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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2017 (25/08/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 100

100 NORMAS LEGALES Viernes 25 de agosto de 2017 / El Peruano calendario, realice la actualización de la regulación en materia de publicidad exterior y anuncios en general en el distrito de Comas. Artículo Cuarto.- DEJAR sin efecto cualquier disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Quinto.- ENCARGUESE a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Gerencia de Informática, Estadística y Gobierno Electrónico, en la página web de la Municipalidad: www.municomas.gob.pe. Artículo Sexto.- DISPONGASE que la presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI Alcalde 1558308-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Aprueban Régimen de Aplicación de Sanciones, en el transporte y comercial local de alimentos agropecuarios primarios y piensos, y modifican el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CISA) del Reglamento de Fiscalización y Control Administrativo ORDENANZA Nº 343 La Molina, 18 de agosto de 2017EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto N° 07-2017, de la Comisión de Desarrollo Urbano y Económico y la Comisión de Asuntos Jurídicos, referido al proyecto de Ordenanza que modi fi ca el Reglamento de Fiscalización y Control Administrativo (RFCA) y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CISA) aprobado por Ordenanza N° 305, respecto al Transporte y Comercio de Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos en el Distrito de La Molina; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del Artículo 9° y Artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por unanimidad y con dispensa del trámite de su lectura y aprobación del acta, emitió la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL ADMINISTRATIVO (RFCA) Y EL CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS (CISA), APROBADO POR ORDENANZA N° 305, RESPECTO AL TRANSPORTE Y COMERCIO DE ALIMENTOS AGROPECUARIOS PRIMARIOS Y PIENSOS EN EL DISTRITO DE LA MOLINA Artículo Primero.- APROBAR el Régimen de Aplicación de Sanciones, en el transporte y comercio local de alimentos agropecuarios primarios y piensos, de la Municipalidad de La Molina. Artículo Segundo.- MODIFICAR el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CISA) del Reglamento de Fiscalización y Control Administrativo, aprobado con Ordenanza N° 305-MDLM, Incorporando los Códigos de Infracción del M-016 al M-108, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ADMINISTRAR el registro de infractores a la vigilancia sanitaria de vehículos de transporte y comerciantes de alimentos agropecuarios primarios y piensos según lo establecido en las Normas de Inocuidad Agroalimentaria, la cual estará a cargo de la Subgerencia de Fiscalización Administrativa de la Municipalidad de La Molina. Artículo Cuarto.- DEROGAR toda disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano; y a la Gerencia de Tecnologías de Información su publicación en la Página Web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob.pe. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Séptimo.- DISPONER que la presente Ordenanza, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JUAN CARLOS ZUREK P.F Alcalde ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL ADMINISTRATIVO (RFCA) Y EL CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS (CISA), APROBADO POR ORDENANZA N° 305, RESPECTO AL TRANSPORTE Y COMERCIO DE ALIMENTOS AGROPECUARIOS PRIMARIOS Y PIENSOS EN EL DISTRITO DE LA MOLINA CÓDIGO INFRACCIÓN SANCIÓN MULTA MEDIDA COMPLEMENTARIA MERCADOS Y GALERÍAS COMERCIALES COMERCIANTES DE ALIMENTOS AGROPECUARIOS PRIMARIOS Y PIENSOS INFRAESTRUCTURA M-016El puesto de venta no cuenta con pisolimpio, impermeable y sin grietas.10% UITCLAUSURA TEMPORAL HASTA QUE SUBSANE M-017No mantiene las paredes limpias, impermeables y sin grietas.10% UITCLAUSURA TEMPORAL HASTA QUE SUBSANE M-018Permite el ingreso de plagas y animalesdomésticos y silvestres.20% UITCLAUSURA TEMPORAL HASTA QUE SUBSANE M-019No cuenta con servicios de agua potable,desagüe y electricidad.20% UITCLAUSURA TEMPORAL HASTA QUE SUBSANE ILUMINACIÓN M-020No contar con alumbrado natural oartifi cial, permite el exceso de brillo osombras.10% UITCLAUSURA TEMPORAL HASTA QUE SUBSANE M-021Por permitir el uso de focos o fl uorescentes sin protección.20% UITCLAUSURA TEMPORAL HASTA QUE SUBSANE VENTILACIÓN M-022Por permitir la concentración de oloresindeseables, humedad o incremento dela temperatura.20% UITCLAUSURA TEMPORAL HASTA QUE SUBSANE BUENAS PRÁCTICAS DE HIGIENE M-023Por reposar los alimentos en envasesinadecuados.10% UITCLAUSURA TEMPORAL HASTA QUE SUBSANE M-024Por no desinfectar el puesto de venta.20% UITCLAUSURA TEMPORAL HASTA QUE SUBSANE M-025Por permitir la contaminación de losalimentos con las labores de limpiezay desinfección.20% UITCLAUSURA TEMPORAL HASTA QUE SUBSANE