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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2009 (25/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de enero de 2009 389275 Aprueban ejecución del proyecto “Reconstrucción de registros destruidos y regularización de Personas Afectadas por el Conflicto Armado en Huancavelica” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 047-2009/JNAC/RENIEC Lima, 23 de enero de 2009 VISTO: El Ofi cio Nº 000641-2008/SJNAC/RENIEC, emitido por la Sub Jefatura Nacional, el Ofi cio N° 000041-2009/GPP/ RENIEC, de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, el Informe N° 000479-2008/SGPR/GPP/RENIEC, de la Sub Gerencia de Planifi cación y Racionalización y el Informe N° 000074-2009/GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente, de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, así como, entre otros, de emitir los documentos que acreditan la identidad de las personas; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 772-2005- JEF/RENIEC, del 11 de julio de 2005, se aprobó el “Plan Nacional de Restitución de la Identidad: Documentando a las Personas Indocumentadas” a ejecutarse dentro del período 2005 - 2009; Que, dicho Plan Nacional analiza la problemática de indocumentación que afrontan los diversos grupos vulnerables, entre los que destacan las niñas, niños, adolescentes y las personas en situación de pobreza, estableciendo tácticas que faciliten su documentación; Que, la falta de un documento de identidad constituye una de las variantes que acrecienta la situación de vulnerabilidad de determinados grupos humanos, como los niños, niñas y adolescentes, entre otros, al limitar su desarrollo integral y participación equitativa en la sociedad; Que, el departamento de Huancavelica, es la región con mayores índices de pobreza a nivel nacional, fue uno de los departamentos más afectados por la violencia política, durante ese período se destruyeron libros enteros de registros de nacimientos, matrimonios y defunciones, afectando así la posibilidad y la capacidad de las personas de ejercer plenamente sus derechos ciudadanos debido a su condición de indocumentados. Siendo la gran mayoría de víctimas, los naturales de las zonas rurales, los quechua-hablantes y los dedicados a la agricultura; Que, en el marco del Programa de Universalización de la Identidad Civil de las Américas, de la Secretaría Ejecutiva para el desarrollo integral de la Organización de Estados Americanos – OEA, se ha elaborado de manera coordinada con el RENIEC, el proyecto “Reconstrucción de registros destruidos y regularización de Personas Afectadas por el Conflicto Armado en Huancavelica”; Que, de acuerdo a lo señalado en el Oficio Nº 000041- 2009/GPP/RENIEC, a través del referido Proyecto se considera la realización de acciones con el objetivo de fortalecer los mecanismos de Registros Civiles, en 38 distritos del departamento de Huancavelica (a priorizar por la GRIAS y por la GOR), afectados por el conflicto armado, estimando documentar en forma gratuita con el Documento Nacional de Identidad (DNI) a 8,000 niñas, niños y adolescentes y 500 personas adultas; Que, conforme a lo establecido en el Oficio del Visto de la Sub Jefatura Nacional, el financiamiento del proyecto “Reconstrucción de registros destruidos y regularización de Personas Afectadas por el Conflicto Armado en Huancavelica” se ejecutará con recursos de la Organización de Estados Americanos - OEA; Que, siendo el RENIEC la Entidad encargada de planear, dirigir y controlar las actividades de identifi cación de las personas; en cuya virtud, a fi n de salvaguardar el derecho constitucional a la identidad de las personas, resulta viable atender lo propuesto por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98- PCM, y el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 894- 2008-JNAC/RENIEC; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la ejecución del proyecto “Reconstrucción de registros destruidos y regularización de Personas Afectadas por el Confl icto Armado en Huancavelica”, con la participación de la Organización de Estados Americanos - OEA, a realizarse en 38 distritos del departamento de Huancavelica (a priorizar por la GRIAS y la GOR), durante el Año 2009. Artículo Segundo.- Aprobar la tramitación y expedición gratuita del DNI en la modalidad de inscripción por primera vez para 8,000 niñas, niños y adolescentes y 500 personas adultas residentes en las zonas de intervención del Proyecto, la misma que será cubierta con recursos asignados y administrados por la Organización de Estados Americanos - OEA. Artículo Tercero.- Disponer de manera excepcional, para la atención de menores a 17 años la admisión de copia autenticada por el Registrador del RENIEC del Acta de Nacimiento del respectivo titular, así como del DNI del declarante que se encuentre caduco o que no cuente con el holograma de sufragio o la dispensa correspondiente. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, y a la Gerencia de Operaciones Registrales, con el apoyo de la Gerencia de Informática, la ejecución del Proyecto “Reconstrucción de registros destruidos y regularización de Personas Afectadas por el Confl icto Armado en Huancavelica” y la implementación de la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 305075-5 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco Azteca del Perú S.A. el traslado de agencia ubicada en el distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad RESOLUCIÓN SBS N° 14165-2008 Lima, 31 de diciembre de 2008 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Azteca del Perú para que esta Superintendencia autorice el traslado de la agencia ubicada en Calle Pizarro N° 945 - 949, distrito de Trujillo, provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 146-2008 del 24 de enero de 2008 se autorizó la apertura de la Ofi cina Principal