Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2008 (27/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 27 de setiembre de 2008

b) Documentos emitidos por las entidades prestadoras de los servicios publicos otorgando conformidad de obra a las obras de servicios. c) MORDAZA legalizada notarialmente de las minutas que acrediten la transferencia de las areas de aportes a las entidades receptoras de los mismos y/o comprobantes de pago de la redencion de los mismos, de ser el caso. d) En caso existan modificaciones al proyecto de Habilitacion MORDAZA, adicionalmente se deberan presentar: - Plano de replanteo de trazado y lotizacion, en original y cuatro copias impresas mas una MORDAZA digital. - Plano de ornamentacion de parques, cuando se requiera, en original y cuatro copias impresas mas una MORDAZA digital. - Memoria descriptiva que contenga el replanteo, en original y cuatro copias impresas mas una MORDAZA digital. 36.2 El funcionario municipal que recibio los documentos para la Recepcion de Obras, al MORDAZA de lo dispuesto en el Reglamento de Verificacion Administrativa y Tecnica, remitira en el dia el expediente al organo municipal encargado del control MORDAZA para que, en un plazo no mayor a once (11) dias habiles y bajo responsabilidad, realice los siguientes actos: a) Se verifique que el plano de replanteo de trazado y lotizacion corresponda a la Licencia de Habilitacion MORDAZA otorgada; b) Se efectue la inspeccion de las obras ejecutadas emitiendo el informe respectivo y; c) Se anote la Resolucion, suscriba y selle en el FUHU en caso de estar conforme las obras recepcionadas. 36.3 La inscripcion registral de la habilitacion MORDAZA se realizara conforme con el articulo 20 de la Ley. El Registrador Publico no podra exigir mayores requisitos a los previstos en la Ley y el presente Reglamento. Articulo 37.- Recepciones Parciales 37.1 El administrado podra solicitar la recepcion parcial de obras de habilitacion MORDAZA, siempre que se hayan ejecutado todas las obras proyectadas y autorizadas con la licencia para la etapa respectiva. Se podra inscribir en el Registro de Predios la etapa recepcionada, permaneciendo el area pendiente de ejecucion de obras en la Partida Registral Matriz. 37.2 En caso que existan aportes pendientes de efectuar en la etapa a recepcionar, en la Resolucion que aprueba la recepcion parcial se establecera como carga dicho deficit de aportes hasta que se concluya con la recepcion total de la habilitacion urbana. CAPITULO VI REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA LA REGULARIZACION DE HABILITACIONES URBANAS EJECUTADAS Articulo 38.- Ambito de la regularizacion de habilitaciones urbanas ejecutadas 38.1 Mediante Resolucion de la Municipalidad Distrital o Provincial, segun corresponda, podran aprobarse en via de regularizacion las habilitaciones urbanas ejecutadas con anterioridad a la vigencia de la Ley y, de ser el caso, la recepcion de las obras. Solo podran ser regularizadas, las habilitaciones ejecutadas hasta el 25 de septiembre del 2007, debiendo acreditarse con documento de fecha cierta. 38.2 Los administrados que hubieran construido sin contar con habilitacion MORDAZA aprobada podran solicitar la aprobacion de la misma, siempre que la edificacion cuente con cimientos, muros, techos y un area no menor a veinticinco metros cuadrados (25 m²); asimismo, la edificacion debera estar asentada, como minimo, en el cincuenta por ciento (50%) del area total del terreno. Articulo 39.- Requisitos para solicitar la regularizacion de habilitaciones urbanas ejecutadas En caso que el administrado requiera solicitar la regularizacion de una habilitacion MORDAZA ejecutada,

iniciara el procedimiento presentando a la Municipalidad respectiva, ademas de los documentos que se indican en el articulo 25, los siguientes: a) Certificado de zonificacion y vias. b) Plano de ubicacion, con la localizacion del terreno. c) Plano de lotizacion, conteniendo el perimetro del terreno; el diseno de la lotizacion, de las vias, aceras y bermas; y las areas correspondientes a los aportes normados. Asimismo se debera indicar los lotes ocupados y la altura de las edificaciones existentes. La lotizacion debera estar en concordancia con el Plan de Desarrollo MORDAZA aprobado por la Municipalidad Provincial correspondiente. d) Memoria descriptiva, indicando las manzanas, las areas de los lotes, la numeracion y los aportes. e) MORDAZA legalizada notarialmente de las minutas que acrediten la transferencia de las areas de aportes a las entidades receptoras de los mismos y/o comprobantes de pago de la redencion de los mismos, de ser el caso. f) Declaracion jurada suscrita por el solicitante de la habilitacion y el profesional responsable de la obra, en la que conste que las obras han sido ejecutadas, total o parcialmente. En caso que se cuente con estudios preliminares aprobados, no corresponde presentar los documentos de los literales a), b) y c), debiendo presentar en su reemplazo: i) Resolucion y planos de los estudios preliminares aprobados. ii) Planos de Replanteo de la Habilitacion Urbana. Articulo 40.- Tramite de la solicitud en via de regularizacion

40.1 El organo competente verificara el cumplimiento de los requisitos en un plazo que no excedera de cinco (05) dias habiles, verificando la autenticidad de los documentos presentados. De existir observaciones al expediente, estas seran comunicadas expresamente y por escrito al recurrente, quien podra subsanarlas en el plazo de siete (07) dias habiles. 40.2 Se denegara la solicitud si se verifica el incumplimiento de la Zonificacion y Diseno de Vias que se detallan en el Certificado respectivo, de los aportes reglamentarios, y de las normas de diseno establecidas en el Titulo II del RNE. 40.3 Cumplidos los requisitos y efectuada la verificacion tecnica, la Municipalidad emitira la liquidacion de los derechos respectivos dentro de los dos (02) dias habiles siguientes, bajo responsabilidad. Acreditado el pago, la Municipalidad emitira la Resolucion de aprobacion dentro de los tres (03) dias habiles siguientes, la misma que tendra merito para su inscripcion en el Registro de Predios. TITULO III PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA LA EDIFICACION CAPITULO I GENERALIDADES Articulo 41.- Edificacion Edificacion es el resultado de construir una obra cuyo destino es albergar al hombre en el desarrollo de sus actividades. Comprende las instalaciones fijas y complementarias adscritas a ella. Articulo 42.- Modalidad de aprobacion segun MORDAZA de Edificacion Para los proyectos de ejecucion de edificaciones, son de aplicacion las modalidades de aprobacion A, B, C y D conforme a lo dispuesto en el articulo 10 de la Ley. 42.1 Modalidad A: Se sujetan a esta modalidad: a) La construccion de una vivienda unifamiliar de hasta 120 m² construidos, siempre que constituya la unica edificacion en el lote.

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