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21 NORMAS LEGALES Martes 30 de octubre de 2018 El Peruano / 60.2 Tratándose de proyectos establecidos en el artículo 43 de la Ley, cuyo CTI, o CTP en caso no contengan componente de inversión, sea superior a cincuenta mil (50,000) UIT, se tramitan conforme lo dispuesto en el Título IV, excluyendo lo dispuesto en el presente Capítulo. Artículo 61. Procedimiento del proceso simpli fi cado 61.1 El proceso simpli fi cado se tramita bajo el procedimiento establecido para APP de iniciativa estatal y se sujeta a las siguientes reglas especiales: 1. La opinión a la que se re fi ere el párrafo 45.2 del artículo 45, únicamente se limita a la capacidad de pago del Estado y a la veri fi cación de la clasi fi cación del proyecto. 2. La incorporación al Proceso de Promoción requiere la publicación en el diario o fi cial El Peruano por dos (02) días calendarios consecutivos. 3. La opinión del MEF, a la que se re fi ere el artículo 51, únicamente se limita a la evaluación de la capacidad de pago de la entidad pública titular del proyecto para asumir las obligaciones, los compromisos, garantías y contingentes signi fi cativos. 4. La opinión del MEF, a la que se re fi ere el artículo 55, únicamente se limita a la evaluación de la capacidad de pago de la entidad pública titular del proyecto para asumir las obligaciones, los compromisos, garantías y contingentes signi fi cativos. 5. La opinión del MEF, a la que se re fi ere el artículo 138, únicamente se limita a la evaluación de capacidad de pago de la entidad pública titular del proyecto para asumir las obligaciones, los compromisos, garantías y contingentes signi fi cativos. SUBCAPÍTULO II DIÁLOGO COMPETITIVO Artículo 62. Mecanismo de Diálogo Competitivo62.1 El Diálogo Competitivo es un mecanismo de adjudicación a cargo de Proinversión para el desarrollo de APP que, por su complejidad, requieren la participación del sector privado desde la fase de Formulación, con la fi nalidad de incorporar sus experiencias vinculadas a los aspectos técnicos del proyecto. 62.2 Para acceder al mecanismo de Diálogo Competitivo, la entidad pública titular del proyecto remite una solicitud a Proinversión con la siguiente información: 1. La descripción general del proyecto, incluyendo como mínimo: nombre, entidad competente, antecedentes, área de in fl uencia del proyecto y objetivos. 2. El diagnóstico sobre la provisión actual de la infraestructura o servicio público identi fi cando las características de la demanda y la oferta existente en términos de cobertura y calidad. 3. Los Niveles de Servicio o niveles de desempeño esperados. 4. El monto estimado del CTI y costos estimados de operación y mantenimiento. 5. Las fuentes de ingresos, como peajes, precios, tarifas u otros esquemas incluyendo el co fi nanciamiento total o parcial por parte del Estado. 6. La identi fi cación preliminar de predios e interferencias. 62.3 Recibida la solicitud de la entidad pública titular del proyecto, Proinversión cuenta con un plazo de quince (15) días hábiles para evaluar la complejidad del proyecto de APP y determinar su procedencia. Artículo 63. Contratación del consultor por parte de Proinversión 63.1 Determinada la procedencia para acceder al mecanismo del Diálogo Competitivo, Proinversión tiene a su cargo las siguientes actividades:1. Determinar los requisitos de precali fi cación de los postores. 2. Elaborar los contenidos mínimos de los entregables del consultor contratado por los postores precali fi cados para la elaboración de los Estudios Técnicos, IE e IEI. 3. Revisar y da conformidad a los entregables del consultor contratado por los postores precali fi cados de las fases de Formulación y Estructuración. 4. En caso de proyectos co fi nanciados, remitir a la UF de la entidad pública titular del proyecto los estudios necesarios para obtener la viabilidad del proyecto de inversión en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. 5. Elaborar los Estudios Técnicos, IE, IEI, sobre la base de los entregables desarrollados por el consultor contratado por los postores precali fi cados, sin perjuicio de la necesidad de realizar los estudios técnicos, legales y económicos que sustenten los referidos documentos. 6. Elaborar las Bases y la VFC. 63.2 Proinversión puede contratar los servicios de consultoría para la realización de las actividades descritas en el párrafo precedente. Los términos de referencia del proceso de selección del consultor de Proinversión establecen las actividades y entregables que debe cumplir. Artículo 64. Criterios para acceder al mecanismo de Diálogo Competitivo Para acceder al mecanismo de Diálogo Competitivo, el proyecto debe estar incluido en el IMIAPP de la entidad pública titular del proyecto y debe cumplir de manera conjunta las siguientes condiciones: 1. Que se trate de proyectos de competencia nacional. 2. Que sean proyectos sobre los que existe experiencia escasa o nula en el país, en materia de diseño, construcción, fi nanciamiento, operación o mantenimiento en proyectos similares. 3. Que sean proyectos con un CTI superior a doscientos mil (200,000) UIT, dicho monto puede ser modi fi cado mediante Resolución Ministerial del MEF. Artículo 65. Fases del mecanismo de Diálogo Competitivo El Diálogo Competitivo comprende las fases de Formulación, Estructuración y Transacción, conforme a lo dispuesto en el presente Subcapítulo. Artículo 66. Fase de Formulación en el mecanismo de Diálogo Competitivo La fase de Formulación en el Diálogo Competitivo comprende: i) la precali fi cación de postores, ii) el diálogo con postores precali fi cados, iii) la elaboración del IE, iv) la opinión del MEF al IE y v) la Incorporación al Proceso de Promoción. Artículo 67. Precali fi cación de postores 67.1 Realizada la contratación del consultor por parte de Proinversión, este realiza la convocatoria a los postores interesados, la cual debe ser publicada en su portal institucional, así como en el diario o fi cial El Peruano por dos (02) días calendario consecutivos, indicando el enlace para acceder a las Bases del mecanismo de Diálogo Competitivo y a la información señalada en el párrafo 62.2 del artículo 62. 67.2 Las Bases del mecanismo de Diálogo Competitivo contienen como mínimo: 1. Los plazos para la presentación de consultas y comentarios a las Bases. 2. Los requisitos técnicos, legales y fi nancieros solicitados a los postores. 3. Los criterios de selección de los postores con los que se desarrolla el mecanismo de Diálogo Competitivo. 4. Los mecanismos que fomenten la competencia, transparencia, integridad y eviten actos de corrupción. 67.3 Concluida la evaluación de postores, Proinversión elabora una lista acotada con un mínimo de dos (02) y un