Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2001 (11/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, viernes 11 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican ordenanza que aprueba tasa por el servicio de estacionamiento vehicular en playas del Distrito de Barranco
ACUERDO DE CONCEJO Nº 089 MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2001 EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Vista en Sesion de Concejo de la fecha, la solicitud formulada por la Municipalidad Distrital de BARRANCO, mediante Oficio Nº 054-01-MDB/SG, para la ratificacion de la Ordenanza Nº 050-MDB que regula la Tasa de Estacionamiento vehicular en las playas de veraneo correspondiente al ejercicio 2001, en su jurisdiccion; De acuerdo con la opinion favorable del Servicio de Administracion Tributaria (SAT) emitida mediante Informe Nº 000178-2001-SAT/04 y Oficio Nº 00185-01-SAT/ MML de la Jefatura del SAT; lo opinado por la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto en su Dictamen Nº 047-2001-MML/CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo y la Ordenanza Nº 211, Procedimiento de Ratificacion de Ordenanzas de Caracter Tributario de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima; y, ACORDO: Articulo Unico.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 050 del 27 de diciembre de 2000, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 4 de enero de 2001, de la Municipalidad Distrital de BARRANCO, que aprueba la Tasa por el Servicio de Estacionamiento vehicular para el periodo 2001, en las playas: Las Cascadas, Barranquito, Los Pavos, Los Yuyos y Las Sombrillas, en su jurisdiccion, excepto en la playa Los Banos de Barranco. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 23228

emitidas y firmadas por el Jefe del Departamento de Reclamos de Infracciones de Transito; Que, el Articulo 6º del Edicto Nº 227 establece que corresponde al Jefe del SAT la representacion legal, direccion general, organizacion y administracion de la institucion y que el mismo tiene entre otras la facultad de emitir Resoluciones Jefaturales; Que, el Articulo 7º del Edicto Nº 227 precisa que el Jefe del SAT podra delegar en los funcionarios y empleados de la institucion las facultades que estime necesarias para la realizacion de sus operaciones, entregando para tal fin los poderes necesarios; Que, es necesario delegar en otras personas la facultad de resolver las solicitudes de prescripcion en materia de MORDAZA emitidas en forma automatica, asi como la firma de las Resoluciones correspondientes, a fin de agilizar el tramite de las mismas; Estando a lo dispuesto en el literal d) del Articulo 6º del Edicto Nº 227; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Delegar en la persona de la Sra. MORDAZA Yeny MORDAZA MORDAZA, la facultad de resolver las solicitudes de prescripcion en materia de MORDAZA emitidas en forma automatica; y de firmar las Resoluciones correspondientes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe (e) del Servicio de Administracion Tributaria 23276

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Incluyen procedimiento sobre acceso a la informacion en el MORDAZA de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 035-2001 La MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2001 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto en Sesion Ordinaria de fecha 20 de MORDAZA del 2001, el Dictamen Nº 005-2001 de la Comision de Administracion, Rentas, Presupuesto e Informatica; y, CONSIDERANDO:

Delegan facultades para resolver solicitudes de prescripcion en materia de MORDAZA emitidas en forma automatica
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT RESOLUCION JEFATURAL Nº 031-2001-SAT-MML MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 26º de la Ordenanza Nº 154 establece que el Servicio de Administracion Tributaria - SAT es competente para resolver en primera instancia los Recursos de Reconsideracion y solicitudes de prescripcion y devoluciones por pagos indebidos o en exceso, derivados de la imposicion de multas a los infractores de las normas de MORDAZA impuestas en la jurisdiccion de la provincia de Lima; Que, el numeral 4.2.1. del Manual Interno Nº 0022001-SAT del 12 de marzo de 2001, establece que las Resoluciones que absuelven solicitudes de prescripcion en materia de MORDAZA emitidas en forma automatica son

Que, de acuerdo con el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son los organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa; Que, el inciso 5) del Articulo 2º de la Constitucion establece el derecho de toda persona a solicitar, sin expresion de causa, la informacion que requiera y a recibirla de cualquier entidad publica, en el plazo legal y con el costo que suponga el pedido, con excepcion de aquella que afecte la intimidad personal y la que expresamente se excluya por ley o por razones de seguridad nacional; Que, conforme al Articulo 200º inciso 4) de la Constitucion Politica del Peru, las Ordenanzas Municipales tienen rango de Ley, y de acuerdo a lo establecido en el inciso 3) del Articulo 192º, tienen competencia tributaria para crear, modificar y suprimir derechos, entre otras tasas; Que, el Gobierno Central ha dictado el Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM, que MORDAZA el acceso de las personas a la informacion que posean o produzcan las entidades del Sector Publico; Que, es politica de este Gobierno Municipal promover, mantener y apoyar la transparencia de la Gestion Municipal, brindando informacion a las personas que lo soliciten; Que, por Ordenanza Nº 027-2000 del 16 de junio del 2000, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA vigente en la fecha;

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