Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2001 (11/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 11 de febrero de 2001

(3) Las areas que contienen la Unidad Auxiliar de Potencia, calefactor - quemador de combustible, y otros equipamientos de combustion. 121.255 Fluidos inflamables (a) Ningun tanque o reservorio, que sea parte de un sistema que contiene liquidos o gases inflamables, podra ser colocado en las zonas de posibilidad de fuego, excepto cuando el fluido contenido, el diseno del sistema, los materiales usados en el tanque, los medios para cortar el suministro y las conexiones, lineas y controles, provean un nivel de seguridad equivalente (b) Se proveera al menos 12.25 mm. (1/2") de espacio entre cualquier tanque o reservorio y una pared de fuego o deflector que aisle una MORDAZA de posibilidad de fuego. 121.257 Medios de corte (a) Cada motor debe tener un medio para corte u otra manera de prevenir que cantidades peligrosas de combustible, aceite, anticongelante, u otros fluidos inflamables fluyan dentro, entre o a traves de cualquier MORDAZA designada con probabilidad de fuego. Sin embargo, estos medios no necesitan ser provistos para cortar el flujo en las lineas que son una parte integral de un motor. (b) Los medios de corte deben permitir una secuencia de operacion de emergencia que sea compatible con las operaciones de emergencia de otros equipos, tales como embanderamiento de helice, para facilitar el rapido y efectivo control del fuego. (c) Los medios de corte deben estar localizados fuera de las zonas designadas con probabilidad de fuego, a menos que se los provea de medidas de seguridad equivalentes, y estos deben demostrar que no drenaran cantidades peligrosas de fluidos inflamables dentro de cualquier MORDAZA designada con probabilidad de fuego luego del corte. (d) Deben ser tomadas provisiones adecuadas para prevenir la operacion inadvertida de los medios de corte y que sea posible para la tripulacion la reapertura de las valvulas de corte despues que las mismas hayan sido cerradas. 121.259 Lineas y conexiones (a) Cada linea y sus conexiones, que este localizada en una MORDAZA designada con probabilidad de fuego, si MORDAZA transporta fluidos inflamables o gases a presion, o esta directamente sujetada al motor, o a movimientos relativos entre los componentes (excepto las lineas y conexiones que forman parte integral del motor), deberan ser flexibles y resistentes al fuego, con extremos fijos de fabrica, de desconexion rapida u otras conexiones resistentes al fuego aprobadas. (b) Las lineas y conexiones que no esten sujetas a presion o movimiento relativo entre componentes, deberan ser de material resistente al fuego. 121.261 Lineas de ventilacion y drenaje Todas las lineas de ventilacion y drenaje y sus aseguramientos, que esten localizadas en la MORDAZA de posibilidad de fuego deben, si ellas transportan fluidos inflamables o gases, cumplir con la Seccion 121.259 de esta Suparte, si la DGAC determina que la ruptura o dano de cualquier linea de drenaje o ventilacion puede resultar en un peligro de fuego. 121.263 Sistemas extintores de fuego (a) Excepto cuando el Poseedor de un Permiso de Operacion demuestre que tiene proteccion equivalente contra la destruccion de la aeronave en el caso de incendio por el uso de materiales a prueba de fuego en las cubiertas de motor y en otros componentes que pueden estar sujetos a llamas, se debe proveer sistemas extintores de incendio para servir a todas las zonas designadas de fuego. (b) Los materiales en el sistema extintor de fuego no deben reaccionar quimicamente con el agente extintor de tal forma que resulte peligrosa.

121.265 Agentes extintores de fuego Unicamente bromuro de metilo, dioxido de carbono, u otro agente que MORDAZA demostrado proveer una accion extintora equivalente puede ser utilizado como un agente extintor de fuego. Si se utiliza bromuro de metilo o cualquier otro agente toxico, se deben tomar las medidas para la prevencion de concentraciones peligrosas de fluidos o vapores de fluidos y evitar su ingreso a cualquier compartimiento personal, tanto a causa del fuego durante la operacion normal de la aeronave como a causa de la descarga del agente extintor en tierra o en vuelo cuando existe un defecto en el sistema extintor. Si se usa un sistema de bromuro de metilo, los contenedores deben ser cargados con el agente seco y sellados por el fabricante del extintor o alguna otra persona que utilice un equipo satisfactorio de recarga. Si se usa dioxido de carbono, no debe ser posible descargar dentro de los compartimientos de personas cantidades excesivas de gas como para crear un peligro de sofocacion a los ocupantes. 121.267 Desahogo de presion de los contenedores de agentes extintores Los contenedores de agentes extintores deben estar provistos de un dispositivo de alivio de presion para prevenir su explosion a causa de una presion interna excesiva. La linea de descarga desde la conexion de alivio debe finalizar fuera de la aeronave en un lugar conveniente para la inspeccion en tierra. Debe colocarse en el terminal de descarga de la linea un indicador que de una indicacion visual cuando el contenedor se MORDAZA descargado. 121.269 Temperatura de los compartimientos en que se encuentran los contenedores de agentes extintores Se deben tomar precauciones para asegurar que los contenedores de agentes extintores MORDAZA ubicados en lugares donde se puedan mantener temperaturas determinadas para el uso efectivo del sistema de extincion. 121.271 Materiales del sistema extintor de incendio (a) Excepto lo previsto en el parrafo (b) de esta seccion, cada componente del sistema de extincion de incendio que este en una MORDAZA designada de fuego debe ser construido de materiales a prueba de fuego. (b) Las conexiones que esten sujetas a movimientos relativos entre componentes de la aeronave deben ser hechas de material flexible que MORDAZA al menos resistentes al fuego y esten localizadas de forma tal que se minimice la posibilidad de falla. 121.273 Sistemas detectores de fuego Se deben proveer suficientes detectores de fuego de accion rapida en cada MORDAZA designada de fuego para asegurar la deteccion de cualquier fuego que pueda ocurrir en esa zona. 121.275 Detectores de fuego Los detectores de fuego deben estar construidos e instalados de una forma tal que asegure su capacidad para resistir, sin MORDAZA, toda vibracion, inercia y otras cargas a las cuales pueden estar sujetos normalmente. Los detectores de fuego no deben ser afectados por la exposicion a humo, aceite, agua u otros fluidos que puedan presentarse. 121.277 Proteccion contra el fuego de otros componentes del avion (a) Excepto lo previsto en el parrafo (b) de esta Seccion, todas las superficies de la aeronave que se encuentren tras de las cubiertas de motor en un area del diametro de cubierta a ambos lados de su linea central deben ser hechas de materiales que MORDAZA resistentes al fuego.

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