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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (06/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 191367 NORMAS LEGALES Lima, domingo 6 de agosto de 2000 ANEXO 1.C CARACTERISTICAS TECNICAS DE LA INTERCONEXION 1. ESPECIFICACIONES TECNICAS 1.1 Especificaciones técnicas de los enlaces: Los equipos de transmisión para los enlaces de interconexión tendrán las velocidades de 155 Mbps, 140 Mbps, 34 Mbps, 8 Mbps ó 2 Mbps. Todas las características físicas y eléctricas y las estructuras de tramas de los enlaces de interconexión seguirán las recomendaciones UIT-T aplicables para sistemas de transmisiones digitales, tales como: a. Los canales de hasta 64 Kbps de una trama de 2 Mbps: G.703, G.821, G.823 y G.732. b. Para enlaces PDH de 2 a 34 Mbps y tributarios SDH (no incluye enlaces internacionales): G.703, G.704, G.732, G.742, G.823 y G.826 (o G.821) c. Para enlaces SDH (especialmente para la trama STM-1 de 155 Mbps): G.707, G.781, G.782, G.783, G.803, G.825, G.826, G.957 y G.958. 1.2 Especificaciones técnicas del Punto de In- terconexión: El Punto de Interconexión tendrá la velo- cidad de 2Mbps, cumpliendo con las recomendaciones UIT-T y que incorpora una terminación coaxial de 75 ohms desbalanceado. Este Punto de Interconexión estará en el Bastidor de Distribución Digital (DDF), el cual separa la red de cada operador. El DDF será, de preferencia, el especificado según norma ETSI y de requerirse su instalación (en caso de falta de capacidad de los DDF’s de TELEFÓNICA en los puntos de interconexión establecidos o por decisión de BIPER EXPRESS) será instalado por el operador que provea el enlace, en este caso dicho operador suministrará toda la información correspondiente sobre este equipo y las conexio- nes del equipo de transmisión, convenientemente identifica- dos a fin de asegurar una asignación correcta de los enlaces de interconexión, los cuales también estarán claramente identificados. Estos DDF serán equipados con conectores según norma DIN (para cable coaxial de 75 ohms de acuerdo a su espesor, los cuales son denominados como "flex 3", "flex 5" por ejemplo), con clavijas de paso con punto de prueba desacoplado (U LINK) El punto de acceso tendrá la velocidad de 2 Mbps cumpliendo con las recomendaciones UIT-T. Ambos operadores proporcionarán en cada área local y donde se establezca la interconexión números de res- puesta automática, los cuales no serán de uso exclusivo del operador. Estos números de respuesta automática permitirán a los operadores probar los niveles de conti- nuidad y encaminamiento. 2. SEÑALIZACION 2.1 El sistema de señalización por canal común Nº 7 PTM-PUSI deberá utilizarse para el enlace de interco- nexión de acuerdo a las especificaciones utilizadas por TELEFÓNICA. TELEFÓNICA proporcionará a BIPER EXPRESS, en un plazo no mayor de cinco (5) días calendario compu- tados a partir de la vigencia del presente MANDATO, las especificaciones de la señalización por canal común Nº 7 PTM- PUSI que usa en el Perú. 2.2 Si hubiera algún cambio en estas especificaciones, TELEFÓNICA informará a BIPER EXPRESS con 3 me- ses de anticipación, en el caso de cambios mínimos y con 6 meses de anticipación en el caso de cambios mayores. Se entiende por cambio mínimo aquellas correcciones que no requieren un cambio sustancial en el software y que generalmente son realizadas mediante "parches". Los cambios mayores son los que requieren una actuali- zación más detallada de las especificaciones inicialmen- te establecidas del software, que pueden implicar una actualización de versión. 2.3 En el caso que TELEFÓNICA establezca un Punto de Transferencia de Señalización (PTS) para la atención del área local donde se establezca la interco- nexión y de demostrarse la necesidad de su uso, con un mínimo de seis meses de anticipación, BIPER EXPRESS entregará un E1 previo acuerdo (por cada PTS a interco- nectar) hasta el punto de interconexión que se usarápara conectarse al punto de transferencia de señaliza- ción de TELEFÓNICA. En caso contrario, la señaliza- ción se establecerá mediante la señalización por canal común Nº 7 en modo asociado. 2.4 TELEFÓNICA y BIPER EXPRESS se proveerán mutuamente y de manera oportuna sus respectivos códigos de los puntos de señalización, a fin de que sean programados en sus redes, cautelando que la presente relación de interconexión se realice en las fechas previs- tas en el presente MANDATO. 2.5 TELEFÓNICA y BIPER EXPRESS acordarán las características de la información a enviar, tales como número A, número B, cantidad de dígitos a enviar, natu- raleza de los tipos de números a enviar y toda la informa- ción necesaria para hacer efectiva la interconexión. 2.6 La señalización que utilicen las partes, deberá ade- cuarse a la normativa que para tal efecto emita el MTC. 3. MEDIOS DE TRANSMISION Para el enlace de interconexión se emplearán cables de fibra óptica monomodo. 4. ENCAMINAMIENTO El encaminamiento de las llamadas se regirá bajo el principio de neutralidad. Por lo tanto, las llamadas originadas y terminadas en la red de TELEFÓNICA , hacia y desde la red de BIPER EXPRESS deberán tener el mismo tratamiento de las llamadas hacia y desde la red de larga distancia de TELEFÓNICA. En el caso que haya más de un punto de interconexión en el área local, TELEFÓNICA y BIPER EXPRESS entregarán las llamadas en los puntos de interconexión, usando el encaminamiento por doblete, bajo la misma señalización, siempre y cuando BIPER EXPRESS se encuentre interco- nectado a por lo menos dos puntos de interconexión 5. SINCRONIZACION TELEFÓNICA y BIPER EXPRESS utilizarán su propio sistema de sincronización, en su modalidad ple- siócrona. En caso BIPER EXPRESS lo crea conveniente, podrá sincronizar su red tomando la señal de los tributa- rios del enlace de interconexión. 6. NUMERACION TELEFÓNICA presentará a BIPER EXPRESS y a OSIPTEL, dentro de los diez (10) días calendario, compu- tados a partir de la vigencia del presente MANDATO, los códigos de área y los códigos de central utilizados para el servicio telefónico fijo en todo el territorio nacional, adicionando los dígitos necesarios que permitan un co- rrecto encaminamiento y tarificación de las llamadas. Las partes intercambiarán información actualizada sobre las series de numeración telefónica asignada a cada una. La información será enviada por el medio de comunicación que para tal efecto las partes acuerden. ANEXO 1.D PROTOCOLO DE PRUEBAS TECNICAS DE ACEPTACION DE EQUIPOS Y SISTEMAS 1. PRUEBA DE ACEPTACION Luego de la instalación de la central de BIPER EXPRESS, enlace o troncal de interconexión, que esté directamente conectado a la red de TELEFÓNICA, am- bos operadores llevarán a cabo de manera conjunta las pruebas de aceptación. El propósito de estas pruebas es verificar la capacidad de comunicarse de ambos siste- mas, de tal manera que se garantice una alta calidad de conexión y operación entre ambas redes. 1.1 Notificación de pruebas a) El operador que instale el nuevo equipo y/o enlace de interconexión, propondrá por escrito, a más tardar una semana después de haber terminado la instalación, la fecha, hora y lugar para llevar a cabo las pruebas de aceptación. TELEFÓNICA y BIPER EXPRESS fijarán de mutuo acuerdo la fecha y la hora de las pruebas. Ambos operadores garantizarán la disponibilidad de su personal técnico para la ejecución de las pruebas de