Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2006 (18/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, lunes 18 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

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hidrobiologicos, siempre que se reduzca el numero de embarcaciones pesqueras que cuenten con acceso a la pesqueria materia de la ampliacion. Esta excepcion no incluye la division de las pesquerias; Que la embarcacion MARFIL de matricula PT6108-PM, se encuentra consignada en los listados de embarcaciones con permiso de pesca vigente y con derecho de sustitucion reconocidos, publicado por Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y Nº 2292002-PRODUCE, con volumenes de bodega de 327.26 m3; Que los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolucion; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 301-2006PRODUCE/DGEPP de fecha 6 de setiembre del 2006, se aprobo a favor de la empresa MORDAZA S.A. autorizacion de incremento de ota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcacion "MARFIL" de matricula PT6108-PM, de 327.26 m3 a 405.26 m3 de capacidad de bodega, via sustitucion y aplicacion parcial de 78 m3 de capacidad de bodega y de los mismos derechos de acceso a las pesquerias de anchoveta y sardina para consumo humano indirecto de la embarcacion pesquera no siniestrada "PACHACUTEC 8" de matricula CE-1258PM; Que a traves de los escritos del visto, la empresa MORDAZA S.A., en virtud a la autorizacion de incremento de ota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcacion "MARFIL" de matricula PT-6108-PM, otorgado por Resolucion Directoral Nº 301-2006-PRODUCE/DGEPP, solicita la modi cacion de la resolucion con la que se otorgo el permiso de pesca de la mencionada embarcacion pesquera, en el extremo referido a la capacidad de bodega de la misma; Que segun lo solicitado por la empresa, por su analogia, se encausa conforme al procedimiento administrativo Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE, publicado por Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE, de cuya evaluacion se ha veri cado el cumplimiento de los requisitos establecidos en dicho procedimiento administrativo; observandose ademas que el dominio de la embarcacion pesquera "MARFIL" de matricula PT-6108-PM, se encuentra a favor de la empresa MORDAZA S.A. y que la misma ha sido objeto de modi cacion estructural y de incremento de capacidad de bodega, via sustitucion y aplicacion parcial de 78 m3 de capacidad de bodega y de los mismos derechos de acceso a las pesquerias de anchoveta y sardina para consumo humano indirecto de la embarcacion "PACHACUTEC 8", a 405.36 m3, segun consta en el Certi cado de Arqueo Nº DI-0276-06-07 expedido por la Autoridad Maritima con fecha 12 de octubre del 2006, y en el respectivo Certi cado de Matricula; volumen concordante con el volumen de bodega al que ha sido autorizado a ampliar la embarcacion; sin embargo para el presente caso, corresponderia reconocer a la embarcacion MARFIL con 405.26 m3 de capacidad de bodega; debiendo senalarse que el diferencial de 0.10 m3 de bodega, se encuentra dentro del rango de tolerancia considerado en las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo N° 0282003-PRODUCE; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe N° 4092006- PRODUCE/DNEPP-Dchi de fecha 24 de octubre del 2006, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, por el

articulo 5º de la Resolucion Ministerial Nº 505-98-PE y la Resolucion Ministerial Nº 071-2001-PE, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modi car el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 417-94-PE de fecha 13 de octubre de 1994, modificada en su titularidad por Resolucion Ministerial Nº 224-98-PE, con el que se otorgo permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "MARFIL" de matricula PT-6108-PM; solo en el extremo referido a la capacidad de bodega; entendiendose que la referida embarcacion pesquera cuenta con 405.26 m3 de volumen de bodega. Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se re MORDAZA la presente Resolucion sera ejercido conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modi quen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el ordenamiento pesquero vigente. En este supuesto la totalidad de bodega de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo RSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 3º.- Incorporar la presente Resolucion al Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE. Articulo 4°.- Cancelar el permiso de pesca de la embarcacion pesquera "PACHACUTEC 8" de matricula CE-1258-PM, procediendose de inmediato con lo dispuesto en el articulo 1° del Decreto Supremo N° 0042002-PRODUCE, modi cado por el articulo 3° del Decreto Supremo N° 017-2003-PRODUCE. Articulo 5°.- Excluir a la embarcacion pesquera "PACHACUTEC 8" de matricula CE-1258-PM, del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y del Anexo III de la Resolucion Ministerial N° 229-2002PRODUCE. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 6908-23

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 887-2006 MTC/02 MORDAZA, 15 de diciembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, publicado el 7 de MORDAZA de 2006, modi ca el MORDAZA parrafo del articulo 1º de la Ley MORDAZA citada, estableciendo que, aquellos

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