Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2016 (06/09/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

598430

NORMAS LEGALES

Martes 6 de setiembre de 2016 /

El Peruano

día, la publicación se efectuará el día laborable anterior. La relación de causas que serán publicadas deberá especificar si cuentan o no con informe oral. Artículo Segundo.- Las Salas Penales y Mixtas, permanentes y transitorias, que a exclusividad o en adición de funciones tramiten procesos de Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción, exceptuarán esta clase de procesos penales de lo dispuesto en el artículo primero de la presente resolución, cuando corresponda señalar en forma inmediata fecha de programación de audiencia. Artículo Tercero.- La publicación de la información señalada en el artículo primero de la presente resolución, deberá iniciarse el viernes 9 de setiembre de 2016; y estará a cargo del responsable del portal web de cada Corte Superior de Justicia, para lo cual, deberá indicarse en dicho portal web el nombre del responsable de la publicación; así como el teléfono y/o anexo de su oficina. Artículo Cuarto.- El responsable del portal web institucional de cada Corte Superior de Justicia del país, deberá informar a la Oficina de Productividad Judicial, al siguiente día laborable de la publicación y vía correo institucional, sobre el debido cumplimiento del mismo; y de ser el caso indicar aquellas Salas Superiores que no han remitido la programación de sus vistas de causa. Artículo Quinto.- Las Cortes Superiores de Justicia de país, en coordinación con la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, deberán tomar las acciones pertinentes a fin de garantizar el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Sexto.- Establecer que cada Corte Superior de Justicia, a través de sus respectivas Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura y Oficinas de Estadística, o la que haga sus veces, deberá supervisar y evaluar, en lo que le corresponda, el cumplimiento de lo establecido en los artículos primero, tercero y cuarto de la presente resolución; y en especial sobre lo indicado en el segundo párrafo del cuarto considerando. Artículo Sétimo.- Encargar a la Oficina de Productividad Judicial el monitoreo del cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución administrativa, debiendo de informar periódicamente al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, las incidencias que se presenten; asimismo, deberá informar sobre las diferencias que puedan observarse al evaluar la estadística de la cantidad de causas señaladas diariamente por cada Sala Superior según su especialidad, en comparación con todas las Salas Superiores de la misma especialidad existentes en las Cortes Superiores de Justicia del país. Artículo Octavo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Oficina de Productividad Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1424600-3

VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante la razón que antecede, se pone a conocimiento de la Presidencia el descanso médico expedido a favor del doctor Ricardo Antonio Montes Montoya, Juez Titular del 1° Juzgado de Paz Letrado del Rímac por el periodo del 04 de setiembre al 03 de octubre del presente año, motivo por el cual solicita licencia por motivos de por salud. Que, estando a lo expuesto, resulta necesario a fin de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del Primer Juzgado de Paz Letrado del Rímac, adoptar las medidas administrativas pertinentes, procediéndose a la designación del Juez conforme corresponda. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora SILVIA VIOLETA LEVANO CONTRERAS, como Juez Supernumeraria del 1° Juzgado de Paz Letrado del Rímac, a partir del día 06 de setiembre del presente año y mientras dure la licencia del doctor Montes Montoya. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura, Coordinación de Personal de esta Corte Superior, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima, Gerencia de Administración Distrital de esta Corte Superior y de los Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1424688-1

ORGANOS AUTONOMOS

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran fundada apelación interpuesta contra la Res. Nº 002-2016-JEE LIMA OESTE 1/JNE y autorizan difusión de publicidad estatal presentada por la SBS
RESOLUCIÓN Nº 1059-2016-JNE Expediente Nº J-2016-00397 LIMA JEE LIMA OESTE 1 (EXPEDIENTE Nº 000237-2016-037) ELECCIONES GENERALES 2016 RECURSO DE APELACIÓN Lima, tres de agosto de dos mil dieciséis. VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación que interpuso Javier Poggi Campodónico, superintendente (e) de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en contra de la Resolución Nº 002-2016-JEE LIMA OESTE 1/JNE, del

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan juez supernumeraria del 1° Juzgado de Paz Letrado del Rímac, Corte Superior de Justicia de Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 514-2016-P-CSJLI/PJ Lima, 5 de setiembre de 2016

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.