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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2016 (28/07/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 272

TEXTO PAGINA: 164

595506 NORMAS LEGALES Jueves 28 de julio de 2016 / El Peruano Encargan funciones de Presidenta del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2016-MIMP Lima, 27 de julio de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema № 007-2014- MIMP del 3 de setiembre de 2014, entre otras acciones, se encargó al señor FERNANDO BOLAÑOS GALDOS, Viceministro de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el cargo de Presidente del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, en tanto se designe a su titular; Que, por convenir al servicio, resulta necesario dar por concluida la citada encargatura y efectuar una nueva encargatura del mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley № 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley № 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley № 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo № 002-2014-MIMP; el Decreto Legislativo № 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo № 003-2012-MIMP y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la encargatura del señor FERNANDO BOLAÑOS GALDOS, Viceministro de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en el cargo de Presidente del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar a la señora CECILIA GUADALUPE BARBIERI QUINO, Secretaria General del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, en el cargo de Presidenta del referido Consejo Nacional, en tanto se designe a su titular. Artículo 3.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros MARCELA HUAITA ALEGRE Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1410175-9 Aceptan renuncia de Asesora II de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 172-2016-MIMP Lima, 27 de julio de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial № 028-2016- MIMP se designó a la señora Liliana Isabel Carrasco Pérriggo en el cargo de confi anza de Asesora II de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; Que, la referida persona ha formulado renuncia al citado cargo, la que resulta pertinente aceptar; Con las visaciones de la Secretaría General y de las Ofi cinas Generales de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley № 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley № 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo № 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo № 003-2012-MIMP y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, con efectividad al 1 de agosto de 2016, la renuncia formulada por la señora LILIANA ISABEL CARRASCO PÉRRIGGO al cargo de confi anza de Asesora II de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCELA HUAITA ALEGRE Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1410171-1 Aprueban Directiva “Lineamientos Técnicos para la Transversalización del Enfoque de Género en las políticas y gestión del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 173 -2016-MIMP Lima, 27 de julio de 2016 Vistos, el Informe Técnico N° 23-2016-MIMP/DGTEG- DASI-FAB, de la Dirección de Articulación Sectorial e Interinstitucional y la Nota N° 0124-2016-MIMP.DGTEG de la Dirección General de Transversalización del Enfoque de Género; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, establece el marco normativo, institucional y de políticas públicas en los ámbitos nacional, regional y local, para garantizar a mujeres y hombres el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desarrollo, bienestar y autonomía, impidiendo la discriminación en todas las esferas de su vida, pública y privada, propendiendo a la plena igualdad; Que, el numeral 47.4 del artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, dispone que en la evaluación presupuestal de ejecución del Presupuesto del Sector Público, las entidades públicas incorporarán, en el análisis, la incidencia en políticas de equidad de género; Que, el literal a) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables establece como parte de la competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), la promoción y fortalecimiento de la transversalización del enfoque de género en las instituciones, públicas y privadas, políticas, planes, programas y proyectos del Estado; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, que defi ne y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, señala como Política Nacional en