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PÆg. 309733 NORMAS LEGALES Lima, lunes 9 de enero de 2006 (iv) recogen una serie de inconsistencias en la información producida por el propio regulador y por el Supervisor VAD. Señala asimismo que lo indicado se evidencia en cada uno de los aspectos técnicos queseguidamente detalla. Cabe indicar que dichos aspectos técnicos son analizados en el numeral 2.5 de la presente Resolución. 2.4.1.2 Análisis Que, conforme a los artículos 64º y 65º de la LCE, el VAD, cuya fijación se establece cada 4 años, se basa en una empresa modelo eficiente utilizándose el criterio desistema económicamente adaptado, definido en el numeral 14 del Anexo de la LCE como aquel sistema eléctrico en el que existe una correspondencia deequilibrio entre la oferta y la demanda de energía, procurando el menor costo y manteniendo la calidad del servicio; Que, según lo dispuesto por el artículo 67º de la LCE, los términos de referencia del Consultor VAD son elaborados por el OSINERG. En los referidos términosde referencia el OSINERG determinó los aspectos técnicos y criterios generales, de cómo se deben desarrollar los estudios del Consultor VAD dentro delmarco legal establecido en los criterios generales de empresa modelo y sistema económicamente adaptado previstos en la LCE. Por su propia naturaleza laelaboración del estudio de costos del VAD comprende 4 etapas y es así como consta en los términos de referencia entregado a las empresas y publicado en la web delOSINERG antes del inicio de dicho estudio. La primera etapa es la recopilación de la información comercial, técnica y económica, la segunda etapa es la validación yrevisión de los antecedentes, la tercera etapa es la creación de la empresa modelo y determinación de instalaciones y costos y la cuarta etapa es el cálculo delas tarifas de distribución eléctrica; Que, como puede apreciarse, la creación de la empresa modelo que es la parte sustancial de la fijaciónes la fase semifinal del estudio propiamente dicho ya que su creación depende de aspectos tecnológicos, financieros, etc. que se determinan con el procesamientode la información obtenida en las primeras etapas del estudio, en consecuencia no puede pretenderse conocer antes del inicio de elaboración del estudio los criteriosespecíficos, de carácter tecnológico, financiero, etc., que serán aplicados en la fijación tarifaria; Que, los principios de transparencia y predictibilidad en materia de fijación tarifaria los cumple el OSINERG observando los criterios generales previstos en los artículos 64º y 65º de la LCE y sus normascomplementarias, sustentando el estudio técnico sobre el cual se establece la fijación y exponiendo los criterios, metodología y modelos económicos utilizados en elmismo y que se derivan de su propia estructura, prepublicando el proyecto de resolución que fija la tarifa y la relación de la información que la sustenta, exponiendoen audiencia pública el informe técnico sobre el cual se basa la tarifa, contando los administrados con 40 días hábiles para analizar la prepublicación y su informaciónsustentatoria (en este caso dentro de dicha información se encuentra, entre otros, el informe técnico del Supervisor VAD) y enviar sus opiniones y sugerenciassobre la prepublicación y luego de analizados dichos comentarios y sugerencias en un informe técnico el OSINERG publica la resolución que fija la tarifa (formandoparte de dicha resolución el análisis de los comentarios y sugerencias de la prepublicación), contra la cual los interesados pueden interponer recurso dereconsideración; Que, en consecuencia el OSINERG si ha cumplido con los principios de transparencia y predictibilidadprevistos en la LPAG y el Reglamento General del OSINERG; Que, respecto a la afirmación genérica contenida en la parte final del numeral 4.2. del recurso de reconsideración en el sentido que cambiar de manera inmotivada y unilateral criterios que el propio OSINERGha establecido es una violación de los principios de transparencia y predictibilidad, cabe señalar que el OSINERG no ha actuado de la forma indicada por larecurrente, toda vez que sus decisiones han sido motivadas en los informes técnicos anteriormente citados invocados en las Resoluciones de prepublicacióny aprobación del VAD, así como en las observaciones a informes parciales. En lo referente a supuesto cambio de criterio el impugnante no refiere un aspecto específico; Que, con relación a que el OSINERG no puede sustituir aspectos no observados del estudio del Consultor VAD que no fueran observados oportunamente, el impugnante no señala en su recurso a que aspectosse refiere; Que, por lo expuesto, deben declararse infundados los argumentos del impugnante respecto a que laResolución impugnada no se encuentra suficientemente motivada; 2.5 Numeral 5 de las Consideraciones de Hecho y Fundamentos de Derecho Que, los aspectos técnicos del estudio de costos del VAD de la GART recurridos por EDECAÑETE, se indican en el numeral 2 del “Petitorio” y se amplían en el numeral5 de las “Consideraciones de Hecho y Fundamentos de Derecho” de su recurso de reconsideración. Dichos aspectos están relacionados con los siguientes temas: 2.5.1 Costo del capital de trabajo 2.5.1.1 Sustento del Petitorio Que, EDECAÑETE, indica que el OSINERG debe calcular el costo de capital de trabajo considerando que su uso es constante durante todo el tiempo que dure la empresa modelo, ya que el mismo se refiere a recursosde rápida disponibilidad con los que debe contar toda empresa para llevar a cabo sus operaciones. EDECAÑETE sustenta su petición tomando como baseun estudio preparado por la Universidad del Pacífico; Que, el criterio esgrimido por EDECAÑETE es que debería reconocerse un costo de oportunidad del capitaldel 12% para el período de evaluación de los costos de explotación que es de un año. Indican además que este recurso, al no estar remunerado, implica un subsidio alas tarifas; Que, señalan que, conforme a la definición de costo de capital de trabajo, de acuerdo con los Términos deReferencia (en adelante “TDR”) del estudio del VAD, el mismo es el que debe disponer la empresa para cubrir el desfase entre los pagos por la compra de energía y losgastos operativos, bajo el supuesto que la empresa debe permanecer operando durante todo el período bajo análisis. Opinan además que lo contrarío implicaría unamala asignación de recursos y una transferencia de ingresos a otros agentes económicos; Que, afirma también que en los flujos de caja no está incluida la anualidad mensualizada de la inversión, que se encuentra por separado, y que en su criterio debe formar parte de cálculo; Que, EDECAÑETE señala que el estudio presentado contiene las definiciones básicas de capital de trabajo desde el punto de vista contable, los costos que segeneran por el mantenimiento del capital de trabajo y cuales son los elementos que deben tomarse en cuenta para medir el capital de trabajo. Finalmente, dicho estudioincorpora un capítulo de conclusiones y recomendaciones, opinando que se ha incurrido en un grueso error conceptual, por no tomar en la estimación,los saldos acumulados anteriores y que los intereses están calculados sobre la base del flujo de caja y no sobre el capital de trabajo. Dicen además que no se hatomado en cuenta el costo de oportunidad del capital para recuperar el VNR que es del 12%, ni los pagos por el IGV; Que, como recomendación final, concluye que el modelo presentado por el OSINERG genera una mala asignación de recursos que desalienta la inversión en elsector de distribución; Que, por lo mencionado, EDECAÑETE solicita corregir el costo de capital de trabajo; 2.5.1.2 Análisis Que, EDECAÑETE presenta un estudio que sustenta su posición respecto de la determinación del costo de capital de trabajo; Que, el enfoque que dicho estudio presenta es contable, sobre la base de la definición de capital de trabajo como activos corrientes menos los pasivos