Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2016 (23/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano / Viernes 23 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES
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ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO DE LA DIRECCIÓN DEL PROGRAMA El Programa EELA cuenta en la Dirección del programa con un experto internacional con dedicación al 100%, con sede en el Perú, responsable de la ejecución de los Programas en los países asumiendo las funciones descritas para la Coordinación Regional. La Dirección es complementada con una Unidad de Monitoreo y Seguimiento, una Unidad Técnica, una Unidad de Planificación y Enfoque Sistémico y una Unidad Administrativa. ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO DEL EQUIPO EJECUTOR DE PAÍS En los 06 países (Bolivia, Brasil, Colombia, México, Perú, Ecuador) se establecerá un equipo de trabajo cuyo rol es impulsar las cadenas de impacto con el fin de implementar los planes país. Los equipos de los países facilitarán el logro de los objetivos de los planes país, participarán en la formulación, seguimiento y evaluación de las acciones, contribuirán con la ejecución de las acciones del Programa y con la difusión de los resultados logrados. Los Equipos Ejecutores servirán de nexo a la Coordinación Regional en la ejecución de las actividades del Programa, apoyando en la organización y puesta en operación previo contrato de trabajo con entidades académicas, personal y consultores ad-hoc. Los socios o aliados apoyan en la organización de los estudios facilitando los contactos con las instituciones públicas. Las funciones del Equipo Ejecutor de país son las siguientes: - Facilitar la formulación e implementación del Plan País - Coordinación entre los socios o aliados nacionales involucrados en el programa EELA - Administrar los recursos y rendición de cuentas a Swisscontact Perú para la ejecución del Programa - Impulsar a través del mercado las cadenas de impacto previamente planificadas y consensuadas - Monitoreo y evaluación del Programa a nivel local - Gestión y promoción de alianzas estratégicas con otros socios - Fomentar la interrelación con otros equipos ejecutores de otros países que participan en el Programa, así como con la Coordinación Regional - Proponer acciones para la incidencia en programas y políticas públicas - Difundir la información generada con el Gobierno para promocionar iniciativas - Administrar, proporcionar y difundir información como parte del intercambio regional

- Aplicar el enfoque sistémico en la implementación del Plan País en coordinación con la Coordinación Regional - Coordinar la investigación de mercado para las tecnologías propuestas por el programa EELA - Fortalecer a las empresas que proveen la tecnología priorizada por el programa EELA para que éstas impulsen la masificación de la tecnología seleccionada - Promover el desarrollo de capacidades de los proveedores locales de servicios y tecnología y su integración al mercado ladrillero - Coordinar con instituciones financieras el desarrollo de productos para los ladrilleros - Apoyar a las instituciones financieras en la promoción de los productos financieros dirigidos a los ladrilleros - Apoyar el desarrollo de capacidades de los proveedores locales de servicios y tecnología y su integración al mercado ladrillero - Apoyar a instituciones financieras en desarrollar productos para los ladrilleros - Apoyar a las instituciones financieras en la promoción de los productos financieros dirigidos a los ladrilleros - Reportar y acompañar al comité de seguimiento del programa en cada país. ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO DE LOS PRIVILEGIOS El Gobierno peruano se compromete a conceder los privilegios legales acordados a los expertos de los organismos de cooperación técnica internacional, para el personal extranjero debidamente acreditado como tal ante el Gobierno de la República del Perú para asesorar el Programa objeto de este Acuerdo, durante el tiempo de su permanencia en el país y conforme a lo estipulado en el Acuerdo de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República Peruana y el Gobierno del Consejo Federal Suizo. ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO DE LAS INSTANCIAS DE CONTROL El control financiero y contable se regirá por las normas internas de COSUDE. En todos los niveles de contratación se respetará los principios de transparencia y acceso competitivo a los recursos con base en sus respectivos términos de referencia. COSUDE se reserva

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La Coordinación Regional del programa EELA capacitará al personal en el enfoque sistémico (M4P)

REQUISITO PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.

LA DIRECCIÓN

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