Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2008 (27/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 27 de setiembre de 2008

de Beneficencia Publica de MORDAZA, departamento de MORDAZA, por el periodo comprendido entre ENE.2003 a DIC.2005, considerando hechos anteriores al citado periodo; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica efectuo un Examen Especial en la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA, a fin de determinar si los recursos financieros y patrimoniales fueron utilizados adecuadamente, en concordancia con los objetivos de la entidad y de acuerdo a la normativa vigente; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision Auditora ha determinado que durante el periodo SET.2001 ­ AGO.2005, funcionarios de la Sociedad de Beneficencia Publica autorizaron el pago del MORDAZA por concepto de "Percepcion Mensual de Alimentos" con importes mayores al establecido por Acuerdo de Directorio y Resolucion que MORDAZA el mismo, ocasionando perjuicio economico a la entidad, por un monto ascendente a S/. 28 580,30; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comision del delito de Peculado, previsto y penado en el articulo 387º del Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos que, en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 257016-2

General de la Republica, con la finalidad de determinar si los recursos municipales relacionados con la ejecucion de obras publicas y la adquisicion de bienes y servicios, se ejecutaron conforme a lo establecido en la normativa vigente; Que, como consecuencia de la mencionada accion de control, la Comision Auditora ha determinado que se efectuaron desembolsos a nombre de personal del Ejercito Peruano, sin la debida suscripcion de un convenio que respalde la ejecucion de dichos egresos, y sin contar con evidencia tecnica ni administrativa que acredite la ejecucion de los trabajos realizados, ocasionando que se hayan utilizado recursos por la suma de S/. 52 770,00 por supuesta utilizacion de maquinaria, monto que constituye perjuicio economico a la citada Municipalidad; siendo que los egresos han sido sustentados con comprobantes de pago y recibos de egresos con firmas falsificadas; hechos que hacen presumir la existencia de indicios razonables de comision de los delitos de Peculado y Falsificacion de Documentos, previstos y penados por los articulos 387º y 427º del Codigo Penal, respectivamente. Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo en tal sentido, autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y en representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 257016-3

Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos en agravio de la Municipalidad Distrital de Cayalti
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 374-2008-CG MORDAZA, 25 de setiembre de 2008 VISTO, el Informe Especial Nº 207-2008-CG/ORCHEE resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de Cayalti, provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, periodo enero 2003 ­ diciembre 2006; y, CONSIDERANDO: Que, el Examen Especial a la Municipalidad Distrital de Cayalti se realizo por disposicion de la Contraloria

Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de ocasionar perjuicio economico al Gobierno Regional Huancavelica
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 375-2008-CG MORDAZA, 25 de setiembre de 2008 Visto, el Informe Especial Nº 208-2008-CG/ZC-EE, resultante del Examen Especial efectuado al Gobierno Regional Huancavelica, ubicada en la provincia de Huancayo, durante el periodo Enero 2003 ­ Diciembre 2004; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica efectuo un Examen Especial no programado orientado a evaluar el resultado del cumplimiento de la normativa vigente a nivel de sus sistemas administrativos y operativos, asi como a la verificacion de las denuncias presentadas por supuestos

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