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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (19/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Domingo 19 de diciembre de 2021 El Peruano / 5.6. Copia certi fi cada de la cedula de noti fi cación dirigida a Antonio Chávez Rivera, de fojas treinta, prueba que: - Se noti fi có la resolución número dos en el domicilio real Calle San Martin número doscientos treinta y siete-Patyvilca. - En la parte fi nal de esta cedula de noti fi cación, aparece la fi rma del Técnico Judicial Sergio Asencios Rivera. - La noti fi cación consigna erróneamente el domicilio del demandado. 5.7. Copia certi fi cada de la resolución número tres del cuatro de junio de dos mil catorce, de fojas doscientos tres y treinta y tres, prueba que: - Se declaró rebelde a los demandados Jesenia Tamayo Chávez y Antonio Chávez Rivera. - En la parte fi nal de dicha resolución aparecen la fi rma del Juez Titular del Juzgado de Familia de Barranca Cruz Edwin Manrique Ramírez y la fi rma del Secretario Judicial del Juzgado Especializado de Familia de Barranca Dick Arturo Ramos Gómez. 5.8. Copia certi fi cada de la cedula de noti fi cación dirigida a Antonio Chávez Rivera, de fojas cuarenta y uno, prueba que: - Se le noti fi có la resolución número tres en el domicilio real Calle San Martin número doscientos treinta y siete-Patyvilca. - En la parte fi nal de esta cedula de noti fi cación aparece la fi rma del Técnico Judicial Sergio Asencios Rivera y acredita que la noti fi cación consigna erróneamente el domicilio del demandado. 5.9. Copia certi fi cada de Audiencia Única del veinte de junio de dos mil catorce, de fojas doscientos cinco a doscientos siete y cuarenta y tres a cuarenta y cinco, que acredita que: - Se deja constancia de la inconcurrencia de los demandados Yesenia Tamayo Gómez y Antonio Chávez Rivera. - En la parte fi nal de dicha resolución aparecen las fi rmas del Técnico Judicial Sergio Asencio Rivera, del Secretario Judicial del Juzgado Especializado de Familia de Barranca Dick Arturo Ramos Gómez, de la Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Civil y Familia de Barranca, María Angélica Fernández Bravo; y del abogado Juan Alberto Espinoza Ramos. - Se colocó en la fi rma del Juez, un sello que no le corresponde y le pertenece al Técnico Judicial Sergio Asencio Rivera. 5.10. Copia certi fi cada de la resolución número ocho del treinta de julio de dos mil catorce de fojas doscientos nueve, acredita que: - Se reprogramó la audiencia señalada mediante resolución número siete del dieciséis de julio de dos mil catorce, para el quince de agosto del mismo año. - En la parte fi nal de dicha resolución aparecen la rúbrica del Juez Titular del Juzgado de Familia de Barranca Cruz Edwin Manrique Ramírez, y la fi rma del Secretario Judicial del Juzgado Especializado de Familia de Barranca Dick Arturo Ramos Gómez. 5.11. Copia certi fi cada de la sentencia emitida por resolución número once del cinco de agosto de dos mil catorce, de fojas ochenta y tres a noventa, con la cual se acredita que: - Se anexo al expediente principal la sentencia que se considera espuria. - Contiene la decisión jurisdiccional de declarar fundada la demanda interpuesta por Samuel Franco Palacios Fernández sobre adopción de menor de edad, contra Yesenia Tamayo Gómez y Antonio Chávez Rivera, declarando al demandante Samuel Franco Palacios Fernández y Yesenia Tamayo Gómez, como padres adoptivos de la menor de trece años. - En la parte fi nal de esta resolución aparecen una fi rma y post fi rma del Juez Titular del Juzgado de Familia de Barranca Edwin Manrique Ramírez. - La fi rma consignada encima del sello que identi fi ca al Juez tiene ostensibles divergencias con las características gráfi cas de las fi rmas que aparecen a folios veintiuno, veintisiete, treinta y tres, ciento uno, ciento treinta y nueve (acta de juramentación), ciento cuarenta y tres, ciento sesenta y tres y ciento setenta y dos. - Aparece la fi rma del Secretario Judicial del Juzgado Especializado de Familia de Barranca Dick Arturo Ramos Gómez. 5.12. Copia certi fi cada de la resolución número doce del veinticinco de agosto de dos mil catorce, de fojas noventa y uno, prueba que: - Se declara consentida la sentencia al no haber sido materia de impugnación. - En la parte fi nal de esta resolución aparecen la rúbrica del Juez Titular del Juzgado de Familia de Barranca Cruz Edwin Manrique Ramírez y la fi rma del Secretario Judicial del Juzgado Especializado de Familia de Barranca Dick Arturo Ramos Gómez. 5.13. Copia certi fi cada de escrito solicitando certi fi cación de fi rma, de fojas noventa y nueve, efectuada por Raúl Benito Tamayo Álvarez en calidad de apoderado de Samuel Franco Palacios Fernández en el proceso de adopción, el treinta de marzo de dos mil quince. 5.14. Copia certi fi cada de resolución número once, de fojas cien prueba que: - El veinte de abril de dos mil quince, se provee el escrito presentado el treinta de marzo del indicado año. - En la parte fi nal de esta resolución aparecen la rúbrica del Juez Titular del Juzgado de Familia de Barranca Cruz Edwin Manrique Ramírez, y la fi rma del Secretario Judicial del Juzgado Especializado de Familia de Barranca Dick Arturo Ramos Gómez. 5.15. Ofi cio número cero dieciséis guión dos mil catorce guión CEMR guión JEFB guión DARG, de fojas ciento uno, prueba que: - El o fi cio fue dirigido al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura, a efectos de certi fi car la fi rma del señor Juez Cruz Edwin Manrique Ramírez, que aparece consignada en la sentencia recaída en el Expediente número cero cero dieciséis guión dos mil catorce. - En la parte lateral izquierda de este o fi cio aparece la fi rma del Secretario Judicial del Juzgado Especializado de Familia de Barranca Dick Arturo Ramos Gómez; y en la parte fi nal central del o fi cio, la fi rma del Juez Titular del Juzgado de Familia de Barranca Cruz Edwin Manrique Ramírez. 5.16. Razón y proveído de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huaura, del cinco de octubre de dos mil quince, de fojas ciento cinco, prueba que: - La Secretaria General de Presidencia, Hellen Enrique Mejía, comunica al Presidente de la Corte Superior que el cinco de octubre de dos mil quince que recepcionó la solicitud de certi fi cación de fi rma del magistrado Cruz Edwin Manrique Ramírez que aparece en la sentencia recaída en el Expediente número cero cero dieciséis guión dos mil catorce, re fi riendo que: “… la fi rma estampada en la Resolución N° ONCE del 05/08/2014 -Sentencia corresponde al magistrado Cruz Edwin Manrique Ramírez, en su actuación como Juez del Juzgado de Familia de Barranca, cuya fi rma se encuentra registrada en folios N° 21 del Libro N° L-3 del Registro de Firmas de Magistrados de la Corte”. - El Presidente encargado, doctor Jaime Llerena Velásquez, por resolución del cinco de octubre de dos mil quince, resuelve: “Estando a la razón que antecede y en virtud a la disposición expresa en la Resolución Administrativa N° 435-2015-P-CSJHA-PJ de fecha