Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JULIO DEL AÑO 2022 (30/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Sábado 30 de julio de 2022 El Peruano / electrónico a través de la Mesa de Partes del SIJE. La opción para registrar la solicitud de inscripción en la mesa de partes (virtual) del SIJE estará habilitada hasta las 23:59 horas de la referida fecha límite para presentar tales solicitudes. [Énfasis agregado]. En el Acuerdo del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones del 14 de junio de 2022 1.4. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones concedió, excepcionalmente, el plazo único e improrrogable de 72 horas, computadas desde las 00:00 horas del 15 de junio de 2022 hasta las 23:59 horas del 17 de junio de 2022, a las organizaciones políticas que iniciaron, hasta el 14 de junio de 2022, el trámite de ingreso de información al sistema Declara para completar el registro de sus solicitudes de inscripción de fórmulas y listas de candidatos, en el marco de las ERM 2022. En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones 3 (en adelante, Reglamento sobre la Casilla Electrónica) 1.5. El artículo 16 contempla: Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de [la] publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación. [...]. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. El JEE declaró la improcedencia de las solicitudes de inscripción de la fórmula y lista de candidatos presentadas por la OP y que, a su vez, generaron los Expedientes N .os ERM.2022018263, ERM.2022018401 y ERM.2022018399, debido a que fueron registradas a través del SISMEV, el 18 de junio de 2022, en contraposición a lo dispuesto por el Reglamento de Inscripción (ver SN.1.3.) y el Acuerdo del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, del 14 de junio de 2022 (ver SN 1.4.). 2.2. En el marco de la función constitucional otorgada a este órgano electoral (ver SN 1.1.) corresponde analizar el pronunciamiento del JEE en atención a los instrumentos obrantes en el expediente. 2.3. En primer término, con relación al ingreso al Sistema Declara, se advierte: a) El Informe Nº 000094-2022-ATD-SG/JNE, del 14 de julio de 2022, en el que se precisa que la OP realizó la confi rmación en el sistema Declara el 17.6.2022 a las 22:34:29 horas. b) El Informe Nº 000110-2022-ATD-SG/JNE, del 19 de julio de 2022, que detalla las transacciones correspondientes a la lista del Gobierno Regional de Cusco: - Plan de gobierno: inició el 7.6.2022 a las 1:17:29 horas con un avance al 100% al 17.6.2022 a las 21:46:02 horas. - Con fi rmación de hoja de vida de los candidatos de la fórmula regional y candidatos a consejeros regionales titulares y accesitarios: desde el 11.6.2022 a las 18:48:34 horas hasta el 17.6.2022 a las 20:38:32. - Documentos de los candidatos y la fecha de la fi rma, realizada hasta el 17.6.2022 a las 22:32:16. 2.4. Así, la OP registró documentos relacionados a la solicitud de inscripción de la fórmula y lista de candidatos en el sistema Declara, observando el plazo excepcional precisado en el Acuerdo del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, del 14 de junio de 2022. 2.5. En segundo término, respecto al ingreso de la solicitud de inscripción de la fórmula y lista de candidatos por la MPSIJE, obra en autos: a) El Informe Nº 000087-2022-HBL-SG/JNE, del 29 de junio de 2022, en el que se evidencian siete (7) registros en estado “borrador” en la MPSIJE, del 17 de junio de 2022. b) El Informe Nº 000094-2022-ATD-SG/JNE, del 14 de julio de 2022, respecto al inicio del trámite en la MPSIJE realizado a las 22:42:28 horas del 17.6.2022 . 2.6. Los informes antes mencionados si bien no permiten determinar la cantidad de intentos infructuosos de registro, sí evidencian la actividad realizada por la OP en la MPSIJE. 2.7. La OP adjunta una imagen cuyo contenido visual se relaciona a una interacción del usuario de su personero legal en la MPSIJE, de las 23:35:23 horas del 17 de junio de 2022, y argumenta que, al no poder presentar la información en la MPSIJE, remitió su solicitud de inscripción por medio del SISMEV. 2.8. Al respecto, con el O fi cio Nº 00037-2022- CSCO/JNE, del 1 de julio de 2022, el JEE informó que, efectivamente, la OP ingresó tres (3) solicitudes de inscripción de fórmula y lista de candidatos para el Gobierno Regional de Cusco, a través de la citada plataforma virtual: EJE-2022-001731, EJE-2022-001762 y EJE-2022- 001764, que, a su vez, originaron los Expedientes N. os ERM.2022018263, ERM.2022018399 y ERM.2022018401. 2.9. Con relación a dichos expedientes, obra en autos: a) El Informe Nº 001-2022-SHV, del 23 de junio de 2022, emitido por el asistente de Mesa de Partes (AMP) del JEE en el que se especi fi ca que el EJE-2022- 001762 y el EJE-2022-001764 ingresaron el 17 de junio de 2022; sin embargo, por inestabilidad del SISMEV fueron registrados “en fecha 18 de junio de 2022”. Así, el informe concluye que estos documentos “ pertenecen a solicitudes de inscripción de candidatos , fueron ingresados a la bandeja del sistema de MESA DE PARTES VIRTUAL (sismev), registrados en el MTD (módulo de trámite documentario) ” [énfasis agregado]. b) El Memorando Nº 000433-2022-SC/JNE, del 13 de julio de 2022, mediante el cual la unidad de Servicios al Ciudadano de este órgano electoral precisó: