Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2016 (28/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 149

El Peruano / Jueves 28 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN A PERSONAS Y FAMILIAS RESCATADAS DE GRUPOS TERRORISTAS "La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado" (Artículo 1º de la Constitución Política del Perú). INTRODUCCIÓN: El secuestro para el trabajo forzado, la explotación sexual y reproductiva de la población rescatada, y la privación de la libertad de niñas, niños y adolescentes nacidos en cautiverio, son nefastas prácticas de los grupos remanentes del terrorismo. Entre las víctimas adultas, las mujeres, quienes en sus diferentes ciclos de vida han permanecido secuestradas, se encuentran en condiciones de especial vulnerabilidad cuando son liberadas a consecuencia de las múltiples violencias que sufrieron durante su cautiverio. El Estado tiene tanto la obligación de reprimir y perseguir los delitos cometidos en agravio de estas personas, como de realizar acciones para la restitución plena de la libertad y los derechos de las víctimas, cuya situación de vulnerabilidad se requiere revertir en el más breve plazo y promover su reintegración social efectiva y sostenible. Para ello es necesario establecer estrategias y mecanismos de intervención coordinados y articulados entre los tres niveles del Estado, a fin de prestar una adecuada atención a las niñas, niños, adolescentes y personas adultas mayores, pertenecientes en su mayoría a pueblos indígenas, que son rescatados de los grupos terroristas. En ese sentido, el presente Protocolo busca ser un instrumento articulador de la protección y atención por parte del Estado a la población rescatada para superar, en la medida de lo posible, el daño producido por el secuestro y cautiverio en el desarrollo físico, sicológico y social de las personas, y apoyar su reintegración familiar, social y comunitaria a fin que puedan lograr, en libertad, los proyectos de vida que se planteen de manera voluntaria, autónoma y con pleno respeto a su identidad cultural. ANTECEDENTES: De acuerdo al "Informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR)", en la Selva Central del Perú, los pueblos Ashaninkas, Yánesha y Nomatsiguenga, pero principalmente los ashaninkas, fueron severamente afectados por la violencia terrorista, calculándose que de 55 mil ashaninkas, cerca de 10 mil personas fueron desplazadas forzosamente hacia los valles del Ene, Tambo y Perené, 6 mil fallecieron y cerca de 5 mil fueron secuestradas y sometidas a cautiverio por los grupos terroristas. El reclutamiento forzado y el secuestro por parte de Sendero Luminoso, se produjo con mayor intensidad en los departamentos de Ayacucho (provincias de La Mar y Cangallo), Huancavelica (provincia de Huancavelica), Huánuco (provincias de Leoncio Prado y Ambo) y Junín (provincias de Satipo, Chanchamayo y La Merced). Y aunque no se tiene cifras exactas del número de personas en cautiverio, según fuentes policiales, sólo en la provincia de Satipo, departamento de Junín, serían aproximadamente entre 200 y 500 personas. Sobre la situación de las niñas, niños y adolescentes del Valle del Río Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM), diversos informes revelan que actualmente los remanentes de grupos terroristas siguen utilizando a niñas, niños y adolescentes en sus filas, tanto con un propósito ideológico o político, como también como fuerza laboral para preparar y realizar incursiones y convertirse en el futuro en terroristas (Novak, et al, 2011). Entre las personas secuestradas por el terrorismo, podemos identificar los siguientes grupos: a) Personas secuestradas, sometidas a trabajo forzoso, entre otras vulneraciones a sus derechos. b) Mujeres, niñas y adolescentes secuestradas, sometidas a explotación sexual y reproductiva, entre otras

graves afectaciones. c) Niñas, niños y adolescentes secuestrados o nacidos en cautiverio, criados por sus padres y madres biológicas, o por otras personas también en cautiverio. d) Niñas, niños y adolescentes secuestrados o nacidos en cautiverio, que no tienen referentes familiares. En los últimos años se han producido en el VRAEM diversos casos de rescate de personas y familias por la Policía Nacional y el Ejército del Perú, casi en su totalidad pertenecientes al pueblo indígena Ashaninka. En el año 2012, en el marco de la Operación "Albergue", se produjo el rescate de 11 personas adultas y 11 menores de edad; en el 2014, la Operación "Esperanza" rescató a 8 personas adultas y 6 menores de edad. En julio de 2015, se ejecutó la operación "Reencuentro 2015" en el Distrito del Río Tambo, provincia de Satipo, departamento de Junín, rescatando a 54 personas, 34 de las cuales son niñas, niños y adolescentes, 15 mujeres adultas y 5 varones. (1) La atención de todas estas víctimas ha planteado un reto para la acción del Estado en su función de proteger y atender a una población en situación de extrema vulnerabilidad, que en su mayoría ha permanecido en cautiverio por más de 30 años en el caso de las personas adultas, o que incluso, en el caso de los niñas, niños y adolescentes, han nacido en esa condición. Las niñas, niños y adolescentes, fueron trasladados arbitrariamente de un campamento a otro, siendo asignados/as al cuidado de personas adultas, en un principio desconocidas, para estos menores de edad y convirtiendo a muchas de las persona adultas en "madres o padres sustitutos" de otros hijas/os, generándose así relaciones familiares no biológicas, factor importante a considerar y respetar. El prolongado cautiverio, el trabajo forzado y la violencia sexual, en el caso de las mujeres y las y los menores de edad, han afectado crónicamente su salud física y sicológica e impedido su pleno desarrollo, habiendo perdido sus vínculos y redes familiares y comunales. En el caso de las niñas, niños y adolescentes en presunto abandono, se debe preservar los vínculos familiares, teniendo una concepción amplia de la unidad familiar y evitando separarlos en la medida de lo posible, de las personas adultas que han sido responsables de su cuidado durante años. El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) ha tenido a su cargo, la atención de 11 niñas, niños y adolescentes rescatados el 2012 y 6 niñas, niños y adolescentes y 8 personas adultas rescatadas el 2014, albergándolos en locales del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (INABIF) y de instituciones colaboradoras, brindándoles atención integral. En el caso de las 54 personas rescatadas en el Operativo "Reencuentro 2015", el MIMP proporcionó atención sicológica de contención a las niñas, niños y adolescentes en los primeros momentos del rescate y, desde agosto del 2015 viene proporcionando alimentos secos y frescos para su alimentación, ropa y otros. En este último caso, el MIMP conjuntamente con el Ministerio de Cultura (MINCU) han apoyado la reubicación voluntaria de las personas rescatadas, que se encontraban albergadas en la base de la PNP, proceso en el cual intervinieron la Central Ashaninka del Río Ene (CARE) y la Central Ashaninka del Río Tambo (CART), trasladándose 26 personas a la cuenca del Río Tambo, y 31 personas a la cuenca del rio Ene. Cabe indicar que estos grupos incluyeron a tres mujeres rescatadas en el Operativo del 2014, quienes son madres de niñas, niños y adolescentes recuperados en el último Operativo del 2015. Las personas rescatadas en los tres operativos mencionados presentan las siguientes características:

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Un aspecto a destacar es que en algunos casos se logró identificar a familias con integrantes que fueron recuperadas/os en diferentes operativos militares/policiales.

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