Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2018 (06/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

Viernes 6 de julio de 2018 /

El Peruano

Red Vial N° 5: Tramo Ancón ­ Huacho ­ Pativilca, de la Carretera Panamericana Norte y el valor de la Tasación del mismo ascendente a S/ 20,738.80, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, a efectos de inscribir el bien inmueble expropiado a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del inmueble
ANEXO

afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario las áreas expropiadas del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, requiriéndole la desocupación y entrega de las áreas expropiadas del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse las áreas del inmueble desocupadas, o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones

VALOR DE LA TASACIÓN DE LAS ÁREAS DEL INMUEBLE AFECTADO POR EL DERECHO DE VIA DEL PROYECTO RED VIAL N° 5: TRAMO ANCON - HUACHO - PATIVILCA DE LA CARRETERA PANAMERICANA NORTE SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO VALOR DE LA TASACIÓN (S/) AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble



IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE

CÓDIGO: RV5-12241A

AREA AFECTADA: 1,036.94 m2

LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE AFECTADA N° 1: ÁREA AFECTADA N° 1 · Por el Norte: Con el predio UC 12241 (Remanente), con línea WGS84 recta de (01) tramo 1-2 (4.89 m). DISTANCIA · Por el Este: Con la Carretera Panamericana Norte, con línea VÉRTICES LADO (m) ESTE (X) NORTE (Y) recta de (01) tramo 2-3 (61.78 m). 1 1-2 4.89 217390.2050 8775331.1964 · Por el Sur: Con el predio UC 12241 (Remanente), con línea recta de (01) tramo 3-4 (4.99 m). 2 2-3 61.78 217394.7341 8775333.0409 · Por el Oeste: Con el predio UC 12241 (Remanente), con línea 3 3-4 4.99 217418.0316 8775275.8230 recta de (01) tramo 4-1 (61.78 m). 4 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA N° 2: · Por el Norte: Con el predio UC 12241 (Remanente), con línea EMPRESA recta de (01) tramo 1-2 (5.00 m) AZUCARERA · Por el Este: Con el predio UC 12241 (Remanente), con línea VÉRTICES EL INGENIO recta de (01) tramo 4-1 (146.32 m) S.A. · Por el Sur: Con el predio UC 12241 (Remanente), con línea 1 recta de (01) tramo 3-4 (5.00 m) · Por el Oeste: Con la Carretera Panamericana Norte, con línea 2 recta de (01) tramo 2-3 (146.32 m) 3 PARTIDA REGISTRAL: N° 40004442 perteneciente a Oficina Registral de Huacho, Zona Registral N° IX, Sede Lima. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 10.10.2017 (Informe Técnico N° 22024-2017-SUNARPZ.R.N° IX/OC), expedido por la Oficina Registral de Huacho, Zona Registral N° IX - Sede Lima. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 10.04.2018, expedido por la Oficina Registral Huacho, Zona Registral N° IX - Sede Lima. 4 4-1 61.78 217413.4067 8775273.9389

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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONAL

ÁREA AFECTADA N° 2 LADO 1-2 2-3 3-4 4-1 DISTANCIA (m) 5.00 146.32 5.00 146.32 WGS84 ESTE (X) 217477.4296 217482.0598 217537.2885 217532.6584 NORTE (Y) 8775249.3679 8775251.2550 8775115.7534 8775113.8661 20,738.80

1666361-3

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