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44 NORMAS LEGALES Domingo 19 de diciembre de 2021 El Peruano / 28.09.2015 que encarga el despacho de la Presidencia al suscrito, se procede a certi fi car la fi rma del magistrado Cruz Edwin Manrique Ramírez”. 5.17. Copia simple de certi fi cación de fi rma de Magistrado, de fojas cinto cuatro demuestra que: - El Presidente encargado de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huaura, certi fi ca el cinco de octubre de dos mil quince la fi rma que aparece en la resolución número once de fecha cinco de agosto de dos mil catorce -sentencia recaída en el Expediente número cero cero dieciséis guión dos mil catorce, en el proceso seguido por Samuel Franco Palacios Fernández sobre adopción, corresponde al magistrado Cruz Edwin Manrique Ramírez, en su actuación como Juez del Juzgado de Familia de Barranca, cuya fi rma se encuentra registrada en el Registro de Firmas de Magistrados de la Corte Superior. 5.18. Copia simple del O fi cio número mil setecientos treinta y seis guión dos mil quince guión SG guión P guión CSJHA diagonal PJ, de fojas ciento tres que acredita que: - El cinco de octubre de dos mil quince, la Secretaria General de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huaura devuelve el Expediente número cero dieciséis guión dos mil catorce al Juez del Juzgado de Familia de Barranca. - El expediente fue recepcionado por el Centro de Distribución General de la sede judicial de Barranca, el nueve de octubre de dos mil quince. 5.19. Copia certi fi cada de resolución número doce, de fojas ciento siete, prueba que: - Se dio cuenta de la recepción del expediente remitido por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huaura. - En la parte fi nal de dicha resolución aparecen la rúbrica del Juez Titular del Juzgado de Familia de Barranca Cruz Edwin Manrique Ramírez, y la fi rma del Secretario Judicial del Juzgado Especializado de Familia de Barranca Dick Arturo Ramos Gómez. 5.20. Copia certi fi cada de la resolución número trece del diecinueve de octubre de dos mil quince, de fojas ciento dieciséis, acredita que: - De o fi cio se da cuenta y se decide: “no existiendo actos procesales pendientes de actuación en el presente proceso, ARCHÍVESE EN FORMA DEFINITIVA, los de la materia, remitiéndose al archivo de esta sede judicial. Notifi cándose”. - En la parte fi nal de la citada resolución aparecen la rúbrica del Juez Titular del Juzgado de Familia de Barranca Cruz Edwin Manrique Ramírez, y la fi rma del Secretario Judicial del Juzgado Especializado de Familia de Barranca Dick Arturo Ramos Gómez. 5.21. Copia certi fi cada del escrito del siete de julio de dos mil diecisiete de desarchivamiento y solicitud de certi fi cación de fi rma de sentencia por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura, de fojas ciento veintiséis, realizado por Samuel Franco Palacios Fernández, representado por su apoderado Raúl Benito Tamayo Álvarez, ingresado el siete de julio de dos mil diecisiete ante el Juzgado de Familia de Barranca. 5.22. Copia certi fi cada de la resolución número quince del quince de agosto de dos mil diecisiete, de fojas ciento treinta y cuatro, que proveyó el escrito que antecede, acredita que: - Se ordenó o fi ciar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huaura a fi n de que se proceda a la certi fi cación de la fi rma señalada. - En la parte fi nal de esta resolución aparecen la rúbrica del Juez Titular del Juzgado de Familia de Barranca Cruz Edwin Manrique Ramírez, y la fi rma de la Secretaria Judicial del Juzgado Especializado de Familia de Barranca Jennifer Milagros Dolores Huamanchumo.5.23. Copia simple de la razón emitida por la Secretaria Jennifer Milagros Dolores Huamanchumo, de fojas ciento cuarenta y uno a ciento cuarenta y dos, acredita que: - Se provee el escrito del demandante por resolución número quince mencionada, sin advertir que no había sentencia registrada en el Sistema Integrado Judicial. - La secretaria sólo veri fi có que hubiera sentencia (en el expediente principal) vio el sello del juez de la causa, no se percató que no era su fi rma. 5.24. Copia simple del contenido del correo electrónico remitido por la Secretaria General de la Presidencia, Yesenia López Ramírez, al Magistrado Cruz Manrique Ramírez, sobre certi fi cación de fi rma, en fecha veinticinco de agosto de dos mil diecisiete, de fojas ciento cuarenta, prueba que: - La secretaria por encargo del Presidente de Corte encargado, doctor Jaime Llerena Velásquez, solicitó al Juez Cruz Manrique Ramírez: “reconozca el contenido y la fi rma de la sentencia (Resolución N° 11 del 05 de agosto del 2014) emitida en el Expediente 16-2014-0-1301-JR-FC-01, o en defecto indique lo contrario”. - Tal pedido se hizo en atención a las diferencias advertidas de la fi rma del magistrado que aparecía en la sentencia con las otras fi rmas que estaban en el expediente; así como la fi rma del Libro de Actas de Juramentos de Magistrados de la Presidencia. 5.25. Copia certi fi cada del Acta de Juramentación del Doctor Cruz Edwin Manrique Ramírez como Juez Titular del Juzgado de Familia de Barranca, de fojas ciento treinta y nueve, que demuestra que dicho documento fue suscrito el 13 de julio de 2012, obrando la fi rma del magistrado Cruz Edwin Manrique Ramírez. 5.26. Copia simple del O fi cio número cero cero dieciséis guión dos mil diecisiete guión JFB guión CSJHA guión PJ dirigido por el Juez Cruz Edwin Manrique Ramírez al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura, de fojas ciento cuarenta y tres, acredita que: - El juez de la causa comunicó que de la veri fi cación del SIJ de la Corte Superior de Justicia de Huaura , “… no se advierte la existencia de ninguna sentencia emitida por mi persona, y ante tal hecho, se ha solicitado razón a la Especialista Legal del Juzgado Jennifer Milagros Dolores Huamanchumo, quien señala haber sido sorprendida por el solicitante Samuel Franco Palacios Fernández…” - El juez de la causa atribuyó al investigado Dick Arturo Ramos Gómez que en su condición de Secretario “…habría adulterado la sentencia, quien ya ha sido denunciado por hechos similares, por lo que al no corresponder a mi fi rma, se debe dejar sin efecto el o fi cio cursado a la Presidencia, poniendo a su conocimiento que mi despacho en el día está disponiendo la remisión de los actuados a la Fiscalía Penal de turno para que proceda conforme a sus atribuciones”. 5.27. Historial del Expediente número cero cero dieciséis guión dos mil catorce guión cero guión mil trescientos uno guión JR guión FC guión cero uno, de fojas ciento cuarenta y nueve a ciento cincuenta, con el cual se demuestra que: - El expediente estuvo en despacho judicial el veinte de junio de dos mil catorce, y luego desde el veintiuno de junio de dos mil catorce hasta el veintitrés de agosto de dos mil diecisiete no se registra ingreso a despacho judicial. - Entre las fechas que suscitaron los hechos que se imputan, el expediente se encontraba a cargo del investigado en su condición de Especialista y el archivo modular: Especialista 16/07/2014 Archivo modular 13/08/2014 Especialista 15/08/2014 Archivo modular 21/08/2014