Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2018 (06/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Viernes 6 de julio de 2018 /

El Peruano

Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: "Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Lima ­ Canta ­ La Viuda - Unish, Tramo: Canta - Huayllay" y el valor de la Tasación del mismo, el cual asciende a S/ 885,914.46, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL consigne en el Banco de la Nación el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble afectado a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen

que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el inmueble desocupado, o treinta (30) días hábiles de estar ocupado o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones



SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO

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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES/ PROVIAS NACIONAL

ANEXO VALOR DE LA TASACION DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA LIMA ­ CANTA ­ LA ­ VIUDA - UNISH, TRAMO: CANTA ­ HUAYLLAY IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE SUJETO ÁREA PASIVO CODIGO: LCA-085A AFECTADA: AFECTACION: Parcial del Inmueble 9,032.01 m2 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL ÁREA - Por el Norte: Colinda con la U.C.10327 de propiedad del Señor Donato DEL INMUEBLE AFECTADO - DATUM WGS84 - ZONA 18 Gutiérrez Ancheray, en línea recta 16 - 17 de 41.30 m. VERTICE LADO DISTANCIA ESTE (X) NORTE (Y) - Por el Sur: Colinda con la U.C.00929 de propiedad de la Sucesion de 1 01-02 9.42 283826.6871 8696662.0560 la Cruz Marín, en línea quebrada de 02 tramos: 27 ­ 28 de 57.00 m, 2 02-03 8.34 283822.4471 8696670.4658 28 ­ 29 de 1.69 m. 3 03-04 23.14 283819.6171 8696678.3157 FRANKLIN - Por el Este: Colinda con la carretera Lima - Canta, en línea quebrada de 4 04-05 13.22 283823.0070 8696701.2054 GAMANIEL 10 tramos: 17 ­ 18 de 21.94 m, 18 ­ 19 de 11.97 m, 19 ­ 20 de 10.97 m, 5 05-06 2.58 283824.7470 8696714.3152 OLIVEROS 20 ­ 21 de 18.58 m, 21 ­ 22 de 9.67 m, 22 ­ 23 de 17.58 m, 23 ­ 24 de 6 06-07 3.02 283825.0770 8696716.8752 FALCON 20.46 m, 24 ­ 25 de 48.14 m, 25 ­ 26 de 14.53 m y 26 ­ 27 de 9.67 m. 7 07-08 11.41 283826.2770 8696719.6452 - Por el Oeste: Colinda con la U.C.007015 de propiedad de terceros, en 8 08-09 7.25 283829.1369 8696730.6950 línea mixta de 18 tramos: 01 ­ 02 de 9.42 m, 02 ­ 03 de 8.34 m, 03 ­ 04 9 09-10 15.07 283832.0468 8696737.3349 de 23.14 m, 04 ­ 05 de 13.22 m, 05 ­ 06 de 2.58 m, 06 ­ 07 de 3.02 m, 10 10-11 10.88 283838.6667 8696750.8747 07 ­ 08 de 11.41 m, 08 ­ 09 de 7.25 m, 09 ­ 10 de 15.07 m, 10 ­ 11 de 11 11-12 12.74 283839.7467 8696761.7046 10.88 m, 11 ­ 12 de 12.74 m, 12 ­ 13 de 9.01 m, 13 ­ 14 de 12.78 m, 14 12 12-13 9.01 283840.9866 8696774.3844 ­ 15 de 14.88 m, 15 ­ 16 de 3.71 m, 29 ­ 30 de 5.13 m, 30 ­ 31 de 13 13-14 12.78 283841.2966 8696783.3843 17.18 m y 31 ­ 01 de 8.17 m. 14 14-15 14.88 283839.0566 8696795.9641 15 15-16 3.71 283833.7967 8696809.8839 16 16-17 41.30 283834.7267 8696813.4739 17 17-18 21.94 283875.4861 8696806.8440 18 18-19 11.97 283872.9662 8696785.0443 PARTIDA REGISTRAL N° P01137878 de la Oficina Registral de Lima 19 19-20 10.97 283874.3762 8696773.1545 Norte, Zona Registral N° IX - Sede Lima. 20 20-21 18.58 283875.1862 8696762.2147 21 21-22 9.67 283876.5762 8696743.6849 CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Expedido el 26.02.2018 22 22-23 17.58 283877.7762 8696734.0851 por la Oificna Registral de Lima Norte, Zona Registral N° IX - Sede Lima. 23 23-24 20.46 283882.9762 8696717.2953 24 24-25 48.14 283884.6762 8696696.9056 CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL: Expedido el 15.09.2017 25 25-26 14.53 283885.3763 8696648.7663 (Informe Tecnico N° 19732-2017-SUNARP-Z.R.N° IX/OC) por la Oficina 26 26-27 9.67 283885.6663 8696634.2365 Registral de Lima, Zona Registral N° IX - Sede Lima. 27 27-28 57.00 283884.6163 8696624.6266 28 28-29 1.69 283828.1071 8696632.0964 29 29-30 5.13 283826.4271 8696632.3164 30 30-31 17.18 283828.0071 8696637.1963 31 31-01 8.17 283829.3271 8696654.3261

VALOR DE LA TASACIÓN (S/)

885,914.46

1666361-1

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