Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2018 (06/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Viernes 6 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

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Especial de Infraestructura de Transporte Departamental - PROVÍAS DEPARTAMENTAL y el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVÍAS RURAL, correspondiéndole a este último la calidad de entidad incorporante, resultando de dicha fusión la Unidad Ejecutora denominada Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO; Que, el artículo 2 del Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO, aprobado por la Resolución Ministerial N° 11822017-MTC/01.02, publicada el 12 de diciembre de 2017, en adelante el "Manual de Operaciones", establece que PROVÍAS DESCENTRALIZADO es un proyecto especial, que tiene a su cargo actividades de preparación, gestión, administración, y de ser el caso la ejecución de proyectos y programas de infraestructura de transporte departamental y vecinal o rural en sus distintos modos; así como el desarrollo y fortalecimiento de capacidades institucionales para la gestión descentralizada del transporte departamental y vecinal o rural; constituye unidad ejecutora, depende del Viceministerio de Transportes; y tiene como objetivo promover, apoyar y orientar el incremento de la dotación y la mejora de la transitabilidad de la infraestructura de transporte departamental y vecinal o rural, y el desarrollo institucional, en forma descentralizada, planificada, articulada y regulada, con la finalidad de contribuir a la superación de la pobreza y al desarrollo del país; Que, el artículo 6 del Manual de Operaciones establece la estructura orgánica del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO, considerando como Órgano de Apoyo, entre otros, a la Oficina de Tecnologías de la Información; Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO; Que, se ha visto por conveniente designar al profesional que ocupará el cargo de Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO; Con el visto bueno de la Oficina de Recursos Humanos y la Oficina de Asesoría Jurídica, cada una en el ámbito de su competencia; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, el Decreto Supremo N° 029-2006-MTC y la Resolución Ministerial N° 086-2018-MTC/01.02; y, en uso de la atribución conferida por el artículo 7 y el literal l) del artículo 8 del Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO, aprobado por la Resolución Ministerial N° 1182-2017-MTC/01.02; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al Ingeniero Hernán Edy Patricio Alvarez en el cargo de Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado PROVÍAS DESCENTRALIZADO, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al Ingeniero Hernán Edy Patricio Alvarez, así como a los Órganos del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado PROVÍAS DESCENTRALIZADO, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS EDUARDO REVILLA LOAYZA Director Ejecutivo 1666948-1

Otorgan renovación de permiso operación a Lufthansa Cargo AG
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 496-2018-MTC/12 Lima, 5 de junio del 2018

de

VISTO: La solicitud de LUFTHANSA CARGO AG sobre Renovación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo No Regular Internacional de carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 272-2014MTC/12 del 10 de junio de 2014, se otorgó a LUFTHANSA CARGO AG, Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo No Regular Internacional de carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años, hasta el 05 de julio de 2018; Que, con documento de Registro Nº T-066360-2018 del 09 de marzo de 2018, LUFTHANSA CARGO AG solicitó la renovación del referido Permiso de Operación, en los mismos términos, por el plazo de cuatro (04) años; Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, según lo establecido en el artículo 176º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, procede la renovación del permiso de operación cuando subsistan las condiciones que posibilitaron su otorgamiento; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; Que, según los términos del Memorando Nº 409-2018MTC/12.LEG, Memorando N° 043-2018-MTC/12.POA, Memorando Nº 392-2018-MTC/12.07.CER, Memorando Nº 063-2018-MTC/12.07.PEL e Informe N° 554-2018MTC/12.07, emitidos por las áreas competentes de esta Dirección General de Aeronáutica Civil y que forman parte de la presente Resolución Directoral, conforme a lo dispuesto en el artículo 6°, numeral 6.2 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley N° 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC, demás disposiciones legales vigentes, y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a LUFTHANSA CARGO AG, de conformidad con el artículo 5° del Convenio sobre Aviación Civil Internacional hecho en Chicago el 07 de diciembre de 1944 (Convenio de Chicago) y sujeto al principio de reciprocidad, la renovación de su Permiso de Operación por el plazo de cuatro (04) años, contados a partir del 06 de julio de 2018, día siguiente al vencimiento de la Resolución Directoral N° 272-2014-MTC/12 del 10 de junio de 2014, en los mismos términos y condiciones: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial: Servicio de Transporte Aéreo No Regular de carga y correo.

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