Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2018 (06/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Viernes 6 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

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Secretario General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la médico cirujano Yolanda Tomasa Orozco Mori de Rosalino en el cargo de Directora Ejecutiva (CAP-P N° 1800), Nivel F-4, de la Dirección de Monitoreo y Evaluación de la Gestión en Salud de la Dirección General de Operaciones en Salud del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1666833-2

Permanencia - PTP; luego de lo cual el acta expedida queda sin efecto; Que, en tal sentido, corresponde al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo establecer disposiciones que regulen la contratación laboral de las personas de nacionalidad venezolana que cuentan con el Permiso Temporal de Permanencia - PTP o con el Acta de Permiso de Trabajo Extraordinario - Provisional; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Dirección General de Trabajo y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el inciso d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto La presente resolución ministerial tiene por objeto establecer disposiciones para la contratación laboral de personas de nacionalidad venezolana con Permiso Temporal de Permanencia - PTP o Acta de Permiso de Trabajo Extraordinario - Provisional. Artículo 2.- Ámbito de aplicación La presente resolución ministerial se aplica a la contratación laboral de personas de nacionalidad venezolana que cuentan con el Permiso Temporal de Permanencia - PTP o con el Acta de Permiso de Trabajo Extraordinario - Provisional regulados por las normas emitidas por el Sector Interior. Artículo 3.- Régimen laboral aplicable La contratación laboral señalada en el artículo anterior se sujeta al régimen laboral de la actividad privada, con las particularidades establecidas por la presente norma. Artículo 4.- Liberación de restricciones laborales La liberación de las restricciones laborales a que se refiere las normas emitidas por el Sector Interior, no comprenden los límites porcentuales que establece el artículo 4 y la contratación temporal prevista en el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 689, Ley para la contratación de trabajadores extranjeros. Artículo 5.- Formalidad y duración del contrato 5.1 El contrato de trabajo a que se refiere la presente norma, así como sus prórrogas y modificaciones, se celebran por escrito y a plazo determinado. El plazo que fijen las partes no puede ser superior a la vigencia del Acta de Permiso de Trabajo Extraordinario Provisional o del Permiso Temporal de Permanencia - PTP. 5.2 La vigencia del Acta de Permiso de Trabajo Extraordinario - Provisional o del Permiso Temporal de Permanencia - PTP constituyen condiciones necesarias para la celebración del contrato de trabajo, así como para sus prórrogas y modificaciones. 5.3 Las partes pueden acordar que el contrato de trabajo se prorrogue automáticamente conforme a la prórroga del Acta de Permiso de Trabajo Extraordinario - Provisional o del Permiso Temporal de Permanencia PTP, por igual o menor plazo. 5.4 La pérdida de vigencia del Acta de Permiso de Trabajo Extraordinario - Provisional o del Permiso Temporal de Permanencia - PTP, así como el no otorgamiento de este permiso, según corresponda, constituye una condición resolutoria que extingue automáticamente el contrato de trabajo, en aplicación de lo dispuesto en el literal c) del artículo 16 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR.

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Establecen disposiciones para la contratación laboral de personas de nacionalidad venezolana con Permiso Temporal de Permanencia - PTP o Acta de Permiso de Trabajo Extraordinario Provisional
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 176-2018-TR Lima, 5 de julio de 2018 VISTOS: El Informe Nº 70-2018-MTPE/2/14.1 de la Dirección de Políticas y Normativa de Trabajo de la Dirección General de Trabajo y el Informe Nº 1703-2018MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante los Decretos Supremos Nº 002-2017IN, Nº 023-2017-IN y Nº 001-2018-IN, el Estado peruano ha establecido los lineamientos para el otorgamiento del Permiso Temporal de Permanencia - PTP para las personas de nacionalidad venezolana que se encuentren en el país; Que, las normas antes indicadas señalan en su artículo 12 que la Superintendencia Nacional de Migraciones comunica al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo el otorgamiento del Permiso Temporal de Permanencia - PTP, a efectos que se libere a la persona beneficiaria de las restricciones de carácter laboral; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 0000165-2018-MIGRACIONES, se dispone la entrega gratuita del "Acta de Permiso de Trabajo ExtraordinarioProvisional" a favor de los ciudadanos venezolanos que formulen o ya se encuentren en trámite de solicitud para el otorgamiento del Permiso Temporal de Permanencia PTP; Que, el Acta de Permiso de Trabajo Extraordinario - Provisional, señalado en el párrafo anterior, habilita al ciudadano venezolano a realizar actividades generadoras de renta de manera subordinada o independiente, por el plazo de sesenta (60) días calendario, susceptible de prórroga automática, hasta la culminación del procedimiento de otorgamiento del Permiso Temporal de

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