Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2016 (10/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano / Jueves 10 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

580363

N° 000112-2016-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (e): VISTA:

Que, la Directiva N° 001-82-INAP/DNP denominada "Directiva para la formulación del Presupuesto Analítico de Personal en la Entidades del Sector Público", aprobada por Resolución Jefatural N° 019-82-INAP/DIGESNAP, establece las normas para su elaboración; señalando en el literal b) de su numeral 7.3.1, que los Presupuestos Analíticos de Personal ­ PAP, podrán modificarse por creación de plazas, supresión, fusión o modificación de vacantes; Que, a través del Informe de vistos, la Gerencia Corporativa de Potencial Humano, referenciando el Informe N° 000420-2016-SGRH-GCPH/ONPE de la Sub Gerencia de Recursos Humanos, precisa la necesidad de modificar el PAP de la ONPE, para registrar la Plaza N° 080 como Presupuestada; en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Jefatural N° 000055-2016J/ONPE, mediante el cual se actualizó el Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP de la Entidad; Que, en tal contexto, resulta necesario emitir la Resolución Jefatural respectiva que modifique el PAP, a efectos de reflejar la actualización del CAP recientemente aprobada; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13° de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; así como, los literales a) y t) del artículo 11° de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución Jefatural N° 0632014-J/ONPE y sus modificatorias; Con el visado de la Secretaría General, de las Gerencias de Asesoría Jurídica, Planeamiento y Presupuesto y Corporativa de Potencial Humano; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la modificación del Presupuesto Analítico de Personal de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado por la Resolución Jefatural N° 0050-2014-J/ONPE, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la presente resolución, a efectos de variar la condición de Sin Financiamiento de la Plaza N° 080 a la de Presupuestada; conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional www.onpe.gob.pe dentro de los tres (03) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANO AUGUSTO CUCHO ESPINOZA Jefe Oficina Nacional de Procesos Electorales 1353531-1

La solicitud presentada por la empresa G4S Perú S.A.C. y por María del Carmen Fedalto Bernal, para que se le autorice la organización de "G4S Logística y Tecnología Perú S.A., Empresa de Transporte, Custodia y Administración de Numerario", como Empresa de Transporte, Custodia y Administración de Numerario (en adelante, ETCAN), y; CONSIDERANDO: Que, al amparo de lo establecido en los numerales 1 y 9 de artículo 349º y la Décima Disposición Transitoria de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, y sus modificatorias (en adelante, la Ley General), se establecieron las normas y procedimientos de carácter formal, aplicables a los procesos de organización y funcionamiento de las ETCAN, así como las normas de adecuación para aquellas empresas que existían al momento de la entrada en vigencia de la Ley General; Que, el numeral 2 de las "Normas para los trámites de Organización, Funcionamiento y Adecuación a la Ley Nº 26702", aprobado por la Circular Nº ETCAN-002-97, indica que la solicitud de organización debe presentarse en una sola oportunidad, adjuntando el proyecto de minuta de constitución social, la relación de organizadores, organizadores responsables y accionistas, dos ejemplares del estudio de factibilidad de mercado, financiero y de gestión y el certificado de depósito de garantía, constituido en una empresa del sistema financiero del país y vigente al momento de presentarse la solicitud, a la orden de esta Superintendencia o endosado a su favor, por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del capital mínimo vigente a la fecha de la solicitud; Que, en Junta General de Accionistas celebrada el 12 de marzo de 2015, G4S Logística y Tecnología Perú S.A., acordó por unanimidad la organización de G4S Logística y Tecnología Perú S.A., Empresa de Transporte, Custodia y Administración de Numerario, como una ETCAN; Que, la empresa G4S Perú S.A.C. y la señora María del Carmen Fedalto Bernal son accionistas de la empresa G4S Logística y Tecnología Perú S.A., sociedad que se encuentra constituida en la República del Perú, autorizada por la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada mediante Resolución de Gerencia 1076-2014-SUCAMEC-GSSP de fecha 10 de abril de 2014, para desarrollarse como una empresa de vigilancia privada en la modalidad de transporte de dinero y valores en el ámbito de Lima y la Provincia Constitucional del Callao; y viene operando desde la fecha de su autorización como una empresa de vigilancia privada, es por ello que solicitan su modificación a ETCAN; Que, G4S Perú S.A.C., organizador responsable, ha cumplido con presentar el proyecto de modificación del Estatuto Social de la empresa para constituirse como ETCAN, el cual ha sido redactado de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia, así como la documentación requerida en el Procedimiento Nº 09 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS Nº 3082-2011; y, modificatorias (en adelante, TUPA); Contando con las opiniones de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Asesoría Jurídica, de Riesgos, y de Estudios Económicos; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 21º de la Ley General, la Circular Nº ETCAN 002-97, la Circular Nº ETCAN-3-2009; y el Procedimiento Nº 09 del TUPA; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349º de la referida Ley General; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la organización de una empresa de Transporte, Custodia y Administración de

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan organización de Empresa de Transporte, Custodia y Administración de Numerario bajo la denominación de "G4S Logística y Tecnología Perú S.A., Empresa de Transporte, Custodia y Administración de Numerario"
RESOLUCIÓN SBS Nº 951-2016 Lima, 23 de febrero de 2016

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