Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2001 (11/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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De A Subcateg. (*) (a) (b) (c) (d) (a) (b) (c) (d) (a) (a)

NORMAS LEGALES
% UIT 2.63 2.58 2.51 2.49 5.14 5.05 4.90 4.85 13.28 15.93

MORDAZA, viernes 11 de MORDAZA de 2001

SERENAZGO - (Grandes Almacenes, Supermercados, Ferias e Industrias)

ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 03-2001-MDSM Articulo Primero.- Modifiquese el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 03-2001-MDSM en los siguientes terminos: "Articulo 2º.- El desarrollo de las actividades deportivas en MORDAZA y/o losas deportivas a que se refiere el articulo anterior sera de preferencia para quienes viven o residen en San MORDAZA y se suspendera obligatoriamente desde las 20.00 horas y hasta las 06.00 horas, estando por ende habilitadas para su uso en las horas no comprendidas dentro de la suspension. Excepcionalmente se permitira el uso de los MORDAZA y/o losas deportivas por ciento veinte minutos mas contados a partir del inicio del horario de suspension, siempre que esto no origine queja por parte de los vecinos. Bajo ninguna circunstancia se permitira el uso de los MORDAZA y/o losas deportivas vencido el plazo indicado." Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Servicios Comunales y Direccion de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente Resolucion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 23329

0

80 m2

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150 m2

151 301

300 m2 MAS m2

SERENAZGO - (Bancos, Financieras, Tragamonedas) De 0 A 80 m2 Subcat. (a) (b) (c) (d) (a) (b) (c) (d) (a) (a) % UIT 2.61 2.56 2.48 2.46 5.23 5.13 4.98 4.94 13.07 15.67

81

150 m2

151 301

300 m2 MAS m2

(*) De acuerdo a la zonificacion, sectorizacion, giros y poblacion flotante dentro de la jurisdiccion, conforme a los criterios Tecnicos, establecidos por la Oficina de Rentas.

Articulo Tercero.- La Oficina de Rentas, Unidad de Procesos Tecnicos Tributarios y el Area de Estadistica e Informatica quedaran encargadas del cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 23233

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Aprueban Ordenanza sobre tenencia y control de animales de compania
ORDENANZA Nº 65-MSS MORDAZA de MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2001 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA en Sesion Ordinaria de fecha 10.ABR.2001; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por Ley General de Salud Nº 26842, la salud es condicion indispensable para el desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo; Que, el Codigo Civil en su Articulo 1979º establece que el dueno de un animal o aquel que lo tiene a su cuidado, debe reparar el dano que este cause, aunque se MORDAZA perdido o extraviado, a no ser que pruebe que el evento tuvo lugar por obra o causa de tercero; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 66º inciso 13) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, es competencia municipal controlar la sanidad animal; Que, el Decreto Supremo Nº 003-83-SA, establece que los animales cuando se encuentren en la via publica deben ser conducidos con una cadena u otro medio de sujecion por la persona que lo lleva consigo; Que, el MORDAZA de la presente MORDAZA es crear conciencia y un actitud responsable en la tenencia de animales de compania, previniendo de esta forma la transmision de enfermedades zoonoticas al hombre; De conformidad con el Reglamento Sanitario de Control de la Rabia y a la Ley de Proteccion a los Animales Domesticos y Animales Silvestres mantenidos en cautiverio Nº 27265; Estando a lo dispuesto en los Articulos 36º inciso 3), 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y contando con el Dictamen favorable Nº 003-2001CSCMA-MSS de la Comision de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente; por Unanimidad aprobo la siguiente:

Modifican articulo de Ordenanza que reglamenta el uso de MORDAZA y/o losas deportivas en parques del distrito
ORDENANZA Nº 011-2001-MDSM San MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2001 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo de San MORDAZA, en sesion de la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA mediante Ordenanza Nº 03-2001-MDSM, reglamenta el uso de MORDAZA y/o losas deportivas en parques del distrito, senalandose en su Articulo 2º que las mismas no podran ser utilizadas en el horario comprendido entre las 23.00 horas y las 06.00 horas; Que, los vecinos del distrito han manifestado su malestar debido a que la utilizacion de las areas indicadas hasta la hora indicada en la noche (23.00 horas) perturba su tranquilidad y normal descanso; En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, con la dispensa del tramite de Comisiones y de Aprobacion de Acta, por unanimidad aprobo la siguiente:

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