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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de noviembre de 2008 384275 Que, con fecha 23 de octubre de 2008 se suscribió el Convenio Específi co entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Municipalidad Provincial de Jauja del Departamento de Junín, y la Empresa Prestadora de Servicios Municipal Mantaro S.A. – EPSM MANTARO S.A., con el objeto de fi nanciar la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA CIUDAD DE JAUJA”, con Código SNIP No. 16404; Que, con el Informe Técnico No. 740-2008/VIVIENDA/ VMCS/PAPT-DE, de fecha 23 de octubre de 2008, la Dirección Ejecutiva del Programa Agua Para Todos, emite opinión técnica favorable para aprobar una transferencia de recursos a favor de la Municipalidad Provincial de Jauja, Departamento de Junín, para fi nanciar la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto con Código SNIP No. 16404, hasta por la suma de Quinientos Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 500 000,00); Con la visación de las Directoras Generales de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley No. 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley No. 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, a favor de la Municipalidad Provincial de Jauja, Departamento de Junín, hasta por la suma de Quinientos Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 500 000,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA CIUDAD DE JAUJA”, con Código SNIP No. 16404, detallado en el Anexo A, cuyo desembolso se efectuará conforme al cronograma establecido en el Anexo B, los que forman parte de la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para fi nanciar la elaboración del Expediente Técnico del citado Proyecto, quedando la Municipalidad Provincial de Jauja, prohibida de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Artículo 2.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto del ejercicio fi scal 2008 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3.- De conformidad con el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley No. 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, los desembolsos de la transferencia aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, sólo se efectivizarán luego que la Municipalidad Provincial de Jauja presente al Programa Agua Para Todos el Contrato de Ejecución de Estudios, Obra o Supervisión del Proyecto, así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otros documentos relacionados a los componentes aprobados sobre la viabilidad del Proyecto. El cronograma de desembolsos establecido en el Anexo B de la presente Resolución podrá ser modifi cado en función a los resultados de la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto, así como por factores externos no previsibles. La modifi cación del cronograma de desembolsos deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Programa Agua Para Todos. Artículo 4.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Específi co de fecha 23 de octubre de 2008, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Municipalidad Provincial de Jauja, y la Empresa Prestadora de Servicios Municipal Mantaro S.A. – EPSM MANTARO S.A., para el fi nanciamiento del Proyecto. Artículo 5.- El Programa Agua Para Todos es responsable del cumplimiento de la presente Resolución, de la ejecución del Convenio Específi co, así como del seguimiento y monitoreo del Proyecto. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE CORNEJO RAMIREZ Ministro de Vivienda, Construcción y SaneamientoANEXO A PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE JAUJA COD SNIP PROYECTOTIPO DE EJECUCION PRESUPUESTARIAPPTO. PIM 2008 S/.TRANSF. FINANCIERA HASTA POR S/. 16404MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA CIUDAD DE JAUJAINDIRECTA 500 000,00 500 000,00 TOTAL 500 000,00 500 000,00 ANEXO B PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE JAUJA COD SNIP PROYECTOTIPO DE EJECUCION PRESUPUESTARIACRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADO S/.TRANSF. FINANCIERA HASTA POR S/. 01 MES 02 MES 16404MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA CIUDAD DE JAUJAINDIRECTA 250 000,00 250 000,00 500 000,00 TOTAL 250 000,00 250 000,00 500 000,00 284593-1 ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Modifican las Circulares Nºs. 029-98- EF/90, 014-2006-BCRP , 021-2006- BCRP y 013-2007-EF/90 CIRCULAR Nº 052-2008-BCRP Lima, 28 de noviembre de 2008 Ref.: Disposiciones para efectuar subastas de fondos con recursos que el Banco de la Nación mantenga en el BCRP, con fi nes de regulación monetaria. Disposiciones para otorgar créditos en moneda nacional y moneda extranjera que con fi nes de regulación monetaria concede el BCRP a las empresas del sistema fi nanciero. Reglamento General de los Servicios de Canje y Compensación. Reglamento Operativo del Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real. El Directorio del Banco Central de Reserva del Perú, conforme al artículo 4 de su Ley Orgánica, ha resuelto modifi car las Circulares Nºs. 029-98-EF/90, 014-2006-BCRP, 021-2006-BCRP y 013-2007-EF/90, con el propósito de adecuarlas a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1028, que deroga, a partir del 1 de diciembre de 2008, el esquema modular de operaciones previsto en la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. En tal sentido, los numerales y artículos de las circulares que se indica quedarán redactados de la siguiente manera: Numeral 2 de la Circular Nº 029-98-EF/90: “2. PARTICIPANTES EN LAS SUBASTAS Podrán participar en las subastas las ESF susceptibles de ser sometidas al Régimen de Vigilancia a que hace Descargado desde www.elperuano.com.pe