Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2006 (18/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 18 de diciembre de 2006

viajes que realiza la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se autorizaran mediante Resolucion Ministerial, la que debera ser publicada en el Diario O cial El Peruano, MORDAZA del inicio de la comision de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronautica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un MORDAZA de MORDAZA competencia y con estricta observancia de las normas tecnicas vigentes; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a n de mantener una estricta observancia sobre las normas tecnicas vigentes y poder mantener la cali cacion otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe efectuar la atencion de las solicitudes de servicios descritas en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en concordancia con sus facultades de supervision e inspeccion de todas las actividades aeronauticas civiles; Que, segun Informe Nº 0788-2006-MTC/12, de fecha 30 de noviembre de 2006, de la Direccion General de Aeronautica Civil, se senala que la empresa Cielos del Peru S.A., con Carta GOP-294-2006-CDP, presentada el 27 de noviembre de 2006, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 5 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Evaluacion de Personal), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar los chequeos tecnicos en simulador de vuelo del equipo DC10, en el Centro de Entrenamiento de Pan Am International Flight Academy de la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, a su personal aeronautico propuesto, durante el dia 21 de diciembre de 2006; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 25031 y 25033, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se re MORDAZA el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 2342-2006-MTC/12.04-SDO designando al inspector MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para realizar los chequeos tecnicos en simulador de vuelo del equipo DC-10, en el Centro de Entrenamiento de Pan Am International Flight Academy, en la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, al personal aeronautico propuesto por la empresa Cielos del Peru S.A., durante los dias 20 al 22 de diciembre de 2006; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos tecnicos a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 2342-2006-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 006-2006; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 20 al 22 de diciembre de 2006, para los nes a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Cielos del Peru S.A. a traves de los Recibos de Acotacion Nºs. 25031 y 25033, abonados a la Direccion de

Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 440.00 US$ 30.25

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la O cina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 6891-1

ORGANISMOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
Otorgan autorizacion definitiva de funcionamiento a la Universidad Privada MORDAZA MORDAZA Urrelo con sede en la MORDAZA de MORDAZA
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 364-2006-CONAFU MORDAZA, 6 de noviembre del 2006 VISTOS; la Resolucion Nº 490-98-CONAFU de fecha 19 de noviembre de 1998, la Resolucion Nº 182-2001CONAFU de fecha 18 de setiembre del 2001, la Resolucion Nº 352-2006-CONAFU de fecha 25 de octubre del 2006, el Informe de la Comision de Veri cacion de Cumplimiento de Metas del 2 de noviembre del 2006, y el Acuerdo Nº 295-2006-CONAFU del Pleno del CONAFU de fecha 4 de noviembre de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como atribucion la de evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento provisional o de nitivo de las nuevas universidades a nivel nacional, previa veri cacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley y los Reglamentos aprobados por el CONAFU; Que, de conformidad con el Articulo 3º, inciso "a" del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, "Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades: a) Evaluar los

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