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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 2006 (09/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 58

PÆg. 309724 NORMAS LEGALES Lima, lunes 9 de enero de 2006 tanto, en los “costos operacionales eficientes” se deben incluir todos los rubros (mantenimiento preventivo, sustitución de componentes, etc.) necesarios para asegurar que esos activos mantendrán inalterada sucapacidad para cumplir el servicio que se requiere de ellos durante toda esa vida útil; Que, de esa forma, en el diseño de la empresa modelo previsto en la regulación, se deben determinar los costos asociados a la ejecución de los procesos y actividades de operación y mantenimiento de las instalacioneseléctricas, gestión comercial de clientes, dirección y administración, en condiciones que aseguren que la empresa distribuidora podrá obtener los niveles de calidadde servicio exigidos y que los activos necesarios mantendrán su capacidad de servicio inalterada durante toda su vida útil. En ese sentido, las tasas de fallas a serconsideradas serán las típicas de instalaciones y equipos operados en esas condiciones, y no dependen de la condición de los activos reales gestionados por laempresa de distribución eléctrica; Que, por lo mencionado, el volumen de tareas de mantenimiento correctivo de las redes subterráneas debaja tensión se considera bajo la condición de que las instalaciones se encuentran en buen estado y conservan su capacidad de servicio a lo largo de su vida útil, nodebiendo incorporarse, en consecuencia, eventos de las instalaciones reales de la empresa; Que, con relación al factor 0.55, señalamos que para efectos de determinar el VNR, la cantidad de alimentadores (salidas) resulta de multiplicar por 4 la cantidad de transformadores subterráneos. En el archivo“OM-_LdS3_FINAL1(9 10 2005).xls” lo que se consigna en la hoja “Datos” y “Datos 1” son las bases para el cálculo de los recursos de operación y mantenimiento.Estas bases multiplicadas por las frecuencias dan por resultado el volumen de tareas necesarias para operar y mantener las instalaciones reconocidas en el VNR. Elvolumen de tareas es lo que se valoriza a precios de mercado para determinar el costo anual en operación y mantenimiento, por lo cual el resultado del cálculo de loscostos de operación y mantenimiento para las redes de baja tensión subterráneas respecto al costo del VNR de baja tensión subterráneo es adecuado; Que, en consecuencia, este extremo del recurso debe declarase infundado. 2.5.19Precio de luminarias 2.5.19.1 Sustento del PetitorioQue, LUZ DEL SUR señala que se debe considerar el precio de luminarias tomando en cuenta el alza de losprecios de materiales al 31/12/2004, consistente con lo señalado en el numeral 4.2.12.1; Que, por lo mencionado, LUZ DEL SUR señala que se debe considerar el precio de luminarias conforme a lo expuesto en el numeral 4.12.1. 2.5.19.2 Análisis Que, los precios de materiales adoptados por el OSINERG se determinan a partir de precios de materiales transados en el mercado, los mismos que han sido reportados por las empresas de distribución eléctricasegún la lista de materiales establecida por el OSINERG. A partir de dichos precios el OSINERG ha determinado los costos de materiales óptimos, que pueden seralcanzados por las empresas; Que, en el caso específico de los costos de las luminarias con lámparas de vapor de sodio, dichoscostos corresponde a los declarados por Electronoroeste, mediante el oficio R-310-2005/ENOSA; Que, en consecuencia, este extremo del recurso debe declarase infundado. 2.5.20Costos de la actividad de transmisión secundaria 2.5.20.1 Sustento del PetitorioQue, LUZ DEL SUR señala que no es correcto que el OSINERG indique que por estar el estudio de la GARTcentrado en la actividad de distribución, no pueda ser materia de observación la inconsistencia de los costos estimados para la actividad de transmisión secundaria.Agrega que el OSINERG debe tomar su propuesta de la fijación del año 2003, ya que no es aceptable que los costos del estudio de la GART tengan una diferencia de 43% con respecto a los de la fijación; Que, LUZ DEL SUR indica que en la fijación del año 2003, el OSINERG aprobó como costos eficientes de la transmisión secundaria para el año 2004 un monto de3806 miles de US$, por lo cual no resulta consistente que en el estudio del VAD se asigne 5437 miles de US$. Agrega que lo mencionado tiene una repercusión en laasignación de los costos indirectos, ya que se retira una mayor proporción de los mismos en las actividades VAD; Que, por lo mencionado, LUZ DEL SUR solicita considerar como costos asociados a la actividad de transmisión secundaria los vigentes para el año 2004, calculados en la fijación del año 2003, es decir, 3806miles de US$, redistribuyéndose la diferencia entre las otras actividades. 2.5.20.2 Análisis Que, no resultaría pertinente usar los resultados de otros procesos regulatorios debido a que los estudios de costos del VAD se elaboran utilizando los criterios previamente establecidos en los Términos VAD, los cualesa su vez responden al mandato de las leyes vigentes. Cabe señalar en este sentido que los estudios tarifarios relacionados con la determinación de precios de otrasactividades reguladas se realizan para períodos diferentes y, además, la metodología empleada en cada uno de ellos obedece a criterios distintos establecidosen forma explicita en la LCE y su Reglamento. Por ejemplo, la regulación de peajes del sistema de transmisión y el reconocimiento de sus costos se realizan empleando unmétodo prospectivo, mediante el cual la configuración de las líneas del sistema secundario de transmisión se determina para un período de 15 años en el futuro,mientras que la tarifa de distribución se diseña tomando como base de cálculo el año anterior a la regulación. Por tanto, no sería apropiado incorporar los costos que laempresa distribuidora tiene reconocidos para otros fines dado que no existe una coincidencia ni de método, ni de período, ni de propósito. Que, los Términos VAD especifican que se debe realizar la recopilación de los costos reales incurridos por la empresa para el total de la misma y el sistemaeléctrico modelo, comprendiendo todas las actividades incluidas en los Términos VAD. Luego, se realiza la optimización de los costos de las actividades VAD parael sistema eléctrico modelo, razón por la cual los costos de las actividades no VAD verificados quedan sólo como parte de los impulsores de asignación de costos (drivers)para la asignación de los costos indirectos; Que, en consecuencia, este extremo del recurso debe declararse infundado. 2.5.21Distribución de costos de supervisión directa y costos indirectos 2.5.21.1 Sustento del Petitorio Que, LUZ DEL SUR señala que no es posible que los costos indirectos asignados a las actividades de conexiones y, cortes y reconexiones sean 138%mayores que los costos indirectos de las actividades de gestión y operación comercial, que utilizan mayor infraestructura y personal propio; Que, LUZ DEL SUR indica que el OSINERG manifiesta que la encuesta aplicada por el Consultor VAD no es un método robusto para la distribución de los costosde supervisión directa y costos indirectos, procediendo a reclasificar los costos según criterios contrarios a lo señalado en el numeral 5.1 de los Términos de Referenciadel VAD; Que, finalmente, LUZ DEL SUR señala que la encuesta tomada por el Consultor VAD es consistentecon los Términos de Referencia del VAD y que más bien el método utilizado por el OSINERG no es robusto, llevando a resultados inconsistentes de las actividadesVAD y no VAD del estudio de la GART; Que, por lo mencionado, LUZ DEL SUR solicita considerar los costos indirectos de la tabla de asignaciónde costos del estudio del Consultor VAD, observando lo establecido por la Resolución Ministerial Nº 197-94-EM/ VME.