Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2008 (27/09/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, sabado 27 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

380411

CONSIDERANDO:

de Entrega comprendidos en las Bases senaladas en el Articulo 2°:
Factores Nodales de Potencia 1,0125 1,0238 1,0008 1,0119 1,0403 1,0890 Factores Nodales de Energia Horas Punta 1,0110 1,0200 0,9994 1,0082 1,0320 1,0667 Horas Fuera de Punta 1,0192 1,0282 1,0072 1,0161 1,0391 1,0741

Que, en la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica (en adelante "Ley"), se dispone que, dentro de los tres (3) primeros anos de su vigencia, las Empresas Concesionarias de Distribucion (en adelante "Distribuidoras") podran convocar a licitaciones, con una anticipacion menor a tres (3) anos para cubrir la totalidad de la demanda no contratada de sus usuarios regulados; en cuyo caso, la vigencia de los contratos adjudicados no sera mayor a cinco (5) anos; Que, el numeral 6.2 del Articulo 6° de la Ley establece la responsabilidad de OSINERGMIN de aprobar las Bases de Licitacion, modelos de contrato, terminos y condiciones del MORDAZA de licitacion, formulas de actualizacion de precios firmes y supervisar su ejecucion; Que, la MORDAZA "Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica", aprobada mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 101-2007-OS/CD (en adelante "Norma Lineamientos") es aplicable a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectuen hasta el 24 de MORDAZA de 2009, en el MORDAZA de la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley; Que, la empresa Electro Sur Medio S.A.A. (en adelante "ELECTRO SUR MEDIO"), de conformidad con el numeral 3 del Articulo 4° de la Ley, publico en su pagina Web y en un diario de circulacion nacional su intencion de iniciar un MORDAZA de licitacion publica para la contratacion de suministro de potencia y energia. Como consecuencia de dicha publicacion, ninguna empresa manifesto su intencion de incorporarse al procedimiento al MORDAZA del Articulo 4.3 de la Ley; Que, con fecha 04 de setiembre de 2008, se recibio la carta N° A-011382-2008/GC con la propuesta de Bases para la Convocatoria a Licitacion de Suministros de Energia Electrica para la Empresa Concesionaria de Distribucion ELECTRO SUR MEDIO; Que, en aplicacion de lo senalado en el numeral 3.12 de la MORDAZA Lineamientos, OSINERGMIN debe aprobar los Factores Nodales que deben formar parte de las Bases de Licitacion, para cuya determinacion se ha tenido en cuenta lo dispuesto en la Resolucion OSINERGMIN N° 341-2008-OS/CD que fijo los Precios en MORDAZA para el periodo MORDAZA 2008 ­ MORDAZA 2009; Que, se han emitido el Informe N° 0406-2008-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica y el Informe N° 0409-2008-GART de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, en los que se analiza el proyecto de Bases remitido por la Licitante. Los mencionados informes complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3°, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en ese sentido, no habiendose encontrado observaciones, corresponde aprobar las Bases para la Convocatoria a Licitacion de Suministros de Energia Electrica para la Empresa Concesionaria de Distribucion ELECTRO SUR MEDIO; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832 y sus normas complementarias; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la MORDAZA "Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica" (Aplicables a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectuen hasta el 24 de MORDAZA de 2009 en el MORDAZA de la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 28832). SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar los Factores Nodales de Potencia y Energia para los Puntos de Medicion o Barras

Punto de Suministro

MORDAZA de Entrega y Medicion SE Ica 60 kV SE Ica 10 kV SE Independencia 60 kV SE Independencia 10 kV SE Marcona 60 kV SE Caudalosa 22 kV

SE Ica

SE Independencia SE Marcona SE Caudalosa

Articulo 2º.- Aprobar las Bases para la Convocatoria a Licitacion de Suministro de Energia Electrica para la Empresa Concesionaria de Distribucion Electro Sur Medio S.A.A., las mismas que como Anexo forman parte de la presente resolucion. Articulo 3°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 257276-1

Aprueban Factores Nodales de Potencia y Energia y Bases para convocatoria a licitacion de suministro de energia electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Luz del Sur S.A.A. y Edecanete S.A.
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 609-2008-OS/CD MORDAZA, 25 de setiembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, en la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica (en adelante "Ley"), se dispone que, dentro de los tres (3) primeros anos de su vigencia, las Empresas Concesionarias de Distribucion (en adelante "Distribuidoras") podran convocar a licitaciones, con una anticipacion menor a tres (3) anos para cubrir la totalidad de la demanda no contratada de sus usuarios regulados; en cuyo caso, la vigencia de los contratos adjudicados no sera mayor a cinco (5) anos; Que, el numeral 6.2 del Articulo 6° de la Ley establece la responsabilidad de OSINERGMIN de aprobar las Bases de Licitacion, modelos de contrato, terminos y condiciones del MORDAZA de licitacion, formulas de actualizacion de precios firmes y supervisar su ejecucion; Que, la MORDAZA "Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica", aprobada mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 101-2007-OS/CD (en adelante "Norma Lineamientos") es aplicable a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectuen hasta el 24 de MORDAZA de 2009, en el MORDAZA de la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley; Que, la empresa Luz del Sur S.A.A. (en adelante "LUZ DEL SUR"), de conformidad con el numeral 3 del Articulo 4° de la Ley, publico en su pagina Web y en un diario de circulacion nacional su intencion de iniciar un MORDAZA de licitacion publica para la contratacion de suministro de potencia y energia. Como consecuencia de dicha publicacion, la empresa Edecanete S.A. (en adelante "EDECANETE"), manifesto su intencion de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.