cumple con asistir a las diligencias de investiga-ción; c) la intervención de la Policía a fin de que realice actos de investigación; d) la aplicación del principio de opor- tunidad; y, e) toda otra actuación que requiera expresa motivación dispuesta por la Ley. 3. Las Providencias se dictan para ordenar material- mente la etapa de investigación. 4. Los Requerimientos se formulan para dirigirse a la autoridad judicial solicitando la realización de un acto pro- cesal. 5. Las Disposiciones y los Requerimientos deben estar motivados. En el caso de los requerimientos, de ser el caso, estarán acompañados de los elementos de convicción quelo justifiquen . 6. Rige, en lo pertinente, el artículo 127º. Artículo 123º Resoluciones judiciales.- 1. Las Resoluciones judiciales, según su objeto son de- cretos, autos y sentencias. Salvo los decretos, deben con- tener la exposición de los hechos debatidos, el análisis de la prueba actuada, la determinación de la Ley aplicable y loque se decide, de modo claro y expreso. 2. Los decretos se dictan sin trámite alguno. Los autos se expiden, siempre que lo disponga este Código, previaaudiencia con intervención de las partes. Las sentencias se emiten según las reglas previstas en este Código. Artículo 124º Error material, aclaración y adición.- 1. El Juez podrá corregir, en cualquier momento, los errores puramente materiales o numéricos contenidos en una resolución . 2. En cualquier momento, el Juez podrá aclarar los tér- minos oscuros, ambiguos o contradictorios en que estén redactadas las resoluciones o podrá adicionar su conteni- do, si hubiera omitido resolver algún punto controvertido,siempre que tales actos no impliquen una modificación de lo resuelto . 3. Dentro de los tres días posteriores a la notificación, las partes podrán solicitar la aclaración o la adición de los pronunciamientos . La solicitud suspenderá el término para interponer los recursos que procedan . Artículo 125º Firma.- 1. Sin perjuicio de disposiciones especiales y de las normas establecidas en la Ley Orgánica del Poder Judi- cial, las resoluciones serán firmadas por los jueces o porlos miembros del Juzgado o de la Sala en que actuaron . 2. La falta de alguna firma, fuera de lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial, provocará la ineficacia delacto, salvo que la resolución no se haya podido firmar por un impedimento invencible surgido después de haber par- ticipado en la deliberación y votación . Artículo 126º Poder coercitivo .- El Fiscal y el Juez podrán requerir la intervención de la fuerza pública y dis-poner las medidas necesarias para el cumplimiento segu- ro y regular de los actos que ordenen en el ejercicio de sus funciones . CAPÍTULO IV LAS NOTIFICACIONES Y CITACIONES Artículo 127º Notificación.- 1. Las Disposiciones y las Resoluciones deben ser no- tificadas a los sujetos procesales, dentro de las veinticua- tro horas después de ser dictadas, salvo que se dispongaun plazo menor. 2. La primera notificación al imputado detenido o preso será efectuada en el primer centro de detención donde fueconducido, mediante la entrega de copia a la persona, o si no es posible el Director del Establecimiento informará in- mediatamente al detenido o preso con el medio más rápi-do. 3. Salvo que el imputado no detenido haya fijado domi- cilio procesal, la primera notificación se hará personalmente,