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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (29/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 192

TEXTO PAGINA: 138

PÆg. 247044 NORMAS LEGALES Lima, domingo 29 de junio de 2003 (i) Informar al piloto al mando. (ii) La decisión de si continuar el vuelo a destino o de aterrizar en otro aeropuerto debe estar basada en toda la información de la que se disponga; el piloto al mandodebe tomar la decisión final. (iii) Si el tiempo lo permite, y es factible se debe efec- tuar la búsqueda en todas las áreas accesibles en vue-lo. (f) Procedimientos recomendados/amenazas de apoderamiento ilícito. Se debe evaluar todas las ame- nazas de apoderamiento ilícito. Ignorar simplemente una amenaza podría ser desastroso. La norma de-bería ser respuestas razonables basadas en eva- luaciones objetivas de los hechos en cada caso. Amenazas vagas y no específicas no justifican por logeneral nada más que alertar al personal interesado. Los procedimientos tienen como objetivo minimizar los efectos de dicho acto de interferencia ilícita, con-templando inclusive en casos extremos tácticas de tripulación técnica y auxiliar en cuanto a defensa contra secuestradores. Deberá indicarse los proce-dimientos que se emplearan para: (1) Notificación del piloto al mando. Los planes de seguridad de los titulares de certificado deben incluir instrucciones y guía que deben ser entregadas al piloto al mando para estas situaciones. (2) Notificación de la Policía Nacional del Perú. (3) Notificación de la Dirección de Seguridad Aérea de la DGAC. 108.67Operaciones de campo y zonas remo- tas. Toda aeronave que realiza actividades y operacio- nes de campo o en zonas remotas, deberá de realizar losiguiente: (a) Un estudio de seguridad de la zona de operación. (b) Establecer contacto con la Policía Nacional del Perú o entidad de la Fuerza Armada más cercana a la zona de operación, con la finalidad de coordinar algúntipo de apoyo en caso de ser requerido. (c) Establecer el procedimiento más rápido y seguro de comunicación con la DGAC y la Policía Nacional delPerú, en el caso de que ocurra algún acto de interferen- cia ilícita. 108.69 Mercancías peligrosas Toda aeronave deberá asegurarse que no transpor- ta cualquier mercancía peligrosa prohibida y en caso de tener que hacerlo tendrá que: (a) Informar a la DGAC para su autorización. (b) La carga o material conteniendo mercancía peli- grosa tendrá que ser manipulada por personal capacita-do. (c) De ser autorizado para transportar mercancía peligrosa, deberá realizarlo de acuerdo a las normasdispuestas en la Parte 110. 108.71Cumplimiento de la Parte 108 Los operadores bajo la Parte 135 deberán de respe- tar y cumplir con lo señalado en las Partes 108.7, 108.15,108.29, 108.41, 108.47, 108.49, 108.53. 108.73 Escuelas de pilotos y aeroclubes (a) Toda escuela de pilotos y aeroclubes deberán de desarrollar y aplicar un procedimiento de verificación de antecedentes de sus alumnos y socios, debiendo de informar a la DGAC y a las autoridades policiales si sesospecha de ciertas actitudes extrañas. (1) Deberán estar atentos entre otras actitudes a:(i) Pagar por su entrenamiento en efectivo. (ii) Mostrar interés en solo algunos aspectos del en- trenamiento. (iii) Abandonar súbitamente el entrenamiento.(2) Deberán establecer procedimientos con la finali- dad de que sus aeronaves se encuentren seguras y no sean susceptibles a algún acto de interferencia ilícita. (3) Deberán de asegurarse de que personas no au- torizadas ingresen a las aeronaves. (4) Deberán asegurarse de que no se permita el in- greso de objetos prohibidos. 108.75 Talleres de Mantenimiento Aeronáutico (a) Deberán desarrollar y aplicar un procedimiento de seguridad con la finalidad de proporcionar vigilancia y seguridad a las aeronaves que están a su cargo. (b) Asimismo, en los vuelos que se generen por el TMA, se realizara una verificación de la aeronave y de los tripulantes. 108.77 Aviación general Los propietarios de aeronaves privadas deberán de asegurarse que sus aeronaves cuenten con una segu- ridad mínima que impida su fácil acceso y manipuleo aestas, en el caso que sea víctima de un acto de interfe- rencia ilícita reportarlo rápidamente a la autoridad. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL REGULACIONES AERONÁUTICAS DEL PERÚ R A P - 109 AGENTE ACREDITADO Y ALMACENES DE CARGA Y CORREO REFERENCIA: ANEXO 17 SEGURIDAD CAPÍTULO VI: REGLAS DE VUELO, TRÁNSITO AÉ- REO Y REGLAS GENERALES DE OPERACIÓN Sección: 109.1 Aplicabilidad. 109.3 Requisitos generales. 109.5 Programa de seguridad.109.7 Aprobación de programas de seguridad y en- miendas. 109.9 Almacenes y registros informáticos.109.11Control y vigilancia. 109.13Calibración de equipos. 109.15 Restricciones de operación.109.17Condiciones y reglas de operación. 109.19Cláusula de incumplimiento. AGENTE ACREDITADO Y ALMACENES DE CAR- GA Y CORREO Sección: 109.1Aplicabilidad (a) La presente Parte de las RAP dispone las reglas de seguridad de la aviación que rigen a todo agente acreditado, que incluye a todo agente de carga, conce- sionario postal y a toda entidad de que realiza laboresdirectas e indirectas de transporte aéreo de pertenen- cias; (b) Para los propósitos de la presente Parte, perte- nencias significa cualquier tipo de carga en paquete. (c) Para los propósitos de la presente Parte, agente acreditado significa cualquier agente de carga, expedi-dor de carga o cualquier otra entidad que mantiene rela- ciones comerciales con un explotador de servicios aé- reos y proporciona controles de seguridad, que estánaceptados por la autoridad competente, en relación con la carga, encomiendas de mensajería y por expreso o el correo. (d) Los agentes de carga que se encuentran regis- trados en la DGAC, deberán de adecuarse a lo estipula- do en la presente Parte, con la finalidad de obtener una