Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (12/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 39

El Peruano Miércoles 12 de noviembre de 2014 537429 el Plan de Participación Ciudadana y el Cronograma de Inversión Social Artículo 54°.- Valorización Económica del Impacto Ambiental El estudio ambiental debe contener la valoración económica del impacto ambiental, el cual comprenderá la estimación de los impactos ambientales signifi cativos del proyecto, que han sido identifi cados en el estudio de impacto ambiental, respecto de los cuales se considerará para efectos del cálculo de la valorización, los valores de uso, directo e indirecto, el uso actual y potencial del área, la que debe contemplar los costos de las medidas de prevención, mitigación, control, o rehabilitación, así como el costo de las medidas de compensación ambiental que corresponda ejecutar en cumplimiento de la legislación vigente, entre otros criterios que resulten relevantes de acuerdo al caso y los que se defi na en las metodologías ofi ciales que apruebe el Ministerio del Ambiente. También se debe incluir el análisis costo-benefi cio del proyecto minero. Artículo 55°.- De la Supervisión y Fiscalización de la Estrategia de Manejo Ambiental y otras obligaciones La entidad a cargo de la fi scalización ambiental verifi cará el cumplimiento de la Estrategia de Manejo Ambiental del estudio. En caso se verifi que que las medidas aplicadas en campo difi eren signifi cativamente de las consignadas en la Estrategia de Manejo Ambiental del instrumento ambiental aprobado, la entidad a cargo de la fi scalización podrá requerir al titular de la actividad, adopte las medidas correctivas o de manejo ambiental que resulten necesarias para controlar o mitigar sus efectos, sin perjuicio de requerir la actualización del estudio ambiental ante la Autoridad Ambiental Competente. El titular minero deberá presentar un informe de cumplimiento de la Estrategia de Manejo Ambiental en la oportunidad de la presentación de la Declaración Anual Consolidada-DAC-. TÍTULO V DE LOS ASPECTOS SOCIALES EN LAS ACTIVIDADES MINERAS Capítulo 1 Aspectos generales Artículo 56°.- Obligación de incorporar los aspectos sociales en la evaluación del impacto de los proyectos mineros El titular de la actividad minera debe incorporar en la evaluación de los impactos ambientales del proyecto minero, los aspectos sociales desarrollados en el presente título, los recogidos en la normatividad ambiental relacionada, así como considerar lo señalado en las guías ambientales y sociales vigentes, teniendo en cuenta la estructura establecida en los términos de referencia aplicables. Los aspectos sociales de los Estudios Ambientales comprenden: a) La determinación del área de infl uencia social. b) La línea base social. c) La identifi cación y evaluación de los posibles impactos sociales d) El plan de gestión social. Los aspectos sociales contenidos en los estudios ambientales así como el detalle de las actividades a desarrollar, deberán considerar las características del proyecto y de sus áreas de infl uencia y de la población relacionada. Artículo 57°.- Principios de la Gestión Social Son principios de la gestión social: 57.1 Enfoque de Desarrollo Sostenible Contribuir al desarrollo sostenible de las capacidades de las poblaciones ubicadas en el área de infl uencia directa social del proyecto minero, procurando, afi anzar el desarrollo y el fortalecimiento de la institucionalidad local de manera conjunta con ella, así como la compatibilidad entre la actividad minera y las actividades económicas locales orientados a la diversifi cación económica y la sostenibilidad local más allá de la vida útil de las actividades mineras. 57.2 Excelencia Ambiental y Social Realizar las actividades mineras en el marco de las políticas y normas sectoriales, Política Nacional del Ambiente y el Plan Nacional de Acción Ambiental, en su interdependencia con el entorno social, desarrollando una gestión social y ambiental con criterios de mejora continua y procurando el uso y manejo responsable de los recursos naturales para impulsar el desarrollo social. 57.3 Cumplimiento de Acuerdos Cumplir los compromisos sociales asumidos por todas las partes, mediante convenios, actas, contratos y estudios ambientales en los plazos defi nidos en dichos documentos. 57.4 Relacionamiento Responsable Respetar a las personas, agrupaciones organizadas, instituciones, autoridades y estilos de vida locales. Promover acciones que fortalezcan la confi anza entre los actores relacionados con el proyecto minero, a través de mecanismos y procesos que promuevan la participación ciudadana, la prevención y gestión de confl ictos, así como la utilización de mecanismos alternativos de solución. 57.5 Empleo Local Promover preferentemente la contratación de personal local, para realizar labores mineras o relacionadas con la misma, según los requerimientos del titular en las diversas etapas del proyecto minero y privilegiando la búsqueda del consenso con la población del área de infl uencia directa social y brindando cuando sea posible, las oportunidades de capacitación requeridas, reconversión laboral y el desarrollo de emprendimientos. 57.6 Desarrollo Económico Contribuir al desarrollo económico local y regional a través de la adquisición preferente de bienes y servicios locales y/o regionales en condiciones razonables de calidad, oportunidad y precio para ambas partes. Asimismo, apoyar iniciativas empresariales que busquen la diversifi cación y autosostenimiento de las actividades económicas locales. 57.7 Diálogo Continuo Mantener un diálogo continuo, oportuno y transparente con las autoridades regionales y locales y con las poblaciones del área de infl uencia del proyecto minero, bajo un enfoque intercultural, proporcionándoles información adecuada, oportuna y accesible sobre sus actividades mineras en un lenguaje idóneo a través de los medios de comunicación predominantes en la zona. Esto con el objetivo de facilitar el intercambio de opiniones y sugerencias con participación de los principales actores involucrados, de conformidad con las normas de participación ciudadana vigentes. 57.8 Interculturalidad Desarrollar mecanismos y procesos de gestión social adecuados para identifi car, reconocer, valorar, respetar, proteger y adaptarse a las diferencias culturales existentes, entre todos los grupos humanos ubicados en la zona de infl uencia del proyecto, facilitando procesos de comunicación social y cultural efi caces, efi cientes y sostenibles. 57.9 Participación Los titulares de los proyectos deberán implementar mecanismos y procesos de participación ciudadana que involucren a las poblaciones ubicadas en el área de infl uencia del proyecto. En especial a las poblaciones que pudieran verse impactadas directamente en sus estilos, intereses y calidad de vida. Esto conlleva el deber de realizar una participación informada y responsable, acorde con las normas legales vigentes. El derecho de participación en asuntos referidos a la actividad minera, se ejercita actuando con buena fe, transparencia y veracidad.