Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2008 (27/09/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

380380

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, sabado 27 de setiembre de 2008

optar por iniciar las obras bajo una Licencia Temporal, previo pago de los derechos respectivos. 55.3 Los planos con dictamen Conforme sellados y firmados por los delegados, se guardaran en custodia en la Municipalidad como parte del expediente. Articulo 56.- Notificacion del dictamen y sus efectos 56.1 Conforme se vayan emitiendo los dictamenes por especialidad, se notificara con MORDAZA de los mismos al administrado. 56.2 Cumplido el plazo senalado en el literal b) del numeral 55.1 del articulo 55 sin que se MORDAZA notificado la totalidad de los dictamenes, el administrado podra acogerse al silencio administrativo positivo, para lo cual debera comunicar el inicio de las obras. La Municipalidad en el plazo de dos (02) dias habiles de recibida la comunicacion respectiva, debera emitir la liquidacion de pago correspondiente la cual debera ser cancelada dentro de los dos (02) dias habiles de notificada; en caso contrario, se dispondra la paralizacion de la obra. 56.3 De haber operado el silencio administrativo positivo segun lo indicado en el numeral precedente, el cargo del FUE debidamente MORDAZA con la recepcion y el numero de expediente asignado, constituira la autorizacion para dar inicio a las obras, quedando obligada la Municipalidad a expedir la licencia de acuerdo a Ley. 56.4 El silencio administrativo positivo no es aplicable en los procedimientos de obtencion de licencia de edificacion, para bienes inmuebles que constituyan parte integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion declarados por el INC e incluidos en la lista a la que se hace referencia en el inciso f) del numeral 2 del articulo 3 de la Ley. 56.5 En caso de que el Administrado MORDAZA optado por la Licencia Temporal senalada en el numeral 55.2, esta se convertira en Definitiva una vez aprobadas todas las especialidades por la Comision Tecnica. De haber obtenido dictamen de "No Conforme" en alguna de las especialidades, la Municipalidad notificara MORDAZA del dictamen y ordenara la paralizacion de la obra, la misma que se reanudara una vez obtenido el dictamen de "Conforme" para la respectiva especialidad. Articulo 57.- Liquidacion de los derechos municipales La Municipalidad en el plazo MORDAZA de dos (02) dias habiles contados desde la fecha de la conformidad del proyecto, emitira la liquidacion de pago por los derechos correspondientes. El administrado debera cancelar el monto de la liquidacion; MORDAZA del comprobante de pago cancelado sera adjuntado al expediente, quedando facultado para iniciar la obra. Articulo Edificacion 58.Resolucion de Licencia de

59.3 En caso de proyectos de gran magnitud, los planos podran ser presentados en secciones con escala conveniente que permita su facil lectura, conjuntamente con el plano del proyecto integral. 59.4 En caso se solicite Licencia de Edificacion para Remodelacion, Ampliacion o Puesta en Valor Historico, debera presentarse los requisitos senalados en el 54.3 del articulo 54 y en el numeral 59.1 precedente. Articulo 60.- Liquidacion de los derechos municipales La Municipalidad en el plazo MORDAZA de dos (02) dias habiles contados desde la fecha de la conformidad del proyecto, emitira la liquidacion de pago por los derechos correspondientes. El administrado debera cancelar el monto de la liquidacion; MORDAZA del comprobante de pago cancelado sera adjuntado al expediente, quedando facultado para iniciar la obra. Articulo Edificacion 61.Resolucion de Licencia de

61.1 Dentro de los cinco (05) dias habiles siguientes a la MORDAZA del comprobante de pago de los derechos, la Municipalidad emitira la Resolucion de Licencia de Edificacion. 61.2 MORDAZA del FUE con el numero de Resolucion de licencia y los planos de obra autenticados, deberan permanecer obligatoriamente en la obra en lugar visible. CAPITULO IV CONFORMIDAD DE OBRA E INSCRIPCION REGISTRAL Articulo 62.- Conformidad de Obra 62.1 El administrado, una vez concluida la obra y en el caso de haberse ejecutado conforme con la Licencia, sin ninguna variacion en relacion al proyecto aprobado, debera obtener de la dependencia municipal correspondiente la Conformidad de Obra, para lo cual presentara: a) La seccion del FUE correspondiente a la Conformidad de Obra. b) Una declaracion jurada firmada por el profesional responsable de obra, manifestando que la obra se ha realizado conforme a los planos aprobados con la licencia de edificacion. 62.2 La dependencia municipal extendera automaticamente la Conformidad de Obra, en un plazo no mayor a cinco (05) dias habiles de solicitada, previo pago del derecho que corresponda. 62.3 Simultaneamente a la solicitud de Conformidad de Obra, el administrado presentara la seccion de declaratoria de fabrica del FUE, con los datos y planos correspondientes a la licencia. Articulo 63.- Conformidad de Obra con variacion 63.1 De no haberse ejecutado la obra conforme a los planos aprobados, se presentaran planos de replanteo, los que seran revisados por la Comision Tecnica. En este caso, se debera presentar: a) Seccion de conformidad de obra del FUE consignando los datos que indica. b) Los requisitos senalados en los literales a), b), c) y d) del articulo 47 en caso que el titular del derecho a edificar sea una persona distinta a quien obtuvo la licencia de edificacion. c) Comprobante de pago de los derechos de revision de planos de replanteo y de inspeccion correspondientes, cancelados. d) Planos de replanteo: un juego de copias de los planos de ubicacion y de replanteo de arquitectura (plantas, cortes y elevaciones) con las mismas especificaciones de los planos del proyecto aprobado. Estos planos deberan estar firmados por el responsable de obra y por el propietario, y, al concluir el tramite seran conservados por la municipalidad como parte del expediente. e) Boleta de habilitacion del profesional responsable.

58.1 Dentro de los cinco (05) dias habiles siguientes a la MORDAZA del comprobante de pago de los derechos, la Municipalidad emitira la Resolucion de Licencia de Edificacion. 58.2 MORDAZA del FUE con el numero de Resolucion de licencia y los planos de obra autenticados, deberan permanecer obligatoriamente en la obra en lugar visible. Subcapitulo IV Obtencion de la Licencia de Edificacion para la Modalidad C con aprobacion previa del proyecto por Revisores Urbanos Articulo 59.- Requisitos para obtener Licencia de Edificacion ­ Modalidad C con aprobacion previa de Revisores Urbanos 59.1 Cuando el administrado requiera solicitar Licencia de Edificacion en la Modalidad C con aprobacion previa de Revisores Urbanos, iniciara el procedimiento presentando a la Municipalidad respectiva, ademas de los documentos que se indican en los articulos 47 y 51, el Estudio de Impacto Ambiental segun sea el caso, y el Informe Tecnico favorable de los Revisores Urbanos. 59.2 La documentacion tecnica debera contener el sello "Conforme" y la firma de los Revisores Urbanos.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.