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El Peruano Miércoles 12 de noviembre de 2014 537433 a) El control de las emisiones que se generen, en las diferentes etapas que lo requieran. b) El manejo y control de reactivos para evitar impactos al ambiente. c) Implementar sistemas de control de infi ltraciones para evitar o mitigar impactos al suelo o al agua subterránea. d) La impermeabilización del área para la acumulación del mineral en los procesos de lixiviación, así como el control, monitoreo y manejo de las posibles infi ltraciones que se puedan generar. e) Implementar sistemas de contención primaria y secundaria de soluciones o pulpas en el caso de tanques de lixiviación. f) El control y tratamiento de emisiones de mercurio (Hg), cuando corresponda. g) El manejo, transporte y tratamiento de soluciones del proceso de lixiviación. h) La estabilidad química de los residuos sólidos. i) Manejo y tratamiento de efl uentes, cuando corresponda, incluyendo el balance de agua de procesos y determinando la conveniencia de implementación de pozas de contención de soluciones para grandes eventos (lluvias máximas de 24 horas estimadas según periodo de retorno que sean aplicables). Artículo 79°.- Procesos bio-hidrometalúrgicos En los procesos bio-hidrometalúrgicos de lixiviación bacteriana de minerales sulfurados u oxidados de baja ley, así como en los concentrados sulfurados, concentración o purifi cación de valores metálicos disueltos en solución y electro-obtención o precipitación de los metales valiosos como productos semiacabados o fi nales, se deben implementar medidas para el manejo y tratamiento de soluciones incluyendo sistemas de contención de soluciones, medidas de bioseguridad, así como la adecuada disposición y estabilización de los residuos. Artículo 80°:- Procesos hidrometalúrgicos a altas presiones y temperaturas En los procesos hidrometalúrgicos de lixiviación a elevadas presiones y temperaturas, para concentrados de metales bases, concentración o purifi cación de valores metálicos disueltos, precipitación de impurezas y electro- obtención de metales valiosos como productos fi nales, se implementarán medidas para: a) El control de las emisiones de material particulado. b) El manejo de insumos. c) El manejo y tratamiento de soluciones y emisiones. d) La estabilidad química de los residuos. e) El manejo, balance de agua y control de efl uentes. Capítulo 5 De la extracción pirometalúrgica Artículo 81°.- Procesos pirometalúrgicos y de sinterización para concentrados de cobre, plomo, zinc y estaño En todos los procesos pirometalúrgicos o piro- hidrometalúrgicos, en especial los relacionados al tratamiento de: concentrados de cobre, tendiente a la producción de cobre metálico impuro; concentrados de plomo, tendiente a la producción de plomo bullón; concentrados conjuntos (bulk) plomo-zinc o zinc, tendiente a la producción de plomo y zinc, concentrados de estaño y sinterización de minerales de hierro, se implementarán entre otras medidas las siguientes: a) El control y manejo de material particulado y la captura y recuperación de emisiones de dióxido de azufre. b) El control y la minimización de las emisiones fugitivas. c) El manejo de insumos. d) El manejo de escorias. e) El manejo, balance de agua y control de efl uentes. f) El manejo de residuos y otros sub productos metálicos. g) En el caso del estaño, el control del contenido de azufre en el concentrado. Capítulo 6 De la Refi nación Artículo 82°.- Refi nación electrolítica En los procesos electrolíticos de refi nación de metales se implementarán, entre otras, medidas, las siguientes: a) El manejo de emisiones gaseosas. b) El manejo de sangrías (bleed off). c) El manejo de insumos. d) El manejo, balance de agua y control de efl uentes. e) Manejo de residuos y sub productos. f) Manejo de soluciones de rebose. Artículo 83°.- Refi nación pirometalúrgica En los procesos para la refi nación pirometalúrgica de metales se implementarán, entre otras, medidas para: a) El control de material particulado y emisiones gaseosas. b) El control y minimización de emisiones fugitivas. c) El manejo de insumos. d) El manejo de residuos y sub productos. Capítulo 7 Del transporte minero convencional y no convencional Artículo 84°.- Del análisis de alternativas para el transporte y embarque En el análisis de alternativas para el transporte y embarque del mineral y/o concentrado proveniente de mina, se considerará, entre otros aspectos: a) La infraestructura existente y proyectada y su capacidad para movilizar el mineral y/o concentrado de la planta concentradora a las instalaciones portuarias. b) La infraestructura de las vías de transporte público. El análisis del sistema de transporte y medidas a adoptar debe incluir no solo los productos generados en la mina (concentrados u otros) sino también el abastecimiento de insumos (combustibles, y productos químicos y otros). Artículo 85°.- Descripción de las vías de transporte Para la opción escogida de la vía o vías de transporte, en el estudio ambiental se describirán los diseños, actividades, obras, así como las instalaciones de soporte asociadas, incluyendo entre otras: a) Carreteras, vías férreas, mineroductos, transportadores de faja, vías fl uvial, marítima u otros medios de transporte que se hayan seleccionado o que se requiera para la conexión con la infraestructura existente. Se deberá evaluar la ruta de transporte (cruces de ríos, puentes, zonas angostas, zonas de alta pendiente, zonas de deslizamiento, poblaciones, etc.), identifi cando zonas de riesgo y considerar medidas de seguridad en casos de contingencias que afecten a la salud y al ambiente. b) En el caso que se determine el uso de carreteras públicas como principal medio de transporte, se deberá incluir el respectivo estudio de transitabilidad de la vía, de acuerdo a los parámetros fi jados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) en función al peso y frecuencia de transporte así como la afectación a los índices de vehículos que transitan por la vía. c) Aeropuertos y helipuertos. d) Sistemas de almacenamiento, benefi cio, manejo y transferencia de mineral en insumos, en mina y puerto o en puntos de trasiego que así lo requieran. e) Infraestructura del puerto, incluyendo instalaciones en tierra y agua o ampliación de los puertos existentes. Artículo 86°.- Del manejo de minerales y/o concentrados en el transporte En el transporte de minerales y/o de concentrados fuera del área de operaciones se evitará que se produzca rebosamiento, escurrimiento, o cualquier otro tipo de pérdida de material al ambiente. Para ello es necesario que el vehículo que transporta el concentrado, sea completamente cerrado –no incluye lonas- y así evitar la exposición del material transportado