Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2019 (06/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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Análisis del caso concreto

NORMAS LEGALES

Viernes 6 de diciembre de 2019 /

El Peruano

3. En el presente caso, el personero legal de la organización política Santiago Donayre Guerrero, presentó ante el JEE, al momento de solicitar su inscripción de lista de candidatos para el distrito electoral de Ucayali, la Resolución N° 019-2019-CEDU/AP de fecha 5 de noviembre de 2019, emitida por el Cómite Electoral Departamental de Ucayali, documento que no es un Acta de Elecciones Internas, pero mediante el cual se proclamaron a los candidatos ganadores para la Región Ucayali, es decir, a los señores José Alfredo Cárdenas Núñez, Jorge Lenin Escudero Viera y Melita Ruiz López. 4. Asimismo, de la revisión del acta de democracia interna de fecha 3 de noviembre de 2019, presentada por la organización política recurrente en su escrito de subsanación, se advierte que en las elecciones internas realizadas por el Comité Electoral, se eligieron como precandidatos por el distrito electoral de Ucayali a las personas de José Alfredo Cárdenas Nuñez, Jorge Lenin Escudero Viera, Melita Ruiz López y Jack Francheli Flores Benancio, con 105, 93, 46 y 38 votos, respectivamente; determinándose como candidatos oficiales a José Alfredo Cárdenas Nuñez, Jorge Lenin Escudero Viera y Melita Ruiz López, conforme se advierte de la imagen siguiente:

5. Así también, la organización política recurrente adjunta la Resolución N°009-2019/CNE-AP, de fecha 8 de mayo de 2019, mediante la cual el Comité Nacional Electoral nombra a los miembros del Comité Electoral Departamental de Ucayali, por lo que dicha observación se tiene por subsanada, conforme se advierte en la siguiente imagen adjunta:

6. Ahora bien, respecto a la persona de Marianela Elisa Rodríguez López, consignada como candidata en el orden 3 en la solicitud de inscripción de candidatos presentada por la organización política, el personero legal ha señalado que fue un error pues su candidata elegida en elecciones internas es Melita Ruiz López, por lo que solicita autorizar la subsanación de dicha candidata en el sistema. 7. En ese sentido, si bien la candidata que figura en la solicitud de inscripción de candidatos es Marianela Elisa Rodríguez López, sin embargo en el acta de democracia interna de fecha 3 de noviembre presentada por la organización política recurrente al momento de subsanar las observaciones, figura como candidata elegida para la región Ucayali Melita Ruiz López, quien si bien fue excluida inicialmente por el Comité Electoral Departamental de Ucayali, mediante Resolución N° 0010-2019-CEDU-AP, de fecha 24 de octubre de 2019, dicha resolución fue apelada ante el Cómite Nacional Electoral el cual declaró fundado el recurso ordenando la inscripción de postulación de la referida candidata

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