Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2017 (25/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano / Viernes 25 de agosto de 2017
CÓDIGO INFRACCIÓN Por transportar al personal en el contenedor de los alimentos agropecuarios primarios y piensos.

NORMAS LEGALES
SANCIÓN

103

MULTA MEDIDA COMPLEMENTARIA 20% UIT

MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
Modifican Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) y aprueban Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS), y medidas complementarias de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 439-MDSMP San Martín de Porres, 22 de agosto de 2017

M-093

ALIMENTOS DE ORIGEN ANIMAL Por transportar productos y subproductos cárnicos en vehículos NO autorizados Por transportar huevos en vehículos NO autorizados Por permitir el transporte de subproductos de origen animal en envases inadecuados, poniendo en riesgo las condiciones físicas y organolépticas de los subproductos cárnicos Por transportar productos cárnicos en contacto con el piso Por transportar carne de aves en envases inadecuados que aseguran la inocuidad del alimento. Por transportar productos cárnicos sin mantener la cadena de frio correspondiente.

M-094

20% UIT

M-095

20% UIT

M-096

DECOMISO DE PRODUCTOS 20% UIT Y DISPOSICIÓN FINAL A CUENTA DEL INFRACTOR.

EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES VISTO:

M-097

20% UIT

M-098

DECOMISO DE PRODUCTOS 20% UIT Y DISPOSICIÓN FINAL A CUENTA DEL INFRACTOR.

M-099

DECOMISO DE PRODUCTOS 20% UIT Y DISPOSICIÓN FINAL A CUENTA DEL INFRACTOR.

ALIMENTOS DE ORIGEN VEGETAL Por transportar alimentos de origen vegetal en vehículos NO autorizados. Por transportar alimentos de origen vegetal en contacto con el piso. Por transportar Frutas y hortalizas frescas en envases de difícil higienización, evitando su deterioro y contaminación. Por transportar tubérculos y granos en contacto con el piso y las paredes del contenedor. Por transportar en vehículos sin condiciones que minimicen los efectos ocasionados por la exposición al ambiente (calor, humedad, deshidratación u otro).

M-100

20% UIT

M-101

20% UIT

M-102

20% UIT

En Sesión Ordinaria de fecha 22 de agosto de 2017,bajo la Presidencia del Señor Alcalde Ing. Adolfo Israel Mattos Piaggio, se trató el Dictamen Nº 007--2017/ CAJDEyF/MDSMP de la Comisión de Asuntos Jurídicos Desarrollo Económico y Fiscalización, sobre el Proyecto ordenanza que modifica el artículo 6º de la Ordenanza Nº 403-MDSMP, que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS), y Medidas Complementarias de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres; así como el Memorándum Nº 948-2017-GM/MDSMP, de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 882-2017- GAJ/ MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, los Memorándums Nº 210-2017-GDH/MDSMP, 296-2017GDH/MDSMP, de la Gerencia de Desarrollo Humano, los Informes Nº 259-2017-SGSyS-GDH/MDSMP, Nº2782017-SGSyS-GDH/MDSMP, Nº 414-2017-SGSyS/GDH/ MDSMP, de la Subgerencia de Salud y Sanidad, el Informe Nº 174-2017-UKBC-SGSySS-GDH/MDSMP,Nº 0276-2017-UKBC-SGSySS-GDH/MDSMP,del Inspector Sanitario de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, el Memorándum Nº 387-2017-GPP/MDSMP, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada por las Leyes de Reforma Constitucional, Leyes Nº 27680, Nº 28607, y Nº 30305, señala que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos propios de su competencia, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que el Artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los concejos municipales ejercen sus funciones de Gobierno, mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; concordante con el artículo 40º del mismo cuerpo de leyes que señala que las ordenanzas "son los normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el Artículo 46º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, regula la capacidad sancionadora de los gobiernos locales, señalando que "Las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar"; añadiendo la acotada norma que "Las ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias Que, el Artículo 83º , numeral 3.1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala como función

M-103

20% UIT

M-104

20% UIT

PIENSOS M-105 Por transportar piensos en vehículos NO autorizados. Por transportar piensos en contacto con el piso del contenedor. Por transportar en envases que NO protegen a los piensos de contaminación, NO son de fácil higienización. 20% UIT

M-106

20% UIT

M-107

10% UIT

CAPACITACIÓN PARA MANIPULADORES DE ALIMENTOS Por no contar con capacitación los manipuladores de alimentos como mínimo, cada seis (6) meses y con duración no menor a 10 horas.

M-108

20% UIT

1557886-1

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