Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 1998 (22/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 105

MORDAZA, MORDAZA 22 de noviembre de 1998

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MODELO DE SOLICITUD DE RESTIWCION DE DERECHOS ARANCELARIOS AD VALOREM Sr.(a) Intendente de la Aduana S.I.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ..........

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REGIMEN DE REPOSICION DE MERCANCIAS EN FRANQUICIA 1. OBJETIVO

(Nombre o Razon Social de la Empresa) identificada con .................................... . con-domicilio en .......................... . Distrito ..................... . Provincia de .................................. . Departamento de .............................. . debidamente representada por ................................ . con poder inscrito en la Ficha W.. ............. del Registro Mercantil de . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . e identificado(a) con . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ante usted nos presentamos para exponer lo siguiente: Que, en nuestra condicion de empresa productora exportadora es nuestro deseo acogernos a la restitucion simplificada de derechos arancelarios Ad valorem, a que se refiere el D.S. N" 104-95-EF y sus normas complementarias, por cuanto los productos que exportamos, a traves de las Declaraciones que a continuacion se detalla, cumplen con los requisitos senalados en el citado Decreto Supremo, debiendo indicar que tales productos han sido fabricados/elaborados/producidos en. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (senale la ubicacion del centro de produccion propio o de terceros, de ser el caso) Declaracion de Exportacion Fecha de Serie Valor FOB Sujeto a Restitucion por (ADUANA-ANO-NUMERO) Embarque
Serie

Impartir instrucciones sobre el procedimiento que se aplicara en el Regimen de Reposicion de Mercancias en Franquicia, con la finalidad de lograr el correcto cumplxmiento de las normas que lo regulan. II. ALCANCE Esta dirigido al Personal de ADUANAS y operadores de comercio exterior que intervienen en el Regimen de Reposicion de Mercancias en Franquicia. III. RESPONSABILIDAD La aplicacion, cumplimiento y seguimiento de lo establecido en el presente Manual es de responsabilidad de las Intendencias de Aduana de la Republica y de la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera, respectivamente. IV. VIGENCIA A partir del 1 de diciembre de 1998. V. BASE LEGAL - Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo N" 809 del 19.4.96 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 121-96-EF del 24.12.96. - Tabla de Sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas aprobada por Decreto Supremo N" 122-96-EF del 24.12.96. - Ley de los Delitos Aduaneros, Ley N" 26461 del 8.6.95 Codigo Tributario, Decreto Legislativo N" 816 del 21.496 - Ley Organica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas, aprobados por Decreto Ley N" 26020 del 28.12.92 y Resolucion de Superintendencia de Aduanas N" 0021 del 10.4.97 modificada por Resolucion Ide Superintendencia de Aduanas N" OO1591 del 20.6.97. -Ley de Simplificacion Administrativa y su Reglamento, aprobados por Ley N" 25035 del 11.6.89 y Decreto Supremo N" 070-89-PCM del 2.9.89. - Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado por D.S. N" 002-94-JUS del 31.1.94 VI. NORMAS GENERALES 1. El Regimen de Reposicion de Mercancias en Franquicia permite importar, con exoneracion automatica de Derechos Arancelarios, Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo y demas impuestos que graven la importacion, mercancias equivalentes alas que habiendo sido nacionalizadas han sido transformadas, elaboradas, consumidas o materialmente incorporadas en el producto exportado. Se considera mercancia equivalente, a aquella identica o similar a la que fue importada y que sera objeto de reposicion. Debe entenderse por mercancia identica a. la que es igual en todos los aspectos a la importada en lo que se refiere a la calidad, MORDAZA y prestigio comercial. Debe entenderse por mercancia similar a la que sin ser igual en todos los aspectos a la importada, presenta caracteristicas proximas a esta en cuanto a especie y calidad. 2. Tiene derecho a la obtencion del Certificado de Reposicion de Mercancias en Franquicia, el importador productor sea persona natural o juridica que hubiere exportado, por MORDAZA propios o a traves de terceros, productos en los que se han utilizado mercancias nacionalizadas. 3. La nacionalizacion de mercancia ingresada bajo el Regimen de Admision Temporal o la de Importacion Temporal que resulte incorporada en el producto de exportacion, asi como aquella mercancia importada definitivamente acogida aun fraccionamiento de pago o a una exoneracion parcial o total, podra dar derecho a la obtencion del respectivo Certificado de Reposicion. 4. La Declaracion Unica o Simplificada de Importacion que sustente el ingreso de la mercancia a reponer, podra ser usada parcialmente pudiendose destinar el saldo al

TOTAL FOB SUJETO A RESTITUCION US $ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . dolares de los Estados Unidos (indicar la cifra en letras) de Norteamerica. (1) En cumplimiento a lo establecido en el Articulo 2" de la R.M. No 156-98-EF/10, para calcular el valor FOB sujeto a restitucion, adicionalmente a la deducciones senaladas en el D.S. N" 104-95EF, se ha deducido el costo del oro contenido en el reducto de exportacion por un monto que asciende a US f . . .._..............._...... dolares de los Estados Unidos de Norteamerica. En este sentido, DECLARO BAJO JURAMENTO que en la produccion del bien sujeto al beneficio han intervenido insumos importados cuyo valor CIF en el producto exportado no supera el 50% del valor FOB del mismo. Asimismo DECLARO BAJO JURAMENTO no haber hecho uso de Regimenes Temporales y/o de Perfeccionamiento Activo, asi como de Franquicias Aduaneras Especiales y/o exoneraciones o rebajas arancelanas de cualquier tipo. Al mismo tiempo acepto en constituirme en depositario de la documentacion a aue se refiere el Articulo 3" de la Resolucion Ministerial @' 195-95-EF/, la misma que sustenta el beneficio y tiene el caracter de declaracion jurada, la que estara a disposicion de ADUANAS para las verificaciones correspondientes. Agradeciendo anticipadamente la atencion que presta a la presente, quedo de usted. Atentamente,

. . . . . . . . ..*.............................................. .
Nombre, firma y sello del Solicitante o Rep Legal de la Empresa (2) REDENCIONINsTRucc10NEs (1) Parrafo a ser incorporado solo por las empresas cuyos productos de exportacion tienen un contenido de oro en cualquier proporcion. (2) Marcar con un aspa CX) si solicita la redencion de la &zede Credito, es decir la entrega de Cheque No Nego(31 Marcar con un aspa (X, si adjunta a la solicitud una Garantia. (3) GARANTIA-

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