Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2014 (29/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano Jueves 29 de MORDAZA de 2014

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del ordenamiento juridico la frase: "multa del cincuenta por ciento (50%) de la Unidad Impositiva Tributaria, vigente a la fecha en que se hace efectivo el pago. Asimismo, y en tanto no se cancele la multa correspondiente, se aplicara". Asimismo, con los votos de los magistrados Urviola Hani, MORDAZA Gotelli, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Hayen y Eto MORDAZA, se EXHORTA "al legislador para que en el plazo mas breve regule un mecanismo alternativo dirigido a evitar que la sancion de suspension de los efectos del documento nacional de identidad derive en una condena de muerte civil". En los demas extremos de la demanda, no se han alcanzado los cinco votos en favor de la inconstitucionalidad de la MORDAZA impugnada, por lo que la demanda es INFUNDADA en dichos extremos, como preve el MORDAZA parrafo del articulo 5º de la Ley Organica del Tribunal Constitucional. MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2014 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario Relator Caso: Servicio Militar Obligatorio

Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-97-EF, en adelante TUO de la Ley, y la Tercera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento del TUO de la Ley, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-98-EF y sus modificatorias, la Superintendencia dispone lo siguiente, a cuyo efecto su publicacion se sujeta a lo dispuesto en el numeral 3.2 del articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS: 1. Alcance La presente circular aplica a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en adelante AFP. 2. Informacion sobre la composicion de la cartera administrada En el MORDAZA de lo dispuesto por el literal r) del articulo 57° del TUO de la Ley, la Superintendencia publica en su pagina web la composicion especifica de la cartera administrada, segun MORDAZA de fondo administrado y su rendimiento con una antiguedad de cuatro (4) meses, de acuerdo a guias y formatos remitidos a la AFP mediante oficio multiple. 3. Obligacion de difusion por parte de la AFP Una vez que la Superintendencia MORDAZA dispuesto la publicacion de la informacion contenida en el numeral 2, la AFP debe publicar, con la periodicidad y en el dia que se le indique en el citado oficio multiple, la informacion que corresponde a su cartera administrada en su MORDAZA web. La primera informacion a publicar sera al 31 de marzo del 2014. 4. Procesos operativos La Superintendencia determinara en el mencionado oficio multiple, los detalles operativos para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente circular. 5. Vigencia La presente circular entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Atentamente, MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

MORDAZA DE LOS MAGISTRADOS URVIOLA HANI, MORDAZA MORDAZA Y ETO MORDAZA
La decision que nos encontramos emitiendo los magistrados Urviola Hani, MORDAZA MORDAZA y Eto MORDAZA, para declarar la inconstitucionalidad de parte del Decreto Legislativo 1146, se justifica en el hecho de que consideramos que el servicio militar obligatorio esta sustentado en un deber constitucional, como es el de colaborar con la defensa nacional, segun pasamos a explicar. §. CONFIGURACION OBLIGATORIO DEL SERVICIO MILITAR

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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Declaran fundada en parte demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra el articulo 1 del Decreto Legislativo Nº 1146, que modifica la Ley Nº 29248, Ley del Servicio Militar
EXP. Nº 15-2013-PI/TC MORDAZA CONGRESISTAS DE LA REPUBLICA RAZON DE RELATORIA
La causa correspondiente al Expediente Nº 0000152013-PI/TC ha sido votada por los magistrados Urviola Hani, MORDAZA Gotelli, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Hayen, Eto MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, cuyos votos se acompanan. Debe senalarse que el magistrado MORDAZA MORDAZA ha votado por declarar fundada la demanda en su totalidad, por lo que su posicion suma a la de los magistrados que se detalla a continuacion. Asi, con los votos de los magistrados Urviola Hani, MORDAZA Gotelli, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Hayen, Eto MORDAZA y MORDAZA MORDAZA y de conformidad con el primer parrafo del articulo 5º de la Ley Organica del Tribunal Constitucional, se han alcanzado los votos necesarios para declarar FUNDADA EN PARTE la demanda y, en consecuencia, INCONSTITUCIONAL el articulo 78.9 de la Ley 29248, modificado por el Decreto Legislativo 1146, expulsando

1. MORDAZA de entrar al analisis del tema del servicio militar, es preciso mencionar que coherente con la profesionalizacion del servicio civil en las distintas areas de la administracion publica, que actualmente se esta llevando a cabo en el MORDAZA, deberia buscarse la profesionalizacion de las Fuerzas Armadas. Tal profesionalizacion debe alcanzar su techo institucional, tomando en cuenta que la capacitacion ha cobrado importancia para el exito de las organizaciones modernas y para los propios miembros de la institucion. El sintagma `capacitacion y desarrollo' servira para reconocer la combinacion de actividades que utiliza la organizacion a fin de elevar la base de habilidades de sus profesionales, siempre con el objetivo de "(...) garantizar la independencia, la soberania y la integridad territorial de la Republica (...)" (articulo 165 de la Constitucion y articulo 8.2 del Decreto Legislativo 1134, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa). 2. En vista que la capacitacion desempena una funcion central en el crecimiento y refuerzo de estas capacidades, por lo que se han convertido en la columna vertebral de la instrumentacion de estrategias, hoy en dia los puestos de los militares de tropa profesional deberian contar con un importante bagaje de lo que es la MORDAZA MORDAZA y con un extenso conocimiento para poder contribuir con la institucion. Bajo tales consideraciones, es preciso recordar que el articulo 10.3 del aludido Decreto Legislativo 1134 establece que al Ministro de Defensa le corresponde "Fortalecer y asegurar el nivel de eficiencia y operatividad de las Fuerzas Armadas, asi como su preparacion, formacion, capacitacion, especializacion, perfeccionamiento, entrenamiento, organizacion, mantenimiento y equipamiento permanente, a traves de las Comandancias Generales de las Instituciones Armadas de acuerdo a la normatividad vigente". Sin embargo, a juicio de un general en retiro, las Fuerzas Armadas en forma general no captan el personal de tropa que requieren sus unidades de combate y tan solo llegan a 33,5% de su efectivo total (declaracion en noticia `Deficit de voluntarios para Servicio Militar es por ausencia de beneficios', aparecida en La Republica, del 29 de marzo de 2012. http://www.larepublica.pe/29-03-2012/deficitde-voluntarios-para-servicio-militar-es-por-ausencia-debeneficios). 3. Dentro de unas Fuerzas Armadas que deben tender a profesionalizarse, se ha considerado necesario admitir

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