Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2008 (27/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, sabado 27 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 0082004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa 257894-13

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: MORDAZA - Panama (PANAMA) - MORDAZA US$. 766.46 x 2 personas Viaticos: US$. 200.00 x 6 dias x 2 personas Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$. 30.25 x 2 personas Articulo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- El mencionado Personal Superior debera cumplir con lo dispuesto en el Articulo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa 257894-15

Autorizan viaje de personal de la MORDAZA de MORDAZA a Panama, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 392-2008-DE/MGP MORDAZA, 26 de setiembre de 2008 Visto el Oficio P.200-1514 del Director General del Personal de la MORDAZA de fecha 25 de agosto de 2008; CONSIDERANDO: Que, dentro del Programa de Inspecciones en el Extranjero durante el ano 2008, el Sistema de Control Interno de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, ha programado una Inspeccion General, Operativa, Administrativa y Control de Gestion a la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en Panama, a partir del 10 al 15 de noviembre de 2008; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Vicealmirante MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Ribeyro y Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zerga, con la finalidad de realizar la Inspeccion Programada: General, Operativa, Administrativa y Control de Gestion a la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en Panama, ubicada en la MORDAZA de Panama - PANAMA, a partir del 10 al 15 de noviembre de 2008; Que, el citado viaje se encuentra incluido en el Rubro VI: Actividades de Inspectoria, Item 15 del Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa Ano 2008 Prioridad I, aprobado con Resolucion Suprema Nº 044-2008 DE/SG de fecha 11 de febrero de 2008 y sus modificatorias; De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Juridica, Funcion, Competencias y Estructura Organica Basica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Vicealmirante MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Ribeyro, CIP. 03742222, DNI. 43864221 y Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zerga, CIP. 00777894, DNI. 43371762, con la finalidad de realizar la Inspeccion Programada: General, Operativa, Administrativa y Control de Gestion a la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en Panama, ubicada en la MORDAZA de Panama - PANAMA, a partir del 10 al 15 de noviembre de 2008.

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de efectivos de la MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1026-2008-DE/SG MORDAZA, 24 de setiembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 1049 de fecha 17 de setiembre de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA , sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA del Programa de Iniciativa Submarina de Diesel Electrico (DESI) personal de la MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA sostendra reuniones oficiales de coordinacion con personal de la Fuerza de Submarinos de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, sobre el ultimo Despliegue Operacional "SUBDIEX"; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del

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