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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de enero de 2009 389274 ORGANOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Maravillas RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 026-2009-JNAC/RENIEC Lima, 13 de enero de 2009 VISTOS: el Informe N° 001330-2008/SGGTRC/GRC/ RENIEC emitido por la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles y el Informe N° 00002-2009-GRC/ RENIEC emitido por la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobó el Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, norma que precisa que el Sistema Registral lo conforma el conjunto de órganos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecución de los procedimientos administrativos de inscripción, y que las Ofi cinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, encargándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, la Ofi cina Registral que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado a que se refi ere el informe del visto, ha formalizado expediente de regularización de Ofi cina Registral en su respectiva localidad, el mismo que se encuentra debidamente visado por la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, por lo que corresponde la aprobación de la delegación de funciones, que establezca la vinculación funcional respectiva; Estando a lo opinado por la Gerencia de Registros Civiles y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26497 y el Reglamento de Organización y Funciones de la institución; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, en vía de regularización, la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del artículo 44° de la Ley Nº 26497; así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución, a la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Maravillas, distrito de Monzón, provincia de Huamalíes, departamento de Huánuco. Artículo 2°.- El Jefe de la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Maravillas, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC. Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, proporcionará los libros de nacimiento, matrimonio y defunción, a la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Maravillas cuya delegación de facultades registrales se aprueba con la presente Resolución; así como también corresponderá a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fi n que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 304094-3 Prorrogan plazo de beneficio dispuesto mediante R.J. Nº 022-2008-JNAC/ RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 046-2009/JNAC/RENIEC Lima, 23 de enero de 2009 VISTOS: La Resolución Jefatural N° 022-2008/JNAC/RENIEC, los Ofi cios N°s. 2212-2008 y 032-2009/GRIAS/RENIEC, el Informe N° 049-2008-GRIAS/RENIEC, el Ofi cio N° 03- 2009/GOR/RENIEC, el Ofi cio N° 018-2009/GPP/RENIEC, el Informe N° 05-2009/SGP/GPP/RENIEC y el Informe N° 066-2009-GAJ/RENIEC; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente, de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, así como registrar los nacimientos, matrimonios, defunciones y los actos referidos a la capacidad y al estado civil; Que, mediante Resolución Jefatural N° 022-2008-JNAC/ RENIEC, de fecha 22 de enero de 2008, se prorrogó el plazo del benefi cio del canje gratuito de la Libreta Electoral por el DNI, hasta el 31 de diciembre de 2008, para personas en situación de pobreza y pobreza extrema, y se comprendió en los alcances de dicho benefi cio a los ciudadanos internos en los establecimientos penitenciarios del país; Que, a través de los documentos del visto, las Gerencias de Restitución de la Identidad y Apoyo Social y Operaciones Registrales solicitan se amplíe el plazo de canje gratuito de Librera Electoral por el DNI, debido a que hay personas en situación de vulnerabilidad y exclusión e internos en los establecimientos penitenciarios del país que no han podido efectuar el canje de la Libreta Electoral por el DNI; Que, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, con el Informe N° 05-2009-SGP/GPP/RENIEC considera factible la prórroga del plazo del benefi cio del canje de Libreta Electoral por el DNI hasta el 31 de diciembre del 2009, con cargo a los Recursos Directamente Recaudados; Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Orgánica del RENIEC, y el Reglamento de Organización y Funciones vigente del RENIEC; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar el plazo del benefi cio dispuesto por la Resolución Jefatural N° 022-2008-JNAC/ RENIEC, para el canje gratuito de la Libreta Electoral por el DNI, hasta el 31 de diciembre de 2009, con cargo a la Fuente de Recursos Directamente Recaudados. Artículo Segundo.- Comprender en los alcances del benefi cio a que se refi ere el artículo precedente, a los ciudadanos internos en los establecimientos penitenciarios del país. Artículo Tercero.- Encargar a las Gerencias de Operaciones Registrales, Registros de Identifi cación, Restitución de la Identidad y Apoyo Social e Informática la implementación de lo dispuesto por la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 305075-4